En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 y en el artículo 28 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, se acuerda, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, convocar procesos selectivos para ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna, como personal laboral fijo de la Administración General del Estado en los grupos profesionales M3, M2, M1 y E2 en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se regirá por las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.portal.mineco.gob.es y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es. Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones realizadas en www.portal.mineco.gob.es
1.2 Se convocan procesos selectivos para ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna, como personal laboral fijo sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en los siguientes grupos profesionales y especialidades:
| GP | Especialidad | Turno libre | Promoción interna | Total | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| General | Reserva Discapacidad | Total Turno Libre | General | Reserva Discapacidad | Total Promoción Interna | |||
| M3 | Medicina. | 1 | 1 | 1 | ||||
| M3 | Psicología. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
| M2 | Trabajo social. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
| M2 | Comunicación audiovisual. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
| M1 | Química. | 3 | 1 | 4 | 5 | 5 | 9 | |
| M1 | Diseño y edición publicaciones impresas y multimedia. | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 | ||
| M1 | Diseño y amueblamiento. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
| M1 | Prevención de riesgos profesionales. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
| E2 | Química. | 12 | 1 | 13 | 9 | 9 | 22 | |
| Total | 22 | 3 | 25 | 20 | 1 | 21 | 46 | |
Del total de las plazas convocadas se reservarán las plazas que se han señalado en el cuadro anterior para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, las personas aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de acceso libre no se acumularán a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de acceso por promoción interna se acumularán a las de acceso general por promoción interna.
En el caso de que las plazas convocadas por promoción interna quedarán vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre.
Las personas que, cumpliendo los requisitos exigidos, deseen participar en el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán especificarlo en el plazo de presentación de solicitudes en la casilla 22 de la solicitud.
1.3 La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un turno de acceso (ingreso libre o promoción interna), que deberá consignar en la casilla 17 de su solicitud (según Resolución de 31 de octubre de 2019 de la Secretaría de Estado de Función Pública).
Las referencias contenidas en la presente convocatoria a las actuaciones realizadas durante los procesos selectivos se entenderán hechas a los turnos de acceso libre y promoción interna, excepto aquellas que se refieran específicamente a uno de ellos, que se entenderán referidas a este.
La opción por un turno de acceso no podrá modificarse en el período de subsanación.
1.4 El proceso selectivo de turno libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos V y VII, en función de la especialidad y, en su caso, programa.
1.5 El proceso selectivo de promoción interna se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos V y VII, en función de la especialidad y, en su caso, programa.
1.6 Las plazas convocadas se desglosan, según la distribución contenida en el anexo IV, quedando identificadas por el grupo profesional, especialidad y, en su caso, programa.
1.7 La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un grupo profesional, que hará constar en la casilla 15 de su solicitud, y dentro del mismo sólo podrá optar por una especialidad y, en su caso, programa, que consignará en la casilla 16 de su solicitud. En el caso de que la especialidad cuente con varios programas, solo podrá optarse a uno de ellos. La opción por un grupo profesional no podrá modificarse en el período de subsanación.
1.8 La duración máxima del proceso selectivo será de un año a partir de la publicación de la reseña de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», salvo causa justificada de la que se informará en la Comisión Paritaria. El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, con el desarrollo de cualquier otro proceso selectivo para el acceso al empleo público mediante las modalidades de nuevo ingreso o promoción interna.
1.9 El programa que ha de regir las pruebas selectivas será único, en cada uno de los turnos de acceso, para cada grupo profesional y especialidad, salvo en el caso de aquellas especialidades que cuenten con más de un programa, de acuerdo con lo que figure en el anexo VI, en relación con el temario relativo a la parte común, y el anexo VII, respecto de los temas específicos correspondientes a cada especialidad.
1.10 Sin perjuicio de lo dispuesto en la base 7.6, las personas aspirantes que superen el proceso selectivo por el turno de promoción interna y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, elegirán en primer lugar y por orden de prelación de entre todas las plazas incluidas en esta convocatoria señaladas en el anexo IV, para ser promovidas al grupo profesional superior al que se aspire y eligiendo, como máximo, el mismo número de plazas convocadas en el turno de promoción interna para cada especialidad y, en su caso, programa.
1.11 Concluida la adjudicación de plazas a promoción interna, las personas aspirantes del turno de ingreso libre que hubieran superado el proceso selectivo y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán, en un número igual al de plazas convocadas por ingreso libre, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que les correspondan por orden de prelación, y hasta como máximo el número de plazas convocadas por el turno libre para cada especialidad y, en su caso, programa.
1.12 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE del 17 de diciembre). En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
1.13 En el caso de que la fase de oposición del proceso selectivo estuviera conformada por más de un ejercicio, a las personas que participen por el turno de reserva de personas con discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en el citado ejercicio, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos.
En el caso de que la fase de oposición del proceso selectivo de promoción interna estuviera conformada por más de un ejercicio, a las personas que participen en el proceso selectivo de promoción interna y que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en el citado ejercicio, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio. En el caso de que en la convocatoria inmediata siguiente a la que se hubiera conservado la nota se aplicarán fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio, dichas fórmulas se aplicarán igualmente respecto de las notas conservadas.
1.14 De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se podrá requerir a las personas participantes que realicen cualquiera de los trámites de aportación de documentación por los medios exclusivamente electrónicos que determine el órgano gestor del proceso selectivo.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años.
2.1.3 En el proceso selectivo por promoción interna podrá participar todo el personal laboral fijo, del grupo profesional inmediatamente inferior, siempre que haya prestado dos años de servicios efectivos en dicho grupo profesional y cumpla los requisitos de titulación y cualificación exigidos.
Asimismo, se podrá participar para acceder al grupo inmediatamente superior y de la misma familia profesional cuando se trate de personal con dos años de permanencia en puestos que se encuadren en especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional, sin tener la titulación exigida para el grupo al que acceden, pero teniendo, al menos, una cualificación profesional completa del título correspondiente a la especialidad a la que se pretende acceder, y siempre que se cuente con la titulación exigida en el grupo profesional desde el que se promociona.
De este proceso señalado en el párrafo anterior, se exceptúan los procesos que afecten a puestos de trabajo de los grupos profesionales M3 y M2 o cuando pertenezcan a áreas de actividad en las que esas previsiones no resulten adecuadas o cuando se trate de funciones cuyo ejercicio requiera estar en posesión de una titulación académica o profesional habilitante.
En los procesos de promoción interna a puestos de trabajo encuadrados en el grupo M2, podrán participar las personas trabajadoras del grupo profesional E2 con dos años de servicios en puestos de dicho grupo que no se encuadren en especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional, siempre que cuente con la titulación exigida para el ingreso en el grupo M2.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título que se indica en el anexo VII en relación con la especialidad convocada correspondiente.
Para las plazas de los Grupos Profesionales M3 y M2, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Para las plazas de los Grupos Profesionales M1, E2 y E1, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título cuando no se estuviera exento de las mismas.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Igualmente, serán excluidas las personas aspirantes que pertenezcan como personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio colectivo único para la Administración General del Estado al mismo grupo profesional y especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenta o al grupo profesional y especialidad equivalentes según la clasificación profesional del III Convenio único.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.7 Además, para cada especialidad y, en su caso, programa, se deberá estar en posesión, en su caso, de los requisitos específicos que figuran en la columna «Formación Específica» del anexo VII en relación con cada especialidad convocada.
2.1.8 Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, todas aquellas que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.
2.1.9 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
2.1.10 Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
3. Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, aprobado mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos.
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero y respecto de los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
3.4 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero, para los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extrajera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». El sistema de pago mediante transferencia a esta cuenta sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.
3.5 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la reseña de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la no admisión del aspirante. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de cupo de participación. En el período de subsanación únicamente se permitirá la modificación del cupo de participación en aquellas solicitudes excluidas provisionalmente por no cumplir los requisitos de participación en el inicialmente solicitado. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un mismo interesado presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
3.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo I.
