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Documento BOE-A-2026-16848

Orden CNU/815/2026, de 24 de julio, por la que se nombra Vicerrectora de Investigación, Postgrado y Aprendizaje de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo a doña Amparo Mercedes Querol Simón.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 3 de agosto de 2026, páginas 108645 a 108646 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-16848

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

El artículo 44 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, atribuye a los Estatutos de las universidades la regulación de los Vicerrectores o Vicerrectoras. En el caso de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, el número de Vicerrectores asciende a cuatro, según lo dispuesto en el artículo 13 de sus Estatutos, aprobados por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril. Dicho precepto prevé, además, que los Vicerrectores que ostenten la condición de Catedrático de Universidad podrán sustituir al Rector en caso de ausencia o enfermedad, así como la posibilidad de que el Rector delegue en ellos determinadas competencias para asuntos específicos conforme a la legislación vigente.

El artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023 dispone que las personas titulares de las Vicerrectorías serán nombradas entre las funcionarias y funcionarios que integran el personal de los cuerpos docentes universitarios y las Profesoras y Profesores Permanentes Laborales.

El artículo 13.2 de los ya citados Estatutos de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo regula el nombramiento de los Vicerrectores por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Rector, entre Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad.

Además, de acuerdo con el artículo 20bis de los estatutos, el desempeño de estas funciones tendrá naturaleza estatutaria a los exclusivos efectos de lo previsto en los estatutos y será compatible con el desempeño, por parte de dicho personal, de sus puestos de trabajo de origen.

Las personas nombradas como vicerrectores tendrán derecho a percibir por el desempeño de los cargos académicos previstos en el apartado anterior, y con cargo al presupuesto de gastos de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, una cantidad equivalente a la que corresponda en cada momento al componente singular del complemento específico previsto en el artículo 2.3.b) del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.

Tras la restructuración ministerial prevista en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, las competencias relativas al nombramiento de los Vicerrectores de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo corresponden, actualmente, a la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, y a propuesta del Sr. Rector Magnífico de la UIMP, dispongo:

El nombramiento de doña Amparo Mercedes Querol Simón, Profesora de Investigación de Organismos Públicos de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas con NRP *****50402 A6150, como Vicerrectora de Investigación, postgrado y aprendizaje permanente, con fecha de 23 de julio de 2026.

Madrid, 24 de julio de 2026.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant Ripoll.

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