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Documento BOE-A-2026-13273

Resolución de 8 de junio de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA, para la construcción, financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2026, páginas 84823 a 84831 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2026-13273

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del adenda de modificación al Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA (EMASESA), para la construcción financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo, otorgado en Sevilla el 25 de mayo de 2026, que se anexa a esta resolución.

Sevilla, 8 de junio de 2026.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Gloria María Martín Valcárcel.

ANEXO
Segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA (EMASESA), para la construcción, financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo

En la ciudad de Sevilla, a fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, doña Gloria María Martín Valcarcel, Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Organismo Autónomo, O.A., adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de nombramiento del Secretario de Estado del citado Ministerio de fecha 18 de julio de 2025; en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don José Luis Sanz Ruiz, Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla (EMASESA), sociedad pública interlocal de gestión directa de servicios públicos del ciclo de agua, según lo establecido en el artículo 24.1 de sus Estatutos Sociales, nombrado en virtud de acuerdo del Consejo de Administración de 13 de julio de 2023.

Las partes se reconocen mutuamente, en razón a la representación que ostentan, capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, y para asumir los compromisos y obligaciones que de ella se derivan, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha de 3 de febrero de 2021 se firmó entre las partes el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. (CHG), y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA (EMASESA), para la construcción, financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el día 4 de febrero de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 13 de febrero de 2021.

La duración del convenio se establecía por cuatro años desde el día de su inscripción en el REOICO, finalizando la vigencia inicial de este el 4 de febrero de 2025. Con fecha 31 de enero de 2025 se formalizó una primera adenda que tuvo por objeto, por una parte, acordar la prórroga del convenio hasta el 31 de mayo de 2026, sin menoscabo de la posibilidad de ulteriores prórrogas si fuese preciso y por otra, modificar la cláusula novena del convenio para atribuir a la Comisión Mixta de Seguimiento de este, la facultad de aprobar posibles reajustes de las anualidades (en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el convenio), siempre que estos reajustes no supongan una variación de las aportaciones globales, ni del plazo de duración del mismo.

Segundo.

De acuerdo con las obligaciones adquiridas en el convenio, la CHG se hacía cargo de las siguientes actuaciones:

1. Adecuación de tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 3+127 al PK 4+343.

2. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo.

3. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 0+000 al PK 2+100.

4. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 5+688 al PK 6+365.

5. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible del entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 6+365 al PK 6+775.

6. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 6+775 al PK 7+200.

7. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Rehabilitación parcial. PK 7+200 al PK 12+284.

Conforme a la cláusula tercera corresponde a la CHG la licitación, adjudicación, ejecución y dirección de las obras correspondientes a las citadas infraestructuras hidráulicas. En cumplimiento de dicha obligación se licitaron y adjudicaron los siguientes contratos de obras y de servicios:

1. SE(DT)-6513: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo.

2. SE(DT)-6511 LOTE 1: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona Palmas Altas. PK 0+000 al PK 2+100.

3. SE(DT)-6511 LOTE 2: Adecuación de tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona Palmas Altas. PK 3+127 al PK 4+343.

4. SE(DT)-6511 LOTE 3: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona de Palmas Altas. PK 7+200 al PK 12+284.

5. SE(DT)-6512 LOTE 1: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 5+688 al PK 6+365.

6. SE(DT)-6512 LOTE 2: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible del entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 6+365 al PK 6+775.

7. SE(DT)-6512 LOTE 3: Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 6+775 al PK 7+200.

8. SE(DT)-6614: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo.

9. SE(DT)-6538 LOTE 1: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona Palmas Altas. PK 0+000 al PK 2+100.

10. SE(DT)-6538 LOTE 2: Control y Vigilancia de las obras de adecuación de tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona Palmas Altas. PK 3+127 al PK 4+343.

11. SE(DT)-6538 LOTE 3: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona de Palmas Altas. PK 7+200 al PK 12+284.

12. SE(DT)-6539 LOTE 1: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 5+688 al PK 6+365.

13. SE(DT)-6539 LOTE 2: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible del entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 6+365 al PK 6+775.

14. SE(DT)-6539 LOTE 3: Control y Vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona avenida de las Razas. PK 6+775 al PK 7+200.

Tercero.

A fecha actual, dos de las actuaciones incluidas en el convenio se encuentran aún sin finalizar y, conforme a la planificación actual, no podrán finalizar antes del 31 de mayo de 2026, fecha prevista de finalización:

– Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo.