3.7 Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.8 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.9 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.10 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Subdirección General de Recursos Humanos es responsable del tratamiento de esos datos. Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de gestionar las pruebas selectivas, las comunicaciones necesarias para ello y la gestión de los órganos de selección. Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio o del ejercicio único, según sea el caso, de la oposición. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. En este período de subsanación no será posible la modificación del turno de acceso o del grupo profesional solicitado. Tampoco podrá modificarse el cupo de participación salvo que la persona aspirante estuviera provisionalmente excluida por no cumplir los requisitos para el acceso en el último cupo solicitado dentro del plazo de presentación de solicitudes. Igualmente, solo se permitirá el cambio de especialidad y/o programa en aquellas solicitudes excluidas provisionalmente por no cumplir los requisitos especificados en los apartados 2.1.4 (Titulación) o 2.1.7 (Formación específica) para esa especialidad y/o programa.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Órgano de selección
5.1 El Órgano de selección de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
5.2 El órgano convocante publicará un breve currículum profesional de las personas que formen parte del citado Órgano de selección en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.portal.mineco.gob.es.
5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada en la base anterior.
5.6 El Órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.7 Corresponderá al Órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 El Órgano de selección publicará en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.portal.mineco.gob.es un cronograma orientativo con las fechas previstas de realización de los procesos selectivos.
5.9 Las plantillas correctoras de las pruebas con respuestas alternativas se harán públicas en el plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la finalización de la prueba. En el plazo de 2 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las plantillas podrán presentarse alegaciones a través los medios indicados por el Órgano de selección, que se entenderán contestadas mediante la publicación de las plantillas correctoras definitivas. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
5.10 Se habilita al Órgano de selección para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los procesos mediante la territorialización, siempre que el número y distribución de las personas admitidas lo permita.
Asimismo, siempre que ello sea posible en función del tipo de pruebas y el número de personas aspirantes, se habilita al Órgano de selección para acumular la celebración de las diferentes pruebas en un mismo día y lugar de celebración.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, P.º de la Castellana, 162, tfnos. 916037388, 916037251 916037759, correo electrónico oferta.laborales@economia.gob.es.
5.12 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Órgano de selección deben entenderse hechas a cada uno de los Órganos de selección que se constituyan. Podrá nombrarse un Órgano de selección para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada turno de acceso. Asimismo, un mismo Órgano de selección podrá nombrarse para los procesos de varios grupos profesionales. El Órgano de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026 («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
6.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «C», y así sucesivamente.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.4 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Órgano de selección hará pública, en los medios citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlos, con indicación de la puntuación obtenida por cada especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
6.5 En el caso del proceso selectivo de promoción interna, las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo V y anexo VII, respecto de cada especialidad convocada y, en su caso, programa. Dicho plazo de veinte días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso del proceso selectivo de promoción interna, el Órgano de selección publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Órgano de selección publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.6 El Órgano de selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
6.7 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Órgano de selección, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.8 Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de las circunstancias previstas en la norma de aplicación.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso, la persona que ostente la Presidencia del Órgano de selección elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación por cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. Dicho plazo de veinte días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, el Órgano de selección podrá requerir a un número determinado de personas aspirantes de la relación de aprobados que, no habiendo resultado inicialmente adjudicatarias de plaza, hayan quedado inmediatamente por detrás de la última persona adjudicataria en su correspondiente forma de acceso, la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. Esta medida tiene como única finalidad agilizar el procedimiento, sin que de la presentación de la documentación por parte de las personas aprobadas no adjudicatarias se derive ningún derecho a la adjudicación de una plaza.
7.3 Las plazas sin cubrir incluidas en cada especialidad y, en su caso, programa no podrán acumularse a las de ninguna otra.
7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados en cada especialidad y, en su caso, programa.
7.5 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará por la autoridad convocante en cada especialidad y, en su caso, programa, según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente. Las características de los puestos que se ofertan para cada especialidad y, en su caso, programa, vienen detallados en el anexo IV de la presente convocatoria.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1.10 de las presentes bases, y sin perjuicio de lo dispuesto en la base 7.6, tendrán preferencia en la elección, por orden de prelación, las personas aspirantes que superen el proceso selectivo por el turno de promoción interna y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos.
Concluida la adjudicación de plazas a promoción interna, las personas aspirantes del turno de ingreso libre que hubieran superado el proceso selectivo y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán, en un número igual al de plazas convocadas por ingreso libre, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que elijan, también por orden de prelación, y hasta como máximo el número de plazas convocadas por el turno libre para cada especialidad y, en su caso, programa.
A las personas aspirantes que, acreditando el cumplimiento de los requisitos, no presenten su solicitud de destino dentro del plazo señalado, o que la presenten en tiempo y forma, pero sin incluir destinos suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará un destino en alguna de las plazas vacantes de su grupo profesional, especialidad y forma de acceso que resulte sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de las demás personas aspirantes.
7.6 A propuesta del Ministerio u organismo en el que estén destinadas las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo de promoción interna convocado por el departamento ministerial en el que prestan servicios, y previa conformidad de éstas, se podrá adjudicar destino dentro del mismo, en el puesto que vinieran desempeñando, o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio o en la provincia de destino, que ya hubieran sido convocados mediante concurso y quedado vacantes.
En este caso, dichas personas quedarán excluidas del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
7.7 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, (BOE del 17 de diciembre).
7.8 La formalización del contrato de trabajo se realizará por el Ministerio correspondiente al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo adjudicado de conformidad con lo dispuesto en el anexo IV.
7.9 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá que superar un período de prueba de tres meses para los grupos profesionales M3 y M2 y de un mes para los demás trabajadores o trabajadoras, excepto para el personal sin titulación, para el que será de 15 días laborables, de acuerdo con el artículo 32 del IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, podrá poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna. Quedan exentos del período de prueba las personas trabajadoras que accedan por promoción interna y todas aquellas que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
7.10 En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto podrá adjudicarse a la siguiente persona aspirante de la relación a la que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden obtenido.
8. Relación de candidatos
8.1 Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el Órgano de selección podrá elaborar relaciones de candidatos, preferiblemente de carácter provincial, para la contratación de personal laboral temporal en cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programas convocados, siempre que exista un número suficiente de personas aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida.
8.2 Se considerará como puntuación mínima exigida haber obtenido al menos el 10 por ciento de la puntuación teórica máxima del primer ejercicio o del ejercicio único de la fase de oposición, según corresponda. Para poder formar parte de las relaciones las personas candidatas deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
8.3 Los Órganos de selección ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por las personas candidatas, haciendo públicas las listas.
8.4 De conformidad con el artículo 33.3 del IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, estas relaciones tendrán una vigencia de tres años desde su publicación, salvo que antes de esta fecha se publique una nueva relación de personas candidatas resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo.
8.5 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
8.6 Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.portal.mineco.gob.es.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en lo que proceda de conformidad a su disposición transitoria tercera; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrán interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Madrid, 3 de julio de 2026.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, Aida Fernández González.
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia se realizará obligatoriamente por vías electrónicas. A tal efecto, se realizará a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
La solicitud se deberá cumplimentar y presentar de acuerdo con el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias), siguiendo las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro Centro Gestor: Se consignará «Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa».
En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará el Grupo Profesional al que se opta.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la Especialidad y, en su caso, Programa a la que se opta, no pudiendo optar el aspirante nada más que por un Grupo Profesional y, dentro de éste, por una única Especialidad y, en su caso, Programa.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» para acceso libre, o «PI» para promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía, Comercio y Empresa».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.
En el recuadro 20 «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán una entre las provincias ofrecidas, en su caso, si bien la o las provincias de examen definitivas serán determinadas con posterioridad en función del número de personas aspirantes. La provincia seleccionada por las personas aspirantes será la que se tenga en cuenta, preferentemente, para la confección de las relaciones de candidatos a las que se refiere la base 8.1.
En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22, las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en dicho recuadro.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea y que habilite para presentarse a las pruebas.
