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Visto el expediente de indulto de don Juan Fernández Gutiérrez, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sala de lo Civil y Penal, en sentencia de 4 de noviembre de 2022, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Jaén, Sección Tercera, de fecha 31 de marzo de 2022, como autor de un delito de malversación de caudales públicos a la pena de tres años de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público por tiempo de siete años, así como a la inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 2011-2017, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendidas las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de julio de 2026,
Vengo en conmutar a don Juan Fernández Gutiérrez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado el 28 de julio de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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