Esta actuación tiene derecho a revisión excepcional de precios conforme al Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo. Se ha hecho una primera estimación de la cantidad resultante con los índices actualmente publicados y asciende a unos 2.000.000 euros IVA incluido.

Así mismo, a efectos de garantizar la prestación de los servicios de asistencia técnica a la dirección de obra durante toda su ejecución se va a tramitar el modificado n.º 2 del contrato de servicios para el control y vigilancia de las obras de adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo. (SE(DT)-6614), con un adicional estimado de setenta y un mil euros (71.000,00 euros).

– Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Zona de Palmas Altas. Lote 3: PK 7+200 al PK 12+284.

Estos importes, no previstos inicialmente, junto con otros que se han ido generando a lo largo de la vigencia del convenio, tales como certificaciones finales de obra, revisiones excepcionales de precios y modificaciones contractuales, suponen que el presupuesto inicialmente previsto, por importe de 93.500.000 euros, resulte insuficiente para atender la totalidad de las obligaciones derivadas de la ejecución de las diferentes actuaciones.

En consecuencia, en esta segunda adenda se recoge la necesidad de aumentar el presupuesto del convenio en 1.600.000 euros, así como de reprogramar las anualidades del convenio para adaptarlas a las necesidades actuales.

Asimismo, resulta necesario que el convenio permanezca vigente durante el plazo de garantía de los contratos de asistencia técnica, a fin de permitir la correcta tramitación de las liquidaciones correspondientes y, en su caso, el abono de los importes adicionales que pudieran derivarse.

Por ello, y con el objeto de adecuar el convenio al ritmo real de ejecución de las actuaciones, atender las nuevas necesidades surgidas y garantizar la correcta finalización técnica y económica de los contratos, se hace preciso reprogramar sus anualidades, incrementar su importe y prorrogar su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2027, plazo que permitirá concluir los trabajos pendientes y atender las posibles incidencias que puedan plantearse durante su ejecución y periodo de garantía.

Cuarto.

Las actuaciones objeto de este convenio estaban cofinanciadas por el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 dentro objetivo temático 6, el cual finalizó el 31 de diciembre de 2023. Actualmente se encuentra vigente el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2021-2027, este programa recoge la posibilidad de incluir en este periodo aquellas actuaciones de saneamiento y depuración que no han sido ejecutadas en el periodo 2014-2020, y que han sido divididas en fases, una inicial financiada en el periodo 2014-2020, y una segunda fase que pasará a ser cofinanciada en el 2021-2027.

Las actuaciones objeto del convenio siguen estando cofinanciadas por el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2021-2027 que establece un porcentaje de cofinanciación diferente al del periodo anterior.

Quinto.

La presente adenda se ha tramitado al amparo de lo establecido tanto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como en el artículo 59 (convenios suscritos para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos) del capítulo IV (medidas de agilización para la tramitación de los convenios financiables con fondos europeos) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo lo expuesto las partes firmantes han decidido acordar la modificación del convenio firmado el 3 de febrero de 2021 y de su primera Adenda de fecha 31 de enero de 2025, mediante una segunda adenda conforme a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto:

1. Incrementar el presupuesto total del convenio para la financiación de las actuaciones en 1.600.000 euros, hasta los 95.100.000 euros.

2. Prorrogar la vigencia del convenio hasta el 30 de noviembre de 2027.

3. Reprogramar las anualidades del convenio al ritmo de ejecución de las actuaciones.

4. Establecer el porcentaje de cofinanciación del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2021-2027.

Segunda. Modificación de la cláusula segunda del convenio.

Se modifica la cláusula segunda del convenio «Presupuesto» que pasa a tener la siguiente redacción:

«Segunda. Presupuesto.

El Presupuesto Total de Ejecución de las obras del colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo, asciende a la cantidad estimada noventa y dos millones novecientos cincuenta y tres mil quinientos veintiséis con setenta y tres euros (92.953.526,73 euros).

Además, es necesario contratar la asistencia técnica para la Dirección de las Obras, control y vigilancia de estas, labores de seguridad y salud y vigilancia ambiental que se estima en un presupuesto dos millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y tres con veintisiete euros (2.146.473,27 euros).

El presupuesto total estimado asciende a la cantidad de noventa y cinco millones cien mil euros (95.100.000 euros), con las siguientes anualidades:

Año 2021: 0,00 euros.

Año 2022: 15.228.870,13 euros.

Año 2023: 29.780.733,24 euros.

Año 2024: 19.768.487,82 euros.

