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Con fecha 7 de julio de 2026 se ha suscrito la Adenda de Prórroga del Convenio entre la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Araba/Álava y el Ayuntamiento de Amurrio, para la prestación de servicios de Atención e Información a la Ciudadanía, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 8 de julio de 2026.−El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.
A la fecha de las firmas.
REUNIDOS
De una parte, doña M. Victoria Osúa Perdigón, Directora Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Araba/Álava, nombrada por Resolución de 27 de abril de 2021 (BOE de 7 de mayo de 2021), actuando en razón de su cargo y con capacidad legal suficiente para representar al INSS conforme las competencias que le atribuye el apartado primero 6.4.a) de la Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias (BOE de 1 de octubre de 2022).
Y, de otra parte, don Txerra Molinuevo Laña, Alcalde del Ayuntamiento de Amurrio, cuyo nombramiento fue aprobado por acuerdo adoptado por el ayuntamiento Pleno en fecha 17 de junio de 2023.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga y, a tal efecto:
EXPONEN
Que con fecha 20 de mayo de 2025 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Araba/Álava y el Ayuntamiento de Amurrio, para la prestación de servicios de atención e información a la ciudadanía.
El citado convenio se suscribió por un plazo de un año y adquirió eficacia desde el día 10 de julio de 2025, fecha en que tuvo lugar su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Que dicho convenio tiene por objeto establecer y regular las líneas de colaboración entre la Dirección Provincial del INSS de Araba/Álava y el Ayuntamiento de Amurrio para complementar los servicios de atención e información en las materias propias del ámbito de competencias del INSS para las y los ciudadanos de su propio municipio y de los municipios referidos en el convenio.
Que la cláusula novena del convenio de referencia establece que en cualquier momento antes del transcurso del fin de vigencia, las partes firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga y modificación.
Conforme a lo manifestado, las partes acuerdan suscribir la presente adenda con arreglo a las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
Mediante la presente adenda, las partes suscriptoras del convenio cuya vigencia finaliza el 10 de julio de 2026, acuerdan unánimemente su prórroga por un periodo de dos años, con la finalidad de mantener la prestación de servicios.
La adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).
Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La prórroga tendrá una vigencia de dos años, que se iniciará el 10 de julio de 2026, previa inscripción de la adenda en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio, y sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La presente adenda se formalizará conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda.–Por el Ayuntamiento de Amurrio, Txerra Molinuevo Laña.–Por la Dirección Provincial del INSS de Araba/Álava, María Victoria Osúa Perdigón.
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