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Documento BOE-A-2026-16206

Resolución de 20 de julio de 2026, conjunta de la Universidad de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud, por la que se corrigen errores en la de 4 de junio de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 25 de julio de 2026, páginas 104942 a 104944 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-16206

TEXTO ORIGINAL

Advertidos nuevos errores en la Resolución de 4 de junio de 2026 (BOE de 11 de junio), conjunta de la Universidad de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 142, de fecha 11 de junio de 2026 y corregida en la Resolución de 18 de junio de 2026, conjunta de la Universidad de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 154, de fecha 25 de junio de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 80428, en el apartado 2.2 de requisitos específicos, donde dice:

«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán presentarse a los concursos de la plaza comprendida en la presente convocatoria, de promoción interna, quienes sean personal funcionario de carrera en activo del cuerpo de profesores y profesoras titulares de universidad con destino actual definitivo en la Universidad de Extremadura que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición y que hayan obtenido la acreditación para el acceso a ese cuerpo docente».

Debe decir:

«Podrán presentarse a los concursos de acceso a plazas de Profesor o Profesora Titular de Universidad (TU) quienes hayan obtenido la acreditación para el acceso a dicho cuerpo docente, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; y en la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se crean las comisiones de acreditación que valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contarán con la habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el derogado Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte condicionante para concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo, podrá concursar a las plazas convocadas en los respectivos cuerpos, el personal de los cuerpos docentes de CU y de TU. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para TU los actuales Catedráticos o Catedráticas de Escuela Universitaria (CEU) y el personal docente e investigador que se hubiese habilitado como CEU.

Igualmente, podrán presentarse a los concursos de los cuerpos respectivos el personal docente e investigador de universidades de estados miembros de la Unión Europea que hayan alcanzado una posición equivalente a la de CU o TU, de acuerdo con la certificación emitida por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud de la persona interesada. En esos casos, el nivel de conocimiento del idioma castellano necesario para el desempeño de su labor docente será́ el C1 según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).

Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contarán con la habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el derogado Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte condicionante para concursar a cualquiera de las plazas convocadas.

En el caso de que la persona aspirante sea personal funcionario de cuerpos docentes universitarios, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra Universidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio».

En la página 80429, en el apartado tercero, donde dice:

«La plaza de Catedrática o Catedrático de Universidad Vinculada a una plaza de Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud queda vinculada con la categoría y especialidad de la plaza asistencial que figura en el anexo I de esta convocatoria».

Debe decir:

«Las plazas de los Profesores Titulares de Universidad Vinculadas a plazas de Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud convocadas quedan vinculadas con la categoría y especialidad de la plaza asistencial que figura en el anexo I de esta convocatoria».

En las páginas 80432 y 80433, en el apartado 8.2 y siguientes, donde dice:

«8.2 En el acto de presentación, que será público, quienes concursen entregarán a la presidencia de la comisión la siguiente documentación por quintuplicado:

a) Historial académico, docente e investigador, en formato curriculum vitae Normalizado (CVN) y el historial asistencial sanitario, así como copia las publicaciones y cuantos documentos acreditativos de los méritos estimen conveniente.

b) Proyecto docente e investigador que pretenda desarrollar el candidato o candidata, conforme al perfil de la plaza.

8.3 En el acto de presentación se determinará mediante sorteo el orden de actuación de quienes concurra y se fijará y hará público por la comisión el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba única. Igualmente, se fijará el plazo durante el cual quienes concurran podrán examinar de manera telemática la documentación presentada por el resto de concursantes y el lugar de comunicación de todos los resultados de las pruebas.

8.4 La prueba comenzará en el plazo máximo de diez (10) días, a contar desde el acto de presentación, y consistirá en una defensa de la persona candidata en la que expondrá ante la comisión, durante un tiempo máximo de 90 minutos, su historial académico, docente, investigador, de transferencia y gestión. Posteriormente, se debatirá con la comisión, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará al presidente un informe con la valoración motivada sobre cada concursante, ajustada a los criterios establecidos. Para superar esta prueba, quienes concurran deberán tener los informes favorables de la mayoría absoluta de miembros presentes de la comisión.

8.5 Una vez celebrado el concurso, se harán públicos los resultados de la evaluación de cada concursante, desglosados por cada uno de los aspectos evaluados de acuerdo con los criterios fijados por la propia comisión».

Debe decir:

«8.2 En el acto de presentación, que será público, quienes concursen presentarán a la presidencia de la comisión evaluadora la siguiente documentación en formato electrónico:

a) Historial académico, docente e investigador, en formato curriculum vitae normalizado (CVN de la FECYT), así como, copia de las publicaciones y cuantos documentos acreditativos de los méritos estimen conveniente.

b) Proyecto docente e investigador que pretenda desarrollar el candidato o candidata, conforme al perfil de la plaza.

c) Resumen de un tema del programa presentado en el proyecto docente y elegido por la persona candidata.

8.3 En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de quienes concurran y se fijará y hará público por la comisión el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba. Igualmente, se fijará el plazo durante el cual quienes concurran podrán examinar de manera telemática la documentación presentada por el resto de concursantes y el lugar de comunicación de todos los resultados de las pruebas.

8.4 La primera prueba comenzará en el plazo máximo de diez (10) días a contar desde el acto de presentación y consistirá: para TU en la exposición por la persona candidata ante la comisión, durante un tiempo máximo de 90 minutos, de su currículum y del proyecto docente e investigador que propone. Posteriormente, se debatirá con dicha comisión, durante el tiempo máximo de dos horas, acerca de las cuestiones que se consideren pertinentes sobre dicha exposición. Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará a la presidencia un informe con la valoración motivada sobre cada concursante, ajustada a los criterios establecidos. Para pasar a la segunda prueba, en los concursos a TU, quienes concurran deberán tener los informes favorables de la mayoría absoluta de miembros presentes de la comisión. Con la publicación de los resultados de la primera prueba, la comisión hará público el lugar, día y hora de realización de la segunda.

8.5 Para TU, la segunda prueba será pública y comenzará, como mínimo, el siguiente día hábil a la finalización de la primera prueba y, como máximo, en plazo de diez (10) días naturales, pudiendo quienes concurran renunciar por escrito al plazo mínimo presentándolo a la comisión de selección tras conocerse la puntuación de la primera prueba. Esta segunda prueba consistirá en la exposición por la persona candidata ante la comisión, durante un tiempo máximo de una hora, de un tema del programa presentado en el proyecto docente y elegido por ella. Posteriormente, se debatirá con la comisión, durante el tiempo máximo de dos horas sobre el tema expuesto.

8.6 Finalizada la segunda prueba, cada miembro de la comisión entregará a la presidencia un informe con la valoración motivada sobre cada aspirante, ajustada a los criterios establecidos. Para superar esta segunda prueba, quienes concurran deberán tener los informes favorables de la mayoría absoluta de miembros presentes de la comisión.

8.7 Una vez celebrado el concurso de acceso, se harán públicos los resultados de la evaluación de cada concursante, desglosados por cada uno de los aspectos evaluados de acuerdo con los criterios fijados por la propia comisión».

En la página 80436, en el anexo I, donde dice: «Plaza: DL4335», debe decir «Plaza: DF4335».

En la página 80437, en el anexo I, donde dice: «Plaza: DL4336», debe decir «Plaza: DF4336».

Esta resolución abre nuevo plazo de presentación de solicitudes que será de veinte días naturales a partir del día siguiente de su publicación.

Badajoz/Mérida, 20 de julio de 2026.–El Rector, Pedro María Fernández Salguero.–La Consejera de Salud y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura, Sara García Espada.

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