En el recuadro 26, «Otros títulos», se consignará, en su caso, la posesión de la formación específica exigida en el anexo VII de la convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el cuadro adjunto en el que indica su importe en euros según la categoría de las plazas convocadas y la reducción del 50% para las familias numerosas de categoría general:
| Grupo Profesional | General | Reducción 50% |
|---|---|---|
| M3 | 31,10 | 15,55 |
| M2 | 23,33 | 11,67 |
| M1 | 15,57 | 7,79 |
| E2 | 11,66 | 5,83 |
| E1 | 9,32 | 4,66 |
| Grupo Profesional | General | Reducción 50% |
|---|---|---|
| M3 | 15,55 | 7,78 |
| M2 | 11,67 | 5,84 |
| M1 | 7,79 | 3,90 |
| E2 | 5,83 | 2,92 |
| E1 | 4,66 | 2,33 |
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito de la persona solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, salvo oposición expresa de la persona interesada.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la reseña de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La condición de demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso y con el consentimiento de la persona solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará por la persona interesada en la oficina de los servicios públicos de empleo y deberá anexarse a la inscripción.
En cuanto a la acreditación de las rentas, en caso de oposición, la persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio. La valoración de las rentas se realizará con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión de la persona aspirante.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
La composición del Órgano de selección del presente proceso selectivo será hecha pública con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
El Órgano de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
La composición del Órgano de selección se ajustará, en términos de paridad entre hombres y mujeres, a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
| N.º orden | GP | Especialidad | Ministerio/Centro directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | M3 | MEDICINA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-01 | MADRID. | MADRID. |
| 2 | M3 | PSICOLOGÍA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-02 | MADRID. | MADRID. |
| 3 | M3 | PSICOLOGÍA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-03 | MADRID. | MADRID. |
| 4 | M2 | COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-04 | MADRID. | MADRID. |
| 5 | M2 | COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-05 | MADRID. | MADRID. |
| 6 | M2 | TRABAJO SOCIAL. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-06 | MADRID. | MADRID. |
| 7 | M2 | TRABAJO SOCIAL. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-07 | MADRID. | MADRID. |
| 8 | M1 | DISEÑO Y AMUEBLAMIENTO. |
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA. SECRETARÍA GENERAL. |
INE-01 | MADRID. | MADRID. |
| 9 | M1 | DISEÑO Y AMUEBLAMIENTO. |
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA. SECRETARÍA GENERAL. |
INE-02 | MADRID. | MADRID. |
| 10 | M1 | PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-08 | MADRID. | MADRID. |
| 11 | M1 | PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. RECURSOS HUMANOS. |
MECE-09 | MADRID. | MADRID. |
| 12 | M1 | DISEÑO Y EDICIÓN PUBLICACIONES IMPRESAS Y MULTIMEDIA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-10 | MADRID. | MADRID. |
| 13 | M1 | DISEÑO Y EDICIÓN PUBLICACIONES IMPRESAS Y MULTIMEDIA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-11 | MADRID. | MADRID. |
| 14 | M1 | DISEÑO Y EDICIÓN PUBLICACIONES IMPRESAS Y MULTIMEDIA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-12 | MADRID. | MADRID. |
| 15 | M1 | DISEÑO Y EDICIÓN PUBLICACIONES IMPRESAS Y MULTIMEDIA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. SUBSECRETARÍA. SUB. GRAL. COMUNICACIÓN. |
MECE-13 | MADRID. | MADRID. |
| 16 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO CATALUÑA-BARCELONA. |
MECE 14 | BARCELONA. | BARCELONA. |
| 17 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO MADRID. |
MECE-15 | MADRID. | MADRID. |
| 18 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO MADRID. |
MECE-16 | MADRID. | MADRID. |
| 19 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO VALENCIA. |
MECE-17 | VALENCIA. | VALENCIA. |
| 20 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO VALENCIA. |
MECE-18 | VALENCIA. | VALENCIA. |
| 21 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO ANDALUCÍA-SEVILLA. |
MECE-19 | SEVILLA. | SEVILLA. |
| 22 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO CANARIAS-STA. CRUZ DE TENERIFE. |
MECE-20 | STA. CRUZ DE TENERIFE. | STA. CRUZ DE TENERIFE. |
| 23 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO CANARIAS-STA. CRUZ DE TENERIFE. |
MECE-21 | STA. CRUZ DE TENERIFE. | STA. CRUZ DE TENERIFE. |
| 24 | M1 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.P. COMERCIO ALICANTE. |
MECE-22 | ALICANTE. | ALICANTE. |
| 25 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.P. COMERCIO ALICANTE. |
MECE-23 | ALICANTE. | ALICANTE. |
| 26 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.P. COMERCIO ALICANTE. |
MECE-24 | ALICANTE. | ALICANTE. |
| 27 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO MADRID. |
MECE-25 | MADRID. | MADRID. |
| 28 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO MADRID. |
MECE-26 | MADRID. | MADRID. |
| 29 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO VALENCIA. |
MECE-27 | VALENCIA. | VALENCIA. |
| 30 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO VALENCIA. |
MECE-28 | VALENCIA. | VALENCIA. |
| 31 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO CANARIAS-LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. |
MECE-29 | LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. | LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. |
| 32 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.T. COMERCIO CANARIAS-LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. |
MECE-30 | LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. | LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. |
| 33 | E2 | QUÍMICA. |
M. ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. DIR. PROV. Y TERR. COMERCIO. D.P. COMERCIO GIRONA. |
MECE-31 | GIRONA. | VILAMALLA. |
| 34 | E2 | QUÍMICA. |
M. CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS. |
CSIC-01 | MADRID. | TRES CANTOS. |
| 35 | E2 | QUÍMICA. |
M. CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS. |
CSIC-02 | MADRID. | TRES CANTOS. |
| 36 | E2 | QUÍMICA. |
M. CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS. |
CSIC-03 | GRANADA. | ARMILLA. |
| 37 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO. |
TEDQ-01 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 38 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-02 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 39 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-03 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 40 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-04 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 41 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-05 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 42 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO. |
TDEQ-06 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 43 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-07 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 44 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-08 | CIUDAD REAL. | CIUDAD REAL. |
| 45 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-09 | VALLADOLID. | VALLADOLID. |
| 46 | E2 | QUÍMICA. |
M. PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. |
TDEQ-10 | VALLADOLID. | VALLADOLID. |
(Respecto de cada especialidad, debe consultarse el anexo VII para comprobar si existen especialidades en el proceso selectivo)
SECCIÓN I – ACCESO LIBRE
El proceso selectivo constará de una única fase de oposición.
1. Fase de oposición
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Grupo profesional M3
La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará de dos partes que se realizarán el mismo día:
1. Primera parte: incluirá 50 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: consistirá en 50 preguntas que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 100 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Órgano de selección, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el Órgano de selección en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión. En particular, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición oral.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional M2
La fase de oposición constará de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará de dos partes que se realizarán el mismo día:
1. Primera parte: incluirá 45 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: consistirá en 45 preguntas que tratarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 45 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 90 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Órgano de selección, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el Órgano de selección en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión. En particular, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición oral.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional M1
La fase de oposición se conformará por un ejercicio único, que constará de las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente. Será necesario superar la primera parte del ejercicio para que se proceda a la valoración de la segunda parte.
Primera parte: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará, a su vez, de dos bloques:
1. Bloque primero: incluirá 40 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Bloque segundo: consistirá en 40 preguntas que tratarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 40 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 80 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.
Segunda parte: consistirá en la resolución por escrito de 2 supuestos de carácter práctico relacionados con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Cada supuesto se desglosará en 10 preguntas y 2 adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 10 preguntas anteriores correspondientes. Cada una de las preguntas contará con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una respuesta correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será 70 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión. En particular, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta parte para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional E2
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Este ejercicio constará de dos partes:
1. Primera parte: incluirá 40 preguntas sobre el temario incluido en la parte común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: las 60 preguntas restantes versarán sobre el temario específico correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (2 correspondientes al temario común y 4 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 100 minutos.
El ejercicio se calificará con un máximo de 100 puntos, correspondiendo un máximo de 40 puntos a la primera parte y un máximo de 60 puntos a la segunda, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional E1
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Este ejercicio constará de dos partes:
1. Primera parte: incluirá 20 preguntas sobre el temario incluido en la parte común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: las 40 preguntas restantes versarán sobre el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (2 correspondientes al temario común y 4 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas del bloque correspondiente.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 60 minutos.
