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El Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla en su artículo 13 el procedimiento de homologación de los planes de estudios del título de Máster de las enseñanzas artísticas superiores, modificado en sus apartados 3, 5, 7 y 8 conforme al Real Decreto 21/2015, de 23 de enero.
De acuerdo con la mencionada disposición, la Generalitat de Cataluña ha presentado la propuesta de plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Creación de Teatro Musical del Centro Autorizado de Enseñanzas Musicales «Taller de Músics» en colaboración con el Centro Autorizado de Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático «Eòlia» para su homologación por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 del citado real decreto, el plan de estudios del citado Máster ha sido enviado para su evaluación a la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU), que ha remitido informe favorable al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
De conformidad con lo establecido en el citado procedimiento, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha enviado dicho plan de estudios al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, que ha emitido informe favorable en su reunión del 16 de junio de 2026.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 13.5 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, y vistos los informes del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, resuelvo:
Homologar el plan de estudios del Título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Creación de Teatro Musical, del Centro Autorizado de Enseñanzas Musicales «Taller de Músics» en colaboración con el Centro Autorizado de Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático «Eòlia», inscritos en el Registro de centros docentes no universitarios con los códigos 08070532 y 08068549, respectivamente, a propuesta de la Generalitat de Cataluña. La inscripción en el Registro estatal de centros docentes no universitarios tendrá como efecto la consideración inicial de título acreditado.
Madrid, 1 de julio de 2026.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.
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