Año 2025: 9.167.876,41 euros.

Año 2026: 13.319.865,82 euros.

Año 2027: 7.834.166,58 euros.»

Tercera. Modificación de la cláusula quinta del convenio.

Se modifica la cláusula quinta del convenio «Financiación de las actuaciones» que pasa a tener la siguiente redacción:

«Quinta. Financiación de las actuaciones.

La actuación a desarrollar en el marco del convenio cumple con los criterios de elegibilidad establecidos tanto en el Acuerdo de Asociación del Reino de España 2014-2020, como en el Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, ya que se trata de una actuación en región de transición, que incumple la Directiva 91/271/CEE en el momento de adopción del Acuerdo de Asociación (no conforme con el artículo 4 de la Directiva) y se encuentra en el Procedimiento de Infracción n.º 2012/2100 “Pequeñas Aglomeraciones”, abierto por la Comisión Europea.

Asimismo, las actuaciones ejecutadas del 1 de enero de 2024 en adelante, y que estén incluidas dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027, serán financiadas con cargo al programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027: Fondos FEDER, Programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027. Prioridad P2A “Transición Verde”, Objetivo específico RSO2.5 “Promover el acceso al agua y una gestión hídrica sostenible”, ámbito de Intervención “065. Recogida y tratamiento de aguas residuales”.

El coste total de las obras correspondientes a las infraestructuras hidráulicas de depuración para el tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a Zona Sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo, comprenderá todos aquellos gastos necesarios para su correcta ejecución, incluyendo asistencias técnicas, direcciones de obra, ejecución de estas, así como el coste final a que pudieran ascender las expropiaciones que hubiera que llevar a cabo. De acuerdo con lo estipulado en la cláusula segunda el coste total, se fija en un máximo de 95.100.000 euros, con la siguiente distribución de anualidades:

Año 2021: 0,00 euros.

Año 2022: 15.228.870,13 euros.

Año 2023: 29.780.733,24 euros.

Año 2024: 19.768.487,82 euros.

Año 2025: 9.167.876,41 euros.

Año 2026: 13.319.865,82 euros.

Año 2027: 7.834.166,58 euros.

Total: 95.100.000,00 euros.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., llevará a cabo la licitación, adjudicación, ejecución y dirección de las obras que se recogen en la cláusula primera de este convenio, para lo cual aportará inicialmente el 100 % de la financiación prevista.

Dicho coste será financiado por las entidades firmantes de la siguiente forma:

a) La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., se compromete a financiar a cargo de la aplicación presupuestaria 23.105.452-A 611 el 80 % del total de las inversiones necesarias, mediante:

– Fondos FEDER, programa Operativo Plurirregional 2014-2020. Fondos FEDER, Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020. Objetivo Temático 6, en la Prioridad de Inversión 6b “Inversión en el sector del agua para satisfacer los requisitos del acervo medioambiental de la Unión y para responder a las necesidades de inversión detectadas por los Estados miembros que van más allá de dichos requisitos”, dentro de su Objetivo Específico OE.6.2.1. “Culminar los requisitos de la Directiva 91/271 a través de la inversión en infraestructuras de saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, y mejora de la calidad del agua”, del Programa Operativo Plurirregional de España del FEDER 2014-2020. El porcentaje de cofinanciación europea es el 60 % de la inversión total de la actuación.

– Fondos propios del Organismo, el 20% de la inversión total de la actuación.

La distribución por anualidades es la siguiente:

Año 2021: 0,00 euros.

Año 2022: 12.183.096,10 euros.

Año 2023: 23.824.586,60 euros.

Total, a asumir por la CHG: 36.007.682,70 euros.

La financiación de las obras estará limitada a las disponibilidades presupuestarias existentes debiendo someterse para su ejecución a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

b) EMASESA se compromete por su parte a financiar el 20 % de la inversión total mediante aportaciones que se efectuarán previo requerimiento de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., realizado tras el abono de las correspondientes certificaciones, en un plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la correspondiente obligación de pago.

La distribución de las anualidades de la parte a financiar por EMASESA es la siguiente:

Año 2021: 0,00 euros.

Año 2022: 3.045.774,03 euros.

Año 2023: 5.956.146,64 euros.

Total a asumir por EMASESA: 9.001.920,67 euros.