El ejercicio se calificará con un máximo de 60 puntos, correspondiendo 20 puntos a la primera parte y un máximo de 40 puntos a la segunda, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
2. Calificación final
La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Para las plazas de los grupos profesionales M3 y M2:
a) mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio;
b) mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio;
c) mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio;
d) mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte del primer ejercicio;
e) mayor número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte del primer ejercicio;
f) menor número de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte del primer ejercicio;
g) menor número de contestaciones erróneas realizadas en la primera parte del primer ejercicio.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026 («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
2. Para las plazas del grupo profesional M1:
a) mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio único;
b) mayor puntuación obtenida en el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
c) mayor puntuación obtenida en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único;
d) mayor número de respuestas correctas obtenidas en el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
e) mayor número de respuestas correctas obtenidas en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único;
f) menor número de contestaciones erróneas realizadas el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
g) menor número de contestaciones erróneas realizadas en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026 («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
3. Para las plazas de los grupos profesionales E2 y E1:
a) mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio;
b) mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte;
c) mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio;
d) mayor número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte;
e) menor número de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte;
f) menor número de contestaciones erróneas realizadas en la primera parte.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026 («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
SECCIÓN II – PROMOCIÓN INTERNA
El proceso selectivo constará de dos fases:
Fase de oposición.
Fase de concurso.
1. Fase de oposición
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Grupo profesional M3
La fase de oposición constará de dos ejercicios eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 50 minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Órgano de selección, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el Órgano de selección en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión. En particular, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición oral.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional M2
La fase de oposición constará de dos ejercicios eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 45 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 45 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta y cinco minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Órgano de selección, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el Órgano de selección en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión. En particular, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional M1
La fase de oposición se conformará por un ejercicio único, que constará de las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente. Será necesario superar la primera parte del ejercicio para que se proceda a la valoración de la segunda parte.
Primera parte: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Todas las preguntas versarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 40 preguntas correspondientes.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 40 minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para que pueda evaluarse la segunda parte.
Segunda parte: consistirá en la resolución por escrito de 2 supuestos de carácter práctico relacionados con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Cada supuesto se desglosará en 10 preguntas y 2 adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 10 preguntas anteriores correspondientes. Cada una de las preguntas contará con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una respuesta correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta parte para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional E2
La fase de oposición constará de un ejercicio único que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 60 preguntas que versarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Se incluirán 4 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 60 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 60 minutos.
Se calificará con un máximo de 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la puntuación obtenida en este ejercicio, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional E1 – promoción interna personas con discapacidad intelectual
El proceso selectivo de promoción interna al grupo profesional E1 será para el turno de reserva de personas con discapacidad intelectual pertenecientes al grupo profesional E0.
La fase de oposición constará de un ejercicio único que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 40 preguntas que versarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Se incluirán 4 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 40 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 100 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Órgano de selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de selección, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de selección fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la puntuación obtenida en este ejercicio, siendo necesario un mínimo de 20 puntos para superarla.
2. Fase de concurso
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 30 puntos.
Se valorará la experiencia profesional en el ámbito del IV Convenio Colectivo, incluidos los Convenios Colectivos únicos de la AGE anteriores y los Convenios Colectivos departamentales anteriores a la aprobación del I Convenio Colectivo único, según los siguientes criterios:
a) Por servicios prestados en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta: 0,36 puntos por mes completo a jornada completa trabajado. En este caso, también se tendrán en cuenta los servicios prestados como personal laboral temporal en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
b) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades de la misma familia profesional que la del puesto por el que se opta: 0,26 puntos por mes completo a jornada completa trabajado. Lo servicios valorados en el apartado anterior no podrán valorarse de nuevo en este apartado.
c) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades distintas de las previstas en los apartados anteriores: 0,18 puntos por mes completo a jornada completa trabajado.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 10 puntos.
Se valorarán:
a) Cursos de formación y perfeccionamiento: Puntuación máxima 4,5 puntos.
Se valorarán los cursos de formación impartidos a razón del número de horas conforme al baremo que figura posteriormente y los cursos de formación recibidos en que se acredite debidamente un mínimo de 15 horas, siempre y cuando el contenido de ambos tenga relación directa con el puesto de trabajo por el que se opta, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Para el Empleo de las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos directamente por las Administraciones Públicas o por otros centros a los que se les haya encargado su impartición, a razón de:
– Cursos recibidos: 0,01 puntos por hora.
– Cursos impartidos: 0,05 puntos por hora.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figure en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas. No se valorarán las jornadas o ponencias que no constituyan cursos de formación.
b) Para los grupos profesionales M3 y M2, en aquellas especialidades en que así se determine en la convocatoria correspondiente atendiendo a la existencia de normativa específica o por demandarlo la naturaleza de las plazas, previa información en la Comisión Paritaria, se valorarán las publicaciones con una puntuación máxima de 5,5 puntos.
Se valorarán las publicaciones directamente relacionadas con el puesto por el que se opta, que hayan sido publicadas en revistas especializadas en materias relacionadas con la especialidad del puesto al que se opta, a razón de 0,5 puntos por publicación.
En ningún caso, la puntuación máxima obtenida como consecuencia de la valoración de las publicaciones aquí referenciadas y de las titulaciones especificadas en el apartado siguiente, podrá ser superior a los 5,5 puntos.
c) Titulaciones o cualificaciones profesionales:
Estar en posesión de titulaciones o de cualificaciones profesionales distintas de la aportada como requisito para el acceso a la especialidad de que se trate y pertenecientes a la misma familia profesional o a la misma área de conocimiento en el caso de las titulaciones universitarias.
En aquellas especialidades en las que se permita el acceso mediante titulaciones genéricas, en caso de contar con la titulación específica exigida, ésta se valorará incluso en el caso de ser la titulación aportada como requisito para el acceso a la especialidad de que se trate.
Puntuación máxima: 5,5 puntos.
Todo ello, de acuerdo con el siguiente baremo de puntuación:
– Cualificación profesional completa de formación profesional básica: 0,5 puntos.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado medio: 1 punto.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado superior: 1,5 puntos.
– Título de formación profesional básico: 2,5 puntos.
– Título de formación profesional de grado medio: 3,5 puntos.
– Título de formación profesional de grado superior: 4,5 puntos.
– Título de grado universitario: 5 puntos.
– Título de máster: 5,5 puntos.
La forma de acreditación tanto de los méritos profesionales como de los académicos será a través del certificado emitido por la unidad de personal del Departamento u Organismo en el que la persona aspirante esté prestando servicios o haya tenido su último destino, según el modelo que figura como anexo II de la convocatoria. No se admitirá otra forma de acreditación distinta del modelo señalado, salvo que, debido a las características propias de la especialidad, el órgano que gestiona el proceso selectivo lo indique expresamente.
En el certificado de méritos la persona responsable de su emisión deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en la fase de concurso.
Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos las titulaciones o publicaciones que acredite documentalmente la persona que solicita el certificado o que consten en el Registro Central de Personal, de ser el caso.
3. Calificación final
La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
3. La mayor puntuación alcanzada en el mérito servicios prestados en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
Si aun así persistiera el empate, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados:
– en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
– en puestos encuadrados en especialidades de la misma familia profesional que los puestos por los que se opta.
– en puestos encuadrados en otras especialidades.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026 («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Grupo profesional M3
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 4. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 5. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 6. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. La Constitución Europea.
Tema 7. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
Tema 8. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 9. El acto administrativo. El procedimiento Administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Tema 10. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).
Tema 11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la administración Pública.
Tema 12. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de Personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 13. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del Convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria. Organización del trabajo. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y obligaciones. Régimen disciplinario.
Tema 14. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Tema 15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.
Tema 16. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 17. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
Tema 18. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia: Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención de las personas en situación de dependencia. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
Tema 19. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Tema 20. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Principios informadores de la actividad en el servicio público: transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas.
Grupo profesional M2
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 3. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 4. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 5. El acto administrativo. El procedimiento administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Tema 6. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).
Tema 7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 8. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 9. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del Convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria. Organización del trabajo. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y obligaciones. Régimen disciplinario.
