A propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de julio de 2026, don Emilio Herrera Linares, nacido el 13 de febrero de 1879 en Granada, se formó como militar en la Academia de Ingenieros de Guadalajara, graduándose en 1903 como teniente. Al comienzo de la Guerra Civil española ostentaba el empleo de teniente coronel del Arma de Ingenieros del Ejército, obteniendo durante la contienda los de coronel (1937) y general (1938). Pese a que dichos ascensos se produjeran conforme al orden jurídico vigente de la Segunda República, no tuvieron reconocimiento tras el conflicto civil en aplicación del Decreto número 56, de 1 de noviembre de 1936 (Diario Oficial, de 5 de noviembre de 1936, del Gobierno Civil de Burgos). Durante el exilio tras la Guerra Civil se encargó, en 1951, del Ministerio de Asuntos Militares del Gobierno de la República en el exilio y asumió, en 1960, la presidencia del VI Gobierno en el Exilio, falleciendo el 13 de septiembre de 1967 en Ginebra (Suiza).
Desde los comienzos de su carrera militar se evidenció la conexión con la incipiente aeronáutica española, participando en numerosas ascensiones en globo científicas y deportivas, diseñando la escafandra estratonáutica –precursora de los trajes espaciales–, siendo nombrado Experto Internacional de Aviación, y convirtiéndose, en fin, en un referente militar, ingeniero, intelectual, científico y político.
En fecha 11 de diciembre de 2025, por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se expidió en favor de don Emilio Herrera Linares la declaración de reconocimiento y reparación personal por la persecución y violencia padecidas por razones políticas, ideológicas o de conciencia durante la Guerra de España y la Dictadura, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
No obstante, este relevante reconocimiento y reparación personal y moral es compatible con la adopción de cualquier otra medida que, conforme señala el artículo 30 de la misma Ley de Memoria Democrática, pueda desarrollar el Estado para alcanzar una reparación integral que, en el caso de don Emilio Herrera Linares, permitiría una restitución digna del empleo militar máximo alcanzado, perfeccionando así un pleno restablecimiento en sus dimensiones individual y colectiva, sin que ello, como concreta dicha norma legal, produzca efectos para el reconocimiento de reparación o indemnización de índole económica.
En atención a las circunstancias excepcionales, y méritos y virtudes militares concurrentes, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 30 y 48 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, y en el artículo 5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en conexión con el artículo 97 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar,
Vengo a restituir el empleo de General, a título póstumo, a don Emilio Herrera Linares.
Dado el 9 de julio de 2026.
FELIPE R.
La Ministra de Defensa,
MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ
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