Considerando la necesidad de modificar la Resolución JUS/2072/2026, de 23 de junio, por la que hace pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecen a las personas aprobadas en las pruebas selectivas para el ingreso al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, publicada en el DOGC núm. 9695, de 29 de junio de 2026, y en el BOE núm. 157, de 29 de junio de 2026;
Conforme al artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:
1. Eliminar las siguientes vacantes del anexo 1, dado que, de conformidad con el artículo 28 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia (BOE núm. 309, de 27 de diciembre de 2005), deben ser objecto de concurso de traslado previo:
| Puesto de trabajo | Cuerpo | Posición | Localidad | Provincia | NV |
|---|---|---|---|---|---|
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales). | 50436407 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales). | 50436411 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales). | 50436405 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales). | 50436410 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales) (HE). | 50436481 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General. | Auxilio judicial (Archivos y Efectos Judiciales). | 50436409 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| Servicio Común General del TSJ y AP. | Auxilio judicial SCG (Actos de Comunicación). | 50435942 | Barcelona. | Barcelona. | 1 |
| NV: número de vacantes. | |||||
2. Información sobre los recursos a interponer.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Barcelona o ante aquel en cuya circunscripción tengan su domicilio los recurrentes, a su elección, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.1.2.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 28 de julio de 2026.–El Consejero de Justicia y Calidad Democrática, P. D. (Resolución JUS/1041/2021, de 30 de marzo), la Secretaria para la Administración de Justicia, Iolanda M. Aguilar i Juncosa.
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