Tema 10. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Tema 11. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 12. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
Tema 13. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia: Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención de las personas en situación de dependencia. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
Tema 14. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Tema 15. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Principios informadores de la actividad en el servicio público: transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas.
Grupo profesional M1
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 3. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos.
Tema 4. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 5. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 6. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del Convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria.
Tema 7. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral.
Tema 8. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Grupo profesional E2
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos.
Tema 3. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 4. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral.
Tema 5. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Grupo profesional E1
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.
Tema 3. Régimen jurídico del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes del personal laboral al servicio de la Administración Pública. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido.
Tema 4. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M3 | MEDICINA. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Licenciatura o Grado en Medicina. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: Parte específica
Tema 1. Alergia. Reacciones alérgicas. Urticarias. Angioderma.
Tema 2. Infección e inmunidad. Inmunodeficiencias.
Tema 3. Insuficiencia respiratoria aguda.
Tema 4. EPOC reagudizado.
Tema 5. Neumonías. Asma bronquial.
Tema 6. Insuficiencia cardiaca. Edema agudo de pulmón.
Tema 7. Cardiopatía isquémica. Angor.
Tema 8. Infarto agudo de miocardio.
Tema 9. Hipertensión arterial.
Tema 10. Arritmias hiperactivas. Arritmias hipoactivas.
Tema 11. Accidentes cerebrovasculares agudos.
Tema 12. Epilepsia.
Tema 13. Comas. Diagnóstico. Diferencias. Tratamiento.
Tema 14. Traumatismo craneoencefálico.
Tema 15. Diabetes.
Tema 16. Coma hiperosmolar.
Tema 17. Catoacidosis diabética.
Tema 18. Hipoglucemia.
Tema 19. Alteraciones del metabolismo ácido base.
Tema 20. Alteraciones del metabolismo hidroelectrolítico.
Tema 21. Shock.
Tema 22. Isquemia arterial aguda.
Tema 23. Enfermedad tromboembólica venosa.
Tema 24. Tromboembolismo pulmonar.
Tema 25. Cólico hepático.
Tema 26. Colelitiasis. Colecistitis.
Tema 27. Cirrosis hepática. Encefalopatía hepática. Descompensación hidrópica.
Tema 28. Pancreatitis aguda.
Tema 29. Hemorragia digestiva.
Tema 30. Gastroenteritis aguda.
Tema 31. Abdomen agudo.
Tema 32. Insuficiencia renal aguda.
Tema 33. Litiasis renoureteral.
Tema 34. Infecciones del tracto urinario. Pielonefritis.
Tema 35. Síndrome anémico.
Tema 36. Trastornos de la coagulación.
Tema 37. Manejo de los corticoides.
Tema 38. Intoxicaciones agudas.
Tema 39. Drogodependencias.
Tema 40. Intoxicación etílica aguda. Alcoholismo.
Tema 41. Trastornos de ansiedad. Depresión.
Tema 42. Traumatismo torácico. Traumatismo abdominal.
Tema 43. Politraumatizado.
Tema 44. Fracturas y luxaciones en general.
Tama 45. Síndromes psiquiátricos agudos.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M3 | PSICOLOGÍA. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Licenciatura o Grado en Psicología con Máster oficial. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: Parte específica
Tema 1. La psicología científica. Concepto de psicología: ciencia natural y/o social, pluralidad y diversidad del objeto. Constitución de la psicología científica. Principales perspectivas: biología dinámica, conductual y cognitiva. Métodos científicos: formas de recoger información sobre el comportamiento y la actividad humana: Observación natural. Método correlacional. Método experimental. Estudio de casos. Métodos de investigación.
Tema 2. Origen y evolución de la mente. Evolución y sus leyes. Sistema nervioso: neurona y estructuras cerebrales. Dominación hemisférica. Cerebro, conducta y cognición. Papel del sistema endocrino en la actividad humana.
Tema 3. Aprendizaje conductual: condicionamiento clásico. Formas elementales del aprendizaje-habituación y sensibilización. Aprendizaje asociativo clásico. Pavlov y la respuesta condicionada. Procesos básicos del condicionamiento clásico. Parámetro de condicionamiento clásico. Aplicaciones del condicionamiento clásico.
Tema 4. Aprendizaje conductual-condicionamiento operante. Throndike y la ley del efecto. Análisis experimental de la conducta. Skinner y el condicionamiento operante. Programas de refuerzo. Tipos de condicionamiento operante. Aplicaciones de condicionamiento operante.
Tema 5. Aprendizaje social. Bandura y aprendizaje modelado. Teorías de la imitación. Función vicaria. Procesos de la imitación. Aprendizaje de la agresión y otras conductas desviadas. Indefensión aprendida.
Tema 6. Conciencia y sus estados. Noción y funciones de la conciencia. Procesamiento consciente e inconsciente. Estados alternativos de la conciencia. Sueño. Hipnosis. Drogas.
Tema 7. Cognición. Mente y procesos mentales. Sistema cognitivo, estructuras, procesos y funciones. Adquisición del conocimiento, tipos y modos.
Tema 8. Sensación. Problema psicofísico. Cantidad sensorial/Weber. Fechner. Stevens. Detección y decisión. Los sentidos. Integración sensorial.
Tema 9. Percepción y atención. Problema de la percepción. Organización perceptual - forma, profundidad, movimiento. Reconocimiento de patrones. Factores innatos y aprendidos de la percepción. Percepción social y realidad. Percepción selectiva y subliminal. Sujeto humano: un sistema limitado de procesamiento. Determinantes de la selección atencional. Teorías de limitación estructural. Teorías de limitación de recursos. Modos de proceso. Alerta y atención sostenida. Trastornos de la percepción y de la atención.
Tema 10. Memoria. Adquisición, almacenamiento y recuperación. Recuerdo y reconocimiento. Enfoques en el estudio de la memoria estructural, procesual. Clases de memoria: sensorial, corto plazo, episódica, semántica, procedimental. Representación del conocimiento. Estrategias de memoria. Olvido: explicaciones teóricas y prácticas. Trastornos de la memoria.
Tema 11. Pensamiento y lenguaje. ¿Qué son los conceptos? Teoría de la adquisición de conceptos. Categorías. Clases de razonamiento: inductivo -deductivo. Solución de problemas. Pensamiento creativo. Pensamiento y lenguaje. Noción del lenguaje. Propiedades del lenguaje. Estructura del lenguaje humano. Organización y uso del lenguaje. Lenguaje no humano. Adquisición y desarrollo del lenguaje. Trastornos del lenguaje. Trastornos del pensamiento.
Tema 12. Motivación. Motivación del «por qué» de la conducta. Enfoques sobre la motivación: biológico, cognitivo, psicodinámico, humanístico, existencias. Motivaciones primarias: hambre, sed, sexualidad, agresión. Motivaciones secundarias. Motivación al logro. Los motivos sociales. Motivación, frustración y conflicto.
Tema 13. Emoción y afectos. Componentes básicos de la emoción: biológicos, cognitivos y conductuales. Teorías de la emoción. Primeras teorías (James-Lange, Cannon-Sard,…). Teorías cognitivas (Levental, Scherer. Schacter, Lazarus). Otros enfoques (Mandier, Izad. Ekman. Averili). Trastornos de la afectividad.
Tema 14. Estrés. Reacción al estrés: síndrome e adaptación general. Dimensiones, orígenes y cuantificación del estrés. Consecuencia del estrés. Prevención.
Tema 15. Inteligencia. Noción de inteligencia. Enfoques. Psicométrico y cognitivo. Medición de la inteligencia. Polémica herencia vs medio. Inteligencia y creatividad. Trastornos intelectuales.
Tema 16. Desarrollo. (Evolución e involución). Desarrollo, maduración y crecimiento. Algunas características del proceso evolutivo. Estudios longitudinales y transversales. Desarrollo biológico, físico, emocional, motriz, sensorial. Desarrollo cognitivo. Desarrollo socio-moral. Edad adulta. Tercera edad (envejecimiento normal y envejecimiento patológico).
Tema 17. Personalidad. Concepto de personalidad. Teorías de la personalidad. Biología y personalidad. Evaluación de la personalidad.
