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Documento BOE-A-2026-17679

Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Dirección General de Tráfico, para la prestación de la solución de nube híbrida NubeSARA, financiado en parte por la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Fondo de Recuperación Next Generation EU.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 13 de agosto de 2026, páginas 113753 a 113756 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2026-17679

TEXTO ORIGINAL

La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Digital y el Director General de Tráfico han suscrito, con fecha de 3 de julio de 2026, una adenda de modificación del convenio para la prestación de la solución de nube híbrida NubeSARA, financiado en parte por la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Fondo de recuperación Next Generation EU, que fue firmado el 13 de noviembre de 2024.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 22 de julio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Dirección General de Tráfico, para la prestación de la solución de nube híbrida NubeSARA, financiado en parte por la unión europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Fondo de recuperación Next Generation EU

De una parte, doña Consuelo Sánchez Naranjo, titular de la Secretaría de Estado de Función Pública, nombrada por Real Decreto 959/2025, de 21 de octubre, actuando en su condición de Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Digital, de acuerdo con lo previsto en los artículos 1.3 y 9.1 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, de otra parte, don Pere Navarro Olivella, Director General de Tráfico, nombrado para este cargo por Real Decreto 838/2018, de 6 de julio (BOE de 7 de julio de 2018), en virtud de las competencias que le atribuye Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, y de acuerdo con el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que por ellos tienen concedidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente adenda de modificación del convenio de referencia y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el 13 de noviembre de 2024 fue suscrito el convenio entre la Secretaría General de Administración Digital (SGAD) y la Dirección General de Tráfico, para la prestación de la solución de nube híbrida NubeSARA, financiado en parte por la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Fondo de Recuperación Next Generation EU.

Segundo.

Que, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposición final primera del Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital (en adelante, AEAD), desde el momento de su constitución efectiva,la AEAD se ha subrogado en la totalidad de los derechos y obligaciones de la SGAD con relación a sus competencias y funciones propias o que ejercía por delegación con el alcance previsto en la disposición adicional centésima décima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre.

Tercero.

Que, el párrafo tercero de la cláusula novena del convenio referido establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, éste se perfeccionará con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, con posterioridad a su registro, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

Que, el convenio referido fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal el 14 de noviembre de 2024, iniciando en dicha fecha su vigencia de 3 años. Asimismo, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 21 de diciembre de 2024.

Quinto.

Que, de conformidad con la cláusula décima del convenio, éste puede ser modificado por acuerdo unánime de las partes, que se formalizará mediante adenda.

Sexto.

Que, en el seno del Mecanismo de Seguimiento previsto en la cláusula undécima del convenio, en reunión celebrada por medios electrónicos el 23 de septiembre de 2025, las partes acuerdan la ampliación de recursos estimados para el primer año recogidos en el Anexo III.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente Adenda de modificación del convenio, por lo que

ACUERDAN

Primero. Modificación del anexo III del convenio.

Se modifica el anexo III del convenio, que queda redactado como sigue:

«ANEXO III
Contraprestación económica

Con el objetivo de colaborar en la sostenibilidad funcional y técnica de los servicios compartidos, la Dirección General de Tráfico contribuirá con una contraprestación económica que se determina en base al uso de dichos servicios.

De los servicios del catálogo de la AEAD, la Dirección General de Tráfico ha mostrado interés en utilizar algunos de ellos con la siguiente estimación inicial de uso de recursos prevista hasta el 14 de julio de 2026:

– NubeSARA-Objetos

● 90 TB.

A partir del 15 de julio de 2026, la AEAD pondrá a disposición de la Dirección General de Tráfico una ampliación de recursos, de forma que el total de recursos entregados será el siguiente:

– NubeSARA-Cómputo-x86 Red Hat

● 90 vCPUs, 512 GB de RAM y 6 TB de disco.

– NubeSARA GPUs

● 8 GPUs.

– NubeSARA-Objetos

● 304 TB

– NubeSARA-Backup-Cómputo.

● 0,70 TB mediante snapshot.

– NubeSARA-Servicios complementarios.

● 1 Servicio de balanceo

● 2 IPs públicas adicionales.

El importe unitario de los servicios comunes de la AEAD que utilizará la Dirección General de Tráfico, incluyendo las modalidades, calidades y opciones deseadas se encuentra en las tablas correspondientes del anexo I.

A partir del año 2026 la contribución del organismo usuario se calcula teniendo en cuenta tanto la inversión como el gasto de todos los ítems utilizados por el organismo.

En los años sucesivos el Mecanismo de Seguimiento podrá ajustar la contribución correspondiente a cada anualidad en función del uso real de los recursos».

Segundo. Régimen jurídico.

Esta adenda tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero. Eficacia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, esta adenda al convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, con posterioridad a su registro, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

En todo lo no novado expresamente por la presente Adenda, seguirá en vigor lo dispuesto en el convenio.

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes formalizan esta Adenda de modificación en la fecha de la firma electrónica, tomándose como fecha de formalización la fecha del último firmante.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Digital, Consuelo Sánchez Naranjo.–El Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.

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