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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en relación con el artículo 13.3.j) del Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno A.A.I. y con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación (2/26), de puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
El puesto de trabajo que se convoca en anexo I podrá ser solicitado por los funcionarios públicos y las funcionarias públicas que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura en el anexo II y se dirigirán a la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno A.A.I. (calle José Abascal, 2, 5.ª planta, 28003 Madrid).
Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).
b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
c) Cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III debidamente cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través de:
– Portal Funciona: el personal con destino en la Administración General del Estado y organismos dependientes o vinculados podrá presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Convocatoria libre designación.
– Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do): con el código DIR3 EA0040111, perteneciente al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, AAI.
– Cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.
No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.
Si las personas seleccionadas prestan sus servicios en Ministerio u Organismo distinto del convocante, deberá adjuntar un certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentre destinada, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuviera desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio del interesado, a elección del mismo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Madrid, 8 de septiembre de 2026.–La Presidenta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno A.A.I., María de la Concepción Campos Acuña.
| N.º de orden | Centro Directivo/Puesto de trabajo | Localidad | Nivel | CE | Admón. | Grupo | Funciones | Méritos y Competencias | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| S.G. DE RECLAMACIONES DE ÁMBITO ESTATAL | |||||||||
| 1 |
SUBDIRECTOR/ SUBDIRECTORA GENERAL Código de Puesto: 5335035 |
Madrid | 30 | 35.952,70 | A3 | A1 |
Funciones: a) Tramitar las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre y elaborar las correspondientes propuestas de resolución. b) Proponer a la Presidencia la adopción de criterios de interpretación uniforme de las disposiciones previstas en el capítulo III del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. c) Relacionarse con los órganos jurisdiccionales a efectos de la remisión de los expedientes y documentación que soliciten, la recepción de sus notificaciones, y, el seguimiento de la ejecución de sus sentencias en relación con las reclamaciones de la letra a) de este artículo. d) Tramitar las consultas relativas a la aplicación de las disposiciones reguladoras del derecho de acceso a la información pública que, con carácter facultativo, puedan presentarse ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno AAI. |
Méritos: 1. Experiencia en la tramitación y resolución de procedimientos administrativos vinculados al ejercicio de derechos de los ciudadanos, especialmente en materia de transparencia y acceso a la información pública. 2. Experiencia en la elaboración de propuestas de resolución, informes jurídicos y criterios interpretativos en el ámbito del Derecho Administrativo. 3. Experiencia en la coordinación y seguimiento de procedimientos contencioso-administrativos, así como en las relaciones con órganos jurisdiccionales. 4. Experiencia en el análisis y resolución de cuestiones jurídicas complejas derivadas de la aplicación de normativa administrativa y de la ponderación de derechos e intereses concurrentes. 5. Experiencia en la emisión de informes y contestación de consultas jurídicas dirigidas a órganos administrativos o entidades del sector público. 6. Experiencia en la definición, implantación o mejora de procedimientos de gestión y tramitación electrónica de expedientes. Competencias: a) Liderazgo transformador. b) Comunicación y relaciones interper-sonales. c) Adaptabilidad y toma de decisiones. d) Compromiso con el servicio público y ética profesional. |
Requisitos: 1. Licenciatura o grado en Derecho. 2. Diez años de antigüedad como personal funcionario de carrera del Subgrupo A1. |
| A3: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y LOCAL. | |||||||||
Convocatoria: Resolución de fecha .........................................
(«Boletín Oficial del Estado» de .........................................)
Puesto:
Nombre y apellidos:
Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas referidas.
| Área competencial | Competencia |
Puntuación (1 a 5) |
|---|---|---|
| I. Liderazgo transformador. | 1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización. | |
| 2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos. | ||
| 3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública. | ||
| 4. Cooperar eficazmente con otros actores. | ||
| 5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades. | ||
| II. Gestión estratégica de proyectos. | 1. Planificar y tener visión estratégica. | |
| 2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales. | ||
| 3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales. | ||
| 4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos. | ||
| 5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios. | ||
| III. Comunicación y relaciones interpersonales. | 1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos. | |
| 2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores. | ||
| 3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal). | ||
| 4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional. | ||
| IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. | 1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios. | |
| 2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno. | ||
| 3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos. | ||
| 4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información. | ||
|
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. |
1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público. | |
| 2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad. | ||
| 3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización. | ||
| 4. Actuar con ética profesional e integridad pública. | ||
| 5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos. |
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