Tema 18. Introducción al estudio de los pequeños grupos. Introducción. Definición de grupo. Tipos de grupo. Estructura del grupo. Desarrollo del grupo. El grupo familiar.
Tema 19. Psicometría. Conceptos. Aplicaciones.
Tema 20. Tests psicológicos. Teoría clásica. Otros modelos.
Tema 21. Características de los tests psicológicos. Fiabilidad. Validez.
Tema 22. Trastornos mentales. Concepto. Clasificación. Factores de riesgo. Aproximaciones Psicoterapéuticas.
Tema 23. Psicopatología de la percepción.
Tema 24. Trastornos de la comunicación.
Tema 25. Trastornos neurocognitivos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 26. Trastornos disruptivos, del control de impulsos y de la conducta. Etiología, epidemiología, clasificación y trastornos diagnósticos.
Tema 27. Trastornos de evitación/restricción de la ingestión de alimentos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 28. Disfunciones sexuales. Síntomas, diagnóstico y tratamiento.
Tema 29. Trastornos de la personalidad obsesivo- compulsiva. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 30. Teorías generales de ansiedad.
Tema 31. Trastornos relacionados con traumas y factores de estrés. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 32. Trastornos de ansiedad. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 33. Trastornos depresivos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 34. Trastornos del sueño-vigilia. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 35. Trastornos disociativos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 36. Trastornos de síntomas somáticos y trastornos relacionados. Trastorno facticio. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 37. Trastorno bipolar y trastornos relacionados. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 38. Espectro de la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 39. Trastornos relacionados con sustancias y adictivos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 40. Trastornos del neurodesarrollo. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 41. Otros trastornos mentales debidos a enfermedad médica. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 42. Trastornos motores inducidos por medicamentos y otros efectos adversos de los medicamentos. Etiología, epidemiología, clasificación y criterios diagnósticos.
Tema 43. Estilos de vida y comportamientos relacionados con la salud y la enfermedad.
Tema 44. Aspectos psicológicos relacionados con el afrontamiento de las enfermedades terminales.
Tema 45. Técnicas de modificación de conducta basadas en el condicionamiento. Técnicas cognitivas y de autocontrol.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M2 | TRABAJO SOCIAL. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Diplomatura o Grado en Trabajo Social. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: Parte específica
Tema 1. Historia y evolución de los sistemas de protección social en España.
Tema 2. El sistema público de los Servicios Sociales en el marco de una política de bienestar social.
Tema 3. Los Servicios Públicos como organización: principios, objetivos, criterios de actuación, niveles de actuación y áreas de competencia.
Tema 4. La política social en el marco europeo: del Tratado de Roma a Ámsterdam. La cumbre de Lisboa 2000.
Tema 5. Servicios, prestaciones y recursos en el ámbito de la acción social de las diferentes Administraciones. Competencias y fundamentación legal. El Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Tema 6. El trabajo social como disciplina: nacimiento y desarrollo.
Tema 7. Fundamentos, principios y funciones básicas del trabajo social. Código deontológico del Trabajador Social.
Tema 8. La iniciativa social: el voluntariado y la acción social. Las organizaciones no lucrativas: características generales.
Tema 9. Nuevo modelo de atención residencial centrado en la persona. Otras formas de atención.
Tema 10. La Seguridad Social en España. Evolución y prestaciones actuales.
Tema 11. Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente: Concepto, grados, requisitos, duración y cuantía de la prestación económica.
Tema 12. Las necesidades sociales: Concepto, características y tipología. Las pensiones no contributivas.
Tema 13. La familia y los menores. Menores en conflicto social. Actuación del trabajador social.
Tema 14. Adolescencia y juventud. Aspectos psicológicos y sociales. Actuación del trabajador social.
Tema 15. Mujeres en situaciones de dificultad. Problemas sociales específicos que afectan a la mujer. Actuación del trabajador social.
Tema 16. Las personas mayores. Aspectos físicos, psicológicos y sociales de la vejez. Consecuencias.
Tema 17. Drogodependencias. Aspectos legales, físicos, psicológicos y sociales. Actuación del trabajador social.
Tema 18. Discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales. Aspectos físicos, psíquicos, sociales y legales. Actuación del trabajador social.
Tema 19. Minorías étnicas e integración social. Aspectos sociodemográficos y culturales. Actuación del trabajador social.
Tema 20. La población inmigrante. Refugiados y asilados. Legislación aplicable. Trabajo social con estos colectivos.
Tema 21. Las personas sin hogar. Aspectos físicos, psicológicos y sociales. Actuación del trabajador social.
Tema 22. La cooperación Internacional para el Desarrollo en las Administraciones Públicas.
Tema 23. La enfermedad mental. Aspectos sociales y legales. Actuación del trabajador social.
Tema 24. La ley de dependencia. Ley de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 25. Valoración de la dependencia. Instrumento y plan individual de atención.
Tema 26. Recursos para personas con discapacidad: pensiones, subvenciones, ayudas, beneficios.
Tema 27. Discapacidad: Programas, servicios y prestaciones. El Trabajo Social en los Equipos de Valoración.
Tema 28. La intervención de los Servicios Sociales en situaciones de urgencia y emergencia social. Intervención en crisis. Papel del Trabajador Social.
Tema 29. Las Nuevas Tecnologías de la Información aplicadas el trabajo social.
Tema 30. Otras técnicas de trabajo. Entrevista individual, trabajo social grupal, trabajo social comunitario, trabajo en equipo.
Tema 31. El educador social. Papel en los Servicios Sociales. Relación con otras profesiones.
Tema 32. El trabajo Social y otras profesiones: el papel del animador sociocultural, del psicólogo, del sociólogo, del pedagogo, del abogado, en los Servicios Sociales.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M2 | COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Grado en Comunicación Audiovisual. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: parte específica
Tema 1. La composición de la imagen: composición por diseño, composición por disposición, composición por selección, el encuadre, el equilibrio de la imagen.
Tema 2. El lenguaje cinematográfico: Los planos básicos. El plano correcto. La composición del plano. El zoom. Elección de longitud focal. Panorámica y basculamiento.
Tema 3. El lenguaje cinematográfico: La cámara en movimiento. Creación de una secuencia. El eje. Rodaje de un diálogo.
Tema 4. El lenguaje cinematográfico: Enriquecimiento de la imagen. Acciones paralelas. Manipulación del tiempo y el espacio. Continuidad.
Tema 5. Organización y proceso en la producción del video institucional desde la idea hasta la obtención del máster.
Tema 6. Generalidades en la realización del video institucional, desde la idea hasta la obtención del máster.
Tema 7. El guion cinematográfico: guion literario, guion técnico, Secuencias. Elipsis temporales. Storyboard.
Tema 8. La realización en la práctica: método subjetivo y objetivo, Centrando la atención de la audiencia, manera de crear tensión y ritmo.
Tema 9. La realización imaginativa: elementos sonoros, énfasis del sonido, utilización del sonido, sonido en off, sustitución del sonido.
Tema 10. La invención de la fotografía, características generales.
Tema 11. Los medios auditivos no verbales: el telégrafo óptico y sus antecedentes, la invención de Morse y otros descubrimientos y el desarrollo de la telegrafía.
Tema 12. Técnicas de realización de reportaje y documentales para televisión: La toma de decisiones en el montaje y en la edición.
Tema 13. Derecho de la información: información y derechos fundamentales. Plasmación en la Constitución Española.
Tema 14. El secreto profesional. Cláusula de conciencia.
Tema 15. Ética y Deontología de la Imagen: Estudio de los contenidos éticos y códigos de conducta de los profesionales de la comunicación audiovisual.
Tema 16. La propiedad intelectual y el derecho de autor. Definición de propiedad intelectual, la ley de la propiedad intelectual. Lucha contra la piratería.
Tema 17. Principios básicos de la luz: energía electromagnética, longitud de onda, el espectro visible, distribución de la luz.
Tema 18. Cambios cuando la luz incide en una superficie: absorción, reflexión, transmisión, refracción y dispersión.
Tema 19. El objetivo, sistema de lentes, distancia focal, distorsión de la perspectiva, el teleobjetivo, el gran angular y el objetivo zoom.
