El Acuerdo de declaración de Lugar de Memoria Democrática, cuya incoación se llevó a cabo por Resolución de 21 de enero de 2025, de la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática (BOE de 24 de