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Documento BOE-A-2026-16351

Resolución de 14 de julio de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sobre revocación de delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 27 de julio de 2026, páginas 106091 a 106092 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-16351

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias, publicada en el BOE núm. 159, de 3 de julio de 2025, este Rector, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de esta Universidad aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE del 12), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procedía a la delegación de sus competencias rectorales en distintas personas titulares de vicerrectorados, gerencia, secretaría general y otras unidades de la Universidad. Entre ellas, se delegaba en la persona titular del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria las siguientes competencias:

«a) La aceptación o denegación de solicitudes de matrícula de estudios de formación permanente, así como la concesión de sus correspondientes ayudas, a propuesta del órgano competente.

b) La autorización para realizar transferencias de crédito que afecten a los cursos de postgrado (títulos propios) y de formación permanente.

c) La firma de diplomas acreditativos de los estudios de UNED Senior.

d) El nombramiento de los equipos docentes de los cursos de formación permanente.

e) La autorización de las órdenes de comisiones de servicio derivadas de la actividad de los cursos de formación permanente, así como la autorización para el incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en dichas órdenes.

f) Las competencias atribuidas al rector o rectora en materia de calidad respecto a la formación permanente.

g) La firma de diplomas acreditativos de los estudios de Extensión Universitaria.»

Con fecha 13 de julio de 2026 se ha producido el cese del vicerrector de Formación Permanente y Extensión Universitaria, a petición propia.

Habida cuenta de que el actual equipo rectoral se encuentra próximo a la finalización de su mandato y de que se prevé la inminente convocatoria de elecciones a Rector o Rectora, no se estima conveniente efectuar el nombramiento de una nueva persona titular del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria, que pueda asumir las competencias delegadas detalladas ut supra.

De acuerdo con el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. Así mismo, el artículo 9.3 de la misma Ley dispone que la revocación de las delegaciones de competencias deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud de lo expuesto, el Rector acuerda:

Único.

Revocar la delegación acordada en el punto 11 de la Resolución de 20 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias, publicada en el BOE núm. 159, de 3 de julio de 2025, en relación con las competencias delegadas en la persona titular del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria.

Madrid, 14 de julio de 2026.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/07/2026
  • Fecha de publicación: 27/07/2026
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia

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