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Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 15 de junio de 2026.–El Secretario General de Coordinación Territorial, Agustín Torres Herrero.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con la disposición final primera del Decreto-ley 1/2026, de 1 de abril, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica producida por los efectos de la guerra en Oriente Medio.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, Antònia Maria Estarellas Torrens.
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