Para las actuaciones ejecutadas del 1 de enero de 2024 en adelante, y que están incluidas dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027, el coste será financiado por las entidades firmantes de la siguiente forma:

a) La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. se compromete a financiar a cargo de la aplicación presupuestaria 23.105.452-A 611 el 80 % del total de las inversiones necesarias, mediante:

– Fondos FEDER, programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027: Fondos FEDER, Programa Operativo Plurirregional de España 2021-2027. Prioridad P2A “Transición Verde”, Objetivo específico RSO2.5 “Promover el acceso al agua y una gestión hídrica sostenible” ámbito de Intervención “065. Recogida y tratamiento de aguas residuales”. El porcentaje de cofinanciación europea es el 72,25 % de la inversión total de la actuación.

– Fondos propios del Organismo, el 7,75 % de la inversión total de la actuación.

La distribución por anualidades es la siguiente:

Año 2024: 15.814.790,26 euros.

Año 2025: 7.334.301,13 euros.

Año 2026: 10.655.892,66 euros.

Año 2027: 6.267.333,26 euros.

Total a asumir por la CHG: 40.072.317,31 euros.

b) EMASESA se compromete por su parte a financiar el 20 % de la inversión total mediante aportaciones que se efectuarán previo requerimiento de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., realizado tras el abono de las correspondientes certificaciones, en un plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la correspondiente obligación de pago.

La distribución de las anualidades de la parte a financiar por EMASESA es la siguiente:

Año 2024: 3.953.697,56 euros.

Año 2025: 1.833.575,28 euros.

Año 2026: 2.663.973,16 euros.

Año 2027: 1.566.833,32 euros.

Total a asumir por EMASESA: 10.018.079,32 euros.

Las partes firmantes asumen, en la misma proporción, las variaciones económicas que puedan producirse, al alza o a la baja por modificaciones, revisiones de precio, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del contrato de obras y el de asistencia técnica. A este respecto deberán tenerse en cuenta los criterios recogidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que, en caso de que se produzcan variaciones económicas las partes suscribirán la correspondiente adenda modificativa, previo cumplimiento de los trámites y requisitos que sean exigibles de conformidad con la legislación vigente.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., queda expresamente exonerada de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por pérdida de la financiación FEDER, si las obras no estuvieran finalizadas dentro del plazo que a tal efecto se establezca, o bien que habiendo finalizado éstas en plazo, no se hubieran ejecutado con sujeción y cumplimiento a los objetivos de calidad establecidos por la UE para el programa de Fondos FEDER.

El importe de financiación FEDER, de todas aquellas obras que no se hayan podido ejecutar en el plazo señalado al efecto, o que hayan perdido la citada financiación por causas no imputables al Organismo de cuenca, será asumido íntegramente por EMASESA.»

Cuarta. Actualización del anexo III del convenio.

Se modifica el presupuesto estimado de las actuaciones incluidas en el anexo III del convenio «Listado de obras» cuyos importes pasan a ser los que se recogen en el anexo de esta adenda.

Quinta. Prórroga vigencia del convenio.

De conformidad con lo establecido en la cláusula décima del convenio ambas partes acuerdan prorrogar su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2027.

Sexta. Alcance de la adenda.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, seguirá en vigor y será de aplicación lo previsto en el convenio suscrito por las partes con fecha 3 de febrero de 2021.

Séptima. Eficacia de la adenda.

Esta adenda será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», tal y como dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y para que conste a los efectos oportunos, y en prueba de su total conformidad y aceptación, ambas partes firman electrónicamente la presente adenda, tomándose como fecha de formalización la del último firmante.–El Presidente del Consejo de Administración de EMASESA, José Luis Sanz Ruiz.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Gloria María Martín Valcárcel.

ANEXO
«Listado de obras
Actuaciones

Presupuesto estimado (Incluyendo ATDO)

Euros

1. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 3+127 al PK 4+343. Lote 2. Zona Palmas Altas. 11.601.091,72
2. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Nueva EBAP Tamarguillo. 31.648.703,47
3. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 0+ 000 al PK 2+100. Lote 1. Zona Palmas Altas. 9.485.529,19
4. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 5+688 al PK 6+365. Lote 1. Avenida las Razas. Lote 1. Zona avenida las Razas. 14.412.469,37
5. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 6+365 al PK 6+775. Lote 2. Avenida las Razas. 12.246.098,26
6. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. PK 6+775 al PK 7+200. Lote 3. Avenida las Razas. 13.501.310,62
7. Adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector Emisario Puerto. Rehabilitación parcial. PK 7+200 al PK 12+284. Lote 3. Zona Palmas Altas. 2.204.797,37
 Total. 95.100.000,00»

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