Tema 20. Fotometría. Intensidad luminosa. Temperatura de color. Unidades de medición. Instrumentos de medidas y características. Técnicas de medición y control de luz. Luz reflejada y Luz incidente.
Tema 21. Filtros ópticos. Fundamentos y aplicación de los filtros. Tipos de filtros, materiales y construcción. Factor de filtro y compensación de la exposición. Filtros de conversión, corrección y compensación del color. Filtros especiales.
Tema 22. La cámara fotográfica con película. Características, partes y elementos tecnológicos. Controles y funciones. Sistemas, tipos y formatos. Accesorios de cámara.
Tema 23. La cámara fotográfica digital. Características, partes y elementos tecnológicos. Controles y funciones. Sistemas, tipos y formatos. Accesorios de cámara.
Tema 24. La cámara cinematográfica. Características, partes y elementos tecnológicos. Controles y funciones. Sistemas, tipos y formatos. La película cinematográfica. Accesorios de cámara.
Tema 25. La señal de vídeo, características. Instrumentos de medida: monitor de forma de onda, vectorscopio y osciloscopio.
Tema 26. La cámara de vídeo ENG. Características, partes elementos tecnológicos. Controles y funciones. Sistemas, tipos y formatos. Accesorios de cámara.
Tema 27. Soportes magnéticos. Composición y estructura. Tipos de emulsión. Características. Formatos y capacidad para registros digitales y analógicos.
Tema 28. Generalidades y Técnicas básicas de iluminación.
Tema 29. Los equipos y los materiales de iluminación, Fuentes artificiales y tipos de lámparas. Proyectores de luz. Equipos y materiales de soporte.
Tema 30. El sonido Naturaleza y propagación. Características. Espectro sonoro. Comportamiento físico de las ondas sonoras. La audición y el oído humano.
Tema 31. La captación del sonido, generalidades, tipos de Micrófonos y sus características. Sensibilidad. Sistemas de alimentación.
Tema 32. Características generales de la organización de un departamento de medios audiovisuales institucional.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M1 | QUÍMICA. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad, o en Química Industrial, o en Química y Salud Ambiental. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: Parte específica
Tema 1. Manipulación, conservación, transporte y almacenamiento de la muestra. Preparación de material y equipos de muestreo. Técnicas de toma de muestras. Tipos de muestreo. Aparatos utilizados en el muestreo.
Tema 2. Operaciones básicas de laboratorio: operaciones de pretratamiento de la muestra (molienda, mezclado, disolución, disgregación, mineralización por microondas); operaciones mecánicas (tamización, filtración, decantación, centrifugación); operaciones térmicas (destilación, evaporación, secado, cristalización); operaciones difusionales (extracción: sólido-líquido y líquido-líquido; adsorción; absorción; cromatografía). Seguridad en el laboratorio. Precaución en el manejo de productos químicos. Técnicas generales de manipulación de materias y materiales de laboratorio. Técnicas de limpieza del material de laboratorio. Clasificación de residuos.
Tema 3. Reactivos químicos. Reacciones químicas. Estequiometria. Velocidad de reacción. Equilibrio químico. Preparación de disoluciones: Propiedades de las disoluciones. Concentración de una disolución. Cálculo de concentraciones. Calibrado de aparatos volumétricos. Valoración de disoluciones. Reactivos indicadores.
Tema 4. Aplicación de Técnicas de análisis cuantitativo: Métodos volumétricos de análisis. Métodos de análisis gravimétricos. Conceptos generales de gravimetría.
Tema 5. Selección técnicas instrumentales: Métodos electroquímicos. Métodos ópticos. Técnicas espectroscópicas. Métodos de separación. Parámetros que intervienen en las analíticas instrumentales.
Tema 6. Análisis de funciones Orgánicas: Átomo de Carbono. Enlaces. Mecanismo de reacción. Reacciones en química orgánicas. Principales funciones orgánicas.
Tema 7. Clasificación y características de los microorganismos. Nutrición microbiana: Modelos nutricionales. Crecimiento Microbiano: Requerimientos físicos y químicos. Agentes microbianos. Manipulación de muestras y material de microbiología.
Tema 8. Estado de la materia y sus propiedades. Propiedades fisicoquímicas del estado líquido y gaseoso (densidad, viscosidad, tensión superficial) y eléctricas, térmicas, ópticas. Tipos y propiedades de las disoluciones. Solubilidad, electrolitos, atracciones interiónicas, coloides. El estado fundido. Propiedades reológicas.
Tema 9. Técnicas de análisis cromatográfico. Fundamentos generales de la cromatografía. Tipos de cromatografía: Cromatografía en placa fina. Cromatografía de gases. Cromatografía líquida de alta resolución.
Tema 10. Extracción de proteínas y ácidos nucleicos: Estructura de las proteínas y ácidos nucleicos. Material, reactivos y aparatos del laboratorio de biotecnología. Manipulación y preparación de muestras en biotecnología. Contaminación cruzada. Técnicas de extracción de proteínas y de ácidos nucleicos. Técnicas de amplificación de ácidos nucleicos: PCR, RT-PCR, PCR a tiempo real.
Tema 11. Ensayos físicos: Tipos de enlaces químicos. Cambios de estado y constantes físicas. Tipos, características y tratamiento de materiales. Clasificación de los materiales y sus propiedades mecánicas, eléctricas, térmicas, ópticas y magnéticas. Materiales metálicos, poliméricos. Cerámicos y compuestos.
Tema 12. Estática de fluidos y sus aplicaciones. Medida de temperatura, presión, nivel y caudal. Dinámica de fluidos y sus aplicaciones. Transporte de fluidos: tuberías, válvulas y accesorios. Caracterización y normalización.
Tema 13. Bombas: Centrifugas, alternativas y rotativas. Características y detalles constructivos. Operación (puesta en marcha y parada) y entretenimiento de bombas. Curvas características y rendimiento.
Tema 14. Sistemas de producción de energía térmica, combustibles y otras fuentes de energía alternativas. Equipos de producción de energía térmica: calderas de vapor y hornos. Producción de vapor de agua: Tipos de vapor y utilización de los mismos. Transmisión de calor. Equipos de intercambio de calor. Refrigerantes, condensadores y hervidores. Producción de frío. Equipos.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M1 | ARTES GRÁFICAS. | DISEÑO Y EDICIÓN DE PUBLICACIONES IMPRESAS Y MULTIMEDIA. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: parte específica
Tema 1. Productos editoriales gráficos: Tipos. Descripción, análisis y terminología. Evolución de materiales y tecnología utilizada en su producción.
Tema 2. La edición: Función. Aspectos fundamentales. Fases del proceso editorial. El proyecto editorial. El plan editorial. Factores comunicativos y económicos en la definición del producto gráfico.
Tema 3. Fundamentos y características de la edición digital y multimedia. Características. Herramientas y aplicaciones informáticas.
Tema 4. La propiedad intelectual: Derechos de texto y derechos de imagen. Modalidades de cesión de derechos.
Tema 5. Preimpresión. Procesos de preimpresión: tratamiento de textos, imágenes, ensamblado y filmación, trazado, montaje y obtención de la forma impresora. Equipos de entrada en los procesos de preimpresión. Cámaras y prensas de contacto. Escáneres. Discos magnéticos y cintas. Equipos de tratamiento en los procesos de preimpresión: Hardware, Plataformas informáticas; Redes informáticas. Equipos de salida en los procesos de preimpresión: Rips; Filmadoras; Procesadoras; Impresoras.
Tema 6. Soportes de impresión. Clasificación. Propiedades. Características. Fabricación del papel. Aspectos del papel. Diferencias entre papel reciclado, papel ecológico y papel tradicional. Tintas: Fabricación. Tintas grasas y tintas liquidas. Secado de la tinta. Mezcla de tintas.
Tema 7. Manipulación y conservación de barnices, colas, dorados, telas, películas de estampación. Imagen latente. Concepto. Fabricación. Capas. Clases de emulsiones. Contraste. Sensibilidad. Procesos de revelado. Agentes reveladores. Tipos de reveladores. Fijado.
Tema 8. Edición de audio: fundamentos, conceptos y características. Las pistas. Cortar, unir, borrado parcial. Aplicaciones informáticas. Herramientas y formatos. Conversión de formatos.
Tema 9. Edición de video: fundamentos, conceptos y características. Tipos de edición de vídeo. Aplicaciones informáticas. Herramientas y formatos de edición de vídeo. Videocámaras y capturadoras de vídeo: tipos y características.
Tema 10. Los medios de comunicación en la organización general de actos. Necesidades de los medios de comunicación en la organización de los actos. La oficina de prensa al servicio de los actos. Los actos televisados y su cobertura informativa.
Tema 11. Las acciones informativas para la difusión de los actos: Ruedas de prensa, notas, dossieres, comunicados, publicidad, boletín informativo y otros. El dossier de prensa. las memorias anuales y el material divulgativo.
Tema 12. La corrección I. Procesos de edición, tipos de corrección, método y herramientas.
Tema 13. La corrección II. La corrección de primeras pruebas (gramatical, corrección ortotipográfica y de maquetación).
Tema 14. Libros de estilo.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M1 | MADERA, MUEBLE Y CORCHO. | DISEÑO Y AMUEBLAMIENTO. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: parte específica
Tema 1. Clasificación de maderas: La madera. Partes. Apeo. Enfermedades y Defectos. Maderas nacionales y de importación. Coníferas y frondosas. Ensayos. Probetas. Maquinas, útiles productos y herramientas.
Tema 2. Clasificación y características de tableros. De virutas, fibras y compuestos. Extracción de chapas. Clases. Chapeado. Adhesivos. Tipos y sistemas de junta. Aplicación de protectores. Productos para el acabado.
Tema 3. Organización y sistemas de despiece y troceado de la madera. Obtención de chapas. Sistemas de secado y tratamiento de la madera. Fabricación de tableros.
Tema 4. Sistemas constructivos de carpintería y mueble.
Tema 5. Sistemas de ensamblado y unión: Ensambles, empalmes y acoplamientos. Determinación de materiales. Características, Tipos. Aplicaciones.
Tema 6. Obtención de piezas de madera con herramientas manuales, maquinas portátiles y convencionales: Tipos, características, aplicaciones, técnicas de utilización de herramientas manuales. Mecanizado con herramientas manuales y máquinas: Secuencias y tolerancias.
Tema 7. Composición de conjuntos: Útiles, tipos y procedimiento de montaje. Sistemas de prensado y encolado.
Tema 8. Productos de tintado y acabado de madera y derivados.
Tema 9. Fabricación de prototipos: Materiales. Despiece. Escuadrías. Cubicación y superficie. Elección de los útiles específicos de las maquinas. Herrajes. Prestaciones y funcionalidad. Acabados superficiales.
Tema 10. Montaje de prototipos de muebles y elementos de carpintería.
Tema 11. Estilos y tipología de muebles y elementos de carpintería.
Tema 12. Técnicas de diseño de productos de carpintería: Bocetado y croquizado. Materiales utilizados en carpintería. Herrajes para carpintería.
Tema 13. Clasificación de instalaciones de carpintería y mobiliario: Tipos. Sistemas de montaje. Secuenciación de instalaciones. Fases y Temporalización.
Tema 14. Montaje de instalaciones de carpintería: Carga y descarga. Fijación de los elementos. Interpretación de planos de distribución e instalación. Clasificación de instalaciones de carpintería. Colocación de revestimientos en suelos y parámetros.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| M1 | SEGURIDAD Y MEDIOAMBIENTE. | PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: parte específica
Tema 1. Gestión de la prevención: fundamentos, estructura organizativa y principios de la prevención. Organización de los procesos productivos y su relación con la prevención de riesgos. Fuentes normativas en materia de prevención de riesgos.
Tema 2. Condiciones de seguridad. Análisis de riesgos y técnicas aplicables. El lugar y la superficie de trabajo. Señalización de seguridad.
Tema 3. La protección individual. Protección de maquinaria, equipos y herramientas manuales.
Tema 4. Prevención del riesgo químico. Prevención del riesgo eléctrico. Prevención del riesgo de incendio y explosión. Trabajos de especial peligrosidad, peligros inherentes, medidas preventivas y de protección.
Tema 5. El medio ambiente físico como factor de riesgo. Ruido. Vibraciones. Ambiente térmico. Radiaciones.
Tema 6. Agentes químicos y biológicos: riesgo de exposición a contaminantes químicos y biológicos en el ambiente de trabajo. Trabajos de especial peligrosidad.
Tema 7. La organización del trabajo y la carga de trabajo. Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo. El estrés.
Tema 8. Planes de emergencia y evacuación. Lucha contra incendios. Primeros auxilios.
Tama 9. Relaciones en el entorno de trabajo: comunicación, negociación, solución de problemas, toma de decisiones, estilos de mando, dirección de equipos de trabajo. La motivación en el entorno laboral.
Tema 10. Tecnologías de la información y la comunicación en la empresa.
Tema 11. Salud laboral: condiciones de trabajo y seguridad.
Tema 12. Legislación en materia de relaciones laborales. Formación, orientación e inserción sociolaboral.
Tema 13. Procesos de obtención de información en materia de prevención de riesgos: documentación y protocolos. Planes informativos y formativos en materia de prevención de riesgos.
Tema 14. Gestión medioambiental. Impacto ambiental. Formación e información en materia de impacto ambiental.
1. Datos de la convocatoria
– Especialidad convocada:
| Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
|---|---|---|---|
| E2 | QUÍMICA. | QUÍMICA. |
2. Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
| Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
|---|---|
| Técnico en Operaciones de Laboratorio o Planta Química. |
3. Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
4. Temario: parte específica
Tema 1. Técnicas generales de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Tipos y aplicaciones. Equipos de mezcla y Equipos de dosificación. Tipos y aplicaciones. El control aplicado a las variables de los equipos de mezcla y dosificación. Previsión de riesgos personales y materiales.
Tema 2. Toma de la muestra. Requisitos básicos de muestreo. Errores en el muestreo. Equipo y material de muestreo. Procedimientos de envasado, transporte, marcaje y acondicionamiento de muestras. Técnicas de conservación y preparación de muestras para el ensayo o análisis.
Tema 3. Técnicas de ensayo: Procedimientos de realización. Ensayos mecánicos. Ensayos fisicoquímicos. Ensayos metalográficos.
Tema 4. Medidas de masa y de volumen. Variables fisicoquímicas. Ensayos «in situ» más frecuentes: Densidad. Viscosidad. Humedad. PH. Turbidez. Índice de refracción. Conductividad. Materiales y equipos utilizados.
Tema 5. Manipulación de equipos de separaciones mecánicas. Disgregación. Tamizado. Centrifugación. Separaciones hidráulicas: Sedimentación. Fluidización. Concentración por flotación. Filtración. Separaciones magnéticas y eléctricas. Equipos de separación mecánica: Funcionamiento y uso. Criterios de selección. Control. Variables a controlar. Procedimiento de orden y limpieza.
Tema 6. Operación con equipos de separaciones difusionales y térmicas. Extracción con disolventes y lixiviación. Evaporación. Destilación y rectificación. Cristalización. Secado. Liofilización. Absorción. Equipos de separaciones difusionales y térmicas: Funcionamiento y uso. Criterios de selección. Control. Variables a controlar. Procedimiento de orden y limpieza.
Tema 7. Disoluciones (concentración, soluto, disolvente, saturación, solubilidad). Equipos y Técnicas de preparación de disoluciones. Etiquetado y conservación de disoluciones preparadas.
Tema 8. Conceptos generales de análisis volumétrico. Patrón primario. Indicadores. Cálculos básicos sobre volumetrías. Volumetrías ácido-base. Volumetrías de precipitación. Volumetrías redox. Complexometría. Gravimetrías. Formación de precipitados.
Tema 9. Análisis instrumental: Parámetros instrumentales. Conceptos básicos de técnicas instrumentales: Métodos eléctricos. Métodos ópticos. Métodos cromatográficos.
Tema 10. Control ambiental del área de trabajo. Principales contaminantes ambientales. Medición de contaminantes ambientales. Analizadores automáticos. Muestreadores personales.
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