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Documento BOE-A-2026-16650

Resolución de 6 de julio de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 30 de julio de 2026, páginas 107609 a 107610 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2026-16650

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y el Vicerrector de Formación Permanente y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, han suscrito, con fecha 3 de julio de 2026, la adenda de prórroga del Convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la referida prórroga del convenio, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 6 de julio de 2026.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, P. D. (Resolución 29 de abril de 2021), la Secretaria General, Teresa Hernández Guerra.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Autónoma de Madrid para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado de la Universidad

INTERVIENEN

De una parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, la CNMC), con NIF Q2802141H y domicilio en Madrid, calle Alcalá 47 y, en su nombre y representación, doña Teresa Hernández Guerra, actuando en virtud de las competencias delegadas por la Resolución de 29 de abril de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (BOE núm. 115, de 14 de mayo de 2021).

Y de otra parte, don Luis José Unceta Gómez, Vicerrector de Formación Permanente y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante la UAM), con NIF Q2818013A, con domicilio en Madrid, calle Einstein, núm. 3, 28049-Madrid, en nombre y representación de la misma, por delegación de doña Amaya Mendikoetxea Pelayo, Rectora Magnífica de la Universidad Autónoma de Madrid, de conformidad con la Resolución de 2 de julio de 2025 (publicada en el BOCM núm. 163, de 10 de julio de 2025).

La CNMC y la Universidad serán denominados conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 21 de julio de 2025 la CNMC y la UAM de Madrid suscribieron un Convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.

Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 22 de julio de 2025 y publicado en el BOE núm. 181, de 29 de julio de 2025.

II. Que la cláusula undécima del citado convenio establece que el mismo finalizará su vigencia el 31 de agosto de 2026 y que podrá prorrogarse por sucesivos periodos anuales, antes de su vencimiento, hasta un máximo de tres (3) años adicionales.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la representación en la que actúan, ambas partes acuerdan suscribir una primera prórroga del convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas para estudiantes de doctorado de la Universidad con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

De acuerdo con lo señalado en la cláusula undécima del convenio inicial, y expresada la conformidad por ambas partes se prorroga el actual convenio, por un periodo adicional de un año, en sus mismos términos y condiciones.

El resto del clausulado del convenio original permanecerá vigente en sus mismos términos y condiciones.

Segunda. Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del convenio se extenderá desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027.

Tercera. Inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y publicidad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tras la firma de la presente adenda de prórroga, la CNMC procederá a comunicar la suscripción de la misma, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico estatal de Órganos e lnstrumentos de Cooperación, asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». De igual modo, la prórroga será publicitada a través del portal de transparencia de la CNMC y la web de la Universidad.

Y, siendo de conformidad, las partes firman el presente convenio en Madrid, a 3 de julio de 2026.–Por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la Presidenta, P. D. (Resolución de 29 de abril de 2021, BOE de 14 de mayo de 2021), la Secretaria General, Teresa Hernández Guerra.–Por la Universidad Autónoma de Madrid, la Rectora, P. D. (Resolución de 3 de julio de 2025, BOCM de 10 de julio de 2025), el Vicerrector de Formación Permanente y Empleabilidad, Luis José Unceta Gómez.

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