Advertido error en la Resolución Rectoral 0591/26, de 27 de mayo de 2026, corregida por Resolución Rectoral 1032/26, de 22 de julio de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad Informática, Subgrupo C1, de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», número 134, de 2 de junio de 2026, y número 185, de 30 de julio de 2026, respectivamente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar la siguiente corrección de errores:
En la base de la convocatoria 1.1. donde dice:
«Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de personal funcionario de carrera de la Escala Administrativa, Especialidad Informática, Subgrupo C1, de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre. Las plazas convocadas se encuentran incluidas en la siguiente Oferta de Empleo Público:»
Debe decir:
«Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de personal funcionario de carrera de la Escala Administrativa, Especialidad Informática, Subgrupo C1, de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre. Las plazas convocadas se encuentran incluidas en la siguiente Oferta de Empleo Público:»
Esta corrección no supone una modificación del plazo establecido para la presentación de la documentación indicada en la base tercera de la citada resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Santander, 3 de agosto de 2026.–La Rectora, María Concepción López Fernández.
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