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De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,
Este Ministerio ha resuelto adjudicar destino en el órgano que se relaciona en anexo al integrante del Cuerpo de Médicos Forenses nombrado funcionario de carrera por Orden de 8 de junio de 2026 teniendo en cuenta lo siguiente
El funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses al que se le otorga destino en esta orden deberá tomar posesión ante el responsable del órgano de destino en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado reglamento y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El funcionario interino que actualmente ocupe plaza que ha sido adjudicada al aspirante aprobado cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, aquel participante que ostente ya la condición de funcionario de carrera deberá manifestar su opción en el acta de toma de posesión.
El funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses al que se otorga destino en virtud de esta orden no podrá participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las plazas no adjudicadas al aspirante de nuevo ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses mantienen su condición de desiertas.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 8 de junio de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
| N.º orden | DNI | Apellidos y nombre | Puesto adjudicado |
|---|---|---|---|
| 1 | *7057**** | Monteagudo Cruz, Francisco | Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ciudad Real y Toledo. Dirección de Toledo. Médico Forense Generalista. |
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