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Documento BOE-A-2026-1414

Resolución 430/38011/2026, de 7 de enero, de la Secretaria de Estado de Defensa, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 21 de enero de 2026, páginas 9859 a 9864 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2026-1414

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como en el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Estado por el artículo 62.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de puesto de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal que reúna los requisitos establecidos para su desempeño, incluido el de la antigüedad mínima, referida al último día de presentación de instancias, así como los conocimientos y las competencias profesionales y directivas determinados conforme al anexo I de la presente resolución.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Sra. Secretaria de Estado de Defensa (Subdirección General de Personal Civil), ajustándose al modelo publicado como anexo II.

Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de diez días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina de asistencia en materia de Registro del Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Además de los datos consignados en el modelo de solicitud, los aspirantes acompañarán a la misma la siguiente documentación:

– Un curriculum vitae, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo III, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse asimismo certificados de funciones expedidos por el titular de la unidad de prestación de servicios.

– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con las funciones, los méritos y los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

– El personal civil funcionario de la Administración General del Estado deberá presentar el expediente personal obtenido del Portal Funciona. El personal civil funcionario que no preste servicios en la Administración General del Estado deberá aportar asimismo un certificado de la Administración en la que preste servicios en el cual se hagan constar tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha Administración y las fechas de nombramiento y cese en cada uno de ellos.

– Cuestionario de autoevaluación cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas, accesible en el siguiente enlace:

https://cuestionariodirectivosautoevaluacion.inap.es

A tal efecto, el Informe individual de resultados obtenido se adjuntará a la solicitud junto con el resto de la documentación requerida.

Cuarta.

La selección se realizará con base en criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará atendiendo a los criterios incluidos en el anexo I.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento. Además, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y emitirán un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo comunicar su identidad a los candidatos a los que se realice la entrevista.

La entrevista se realizará exclusivamente a los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, incluido el de la antigüedad mínima, y podrá limitarse, asimismo, a los candidatos que, a juicio de las personas expertas nombradas al efecto, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado.

Quinta.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria de Estado de Defensa, María Amparo Valcarce García.

ANEXO I
Convocatoria de puesto de trabajo de libre designación

MINISTERIO DE DEFENSA

Secretaría de Estado de Defensa

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA)

Puesto de trabajo N.º de puestos N

Complemento específico

Euros

Admón. Localidad Grupo Funciones Méritos Observaciones
Subdirector/a General de Sistemas Aeronáuticos. 1 30 30.435,98 A5 Torrejón de Ardoz (Madrid). A1

Ser responsable de la gestión de los recursos y ejecución de los programas y proyectos de investigación científica y técnica, así como de prestación de servicios tecnológicos en el ámbito aeronáutico, de experimentación y certificación de aeronaves, sin perjuicio de la necesaria colaboración que deba prestar a las restantes subdirecciones generales del INTA para la ejecución de cualesquiera programas y proyectos que se encuentren interrelacionados o conexos.

En particular desempeñará las siguientes funciones:

a) Llevar la gestión y control de los centros operativos o de experimentación relacionados con su actividad.

b) Preparar técnicamente los convenios de colaboración en materia de su competencia.

c) Gestionar técnica y administrativamente las actividades de investigación, desarrollo, innovación, experimentación y certificación de su competencia, incluidas las inversiones aprobadas.

d) Atender a las relaciones de cooperación nacional e internacional necesarias para la ejecución de los proyectos de investigación, desarrollo de experimentación y certificación, en el ámbito de su competencia.

e) Colaborar con la Subdirección General de Coordinación y Planes en la comercialización y transferencia de tecnología.

f) Asesorar y colaborar con la Subdirección General de Coordinación y Planes en la elaboración de los planes de I + D + i.

Asimismo, ejercerá las funciones que se encuentren asociadas a programas o proyectos en los que participe el INTA, tales como:

a) Efectuar la ejecución del diseño, ensayo, evaluación y asesoramiento en materia de sistemas de propulsión.

b) Llevar la gestión y operación de las plataformas aéreas consideradas como instalación científica tecnológica singular.

c) Realizar análisis, diseños y ensayos de estructuras y mecanismos, así como la caracterización, optimización y desarrollo de procesos de materiales, y la práctica de ensayos relacionados con las infraestructuras.

d) Diseñar y desarrollar sistemas aeronáuticos completos, y específicamente de sistemas de aeronaves no tripuladas.

e) Efectuar la calificación y certificación de aeronaves, así como la calificación de sistemas de armamento aéreo.

Experiencia en funciones similares a las recogidas en este anexo.

Actividades formativas recibidas e impartidas en materias relacionadas con las funciones, incluidos los cursos de altos estudios de la Defensa Nacional o similares del ámbito civil.

Competencias directivas del anexo de la orden TDF/379/2024, valoradas conforme al cuestionario de autoevaluación y a la entrevista realizada.

Se requiere una antigüedad mínima de veinte (20) años como funcionario de carrera o como personal militar profesional, de los cuales al menos los 15 últimos deben corresponder al subgrupo A1 o a cuerpos o escalas de las Fuerzas Armadas con una categoría equivalente.
ANEXO II
Ministerio de Defensa

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/19/1414_16533514_1.png

ANEXO III
Curriculum vitae

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/19/1414_16533515_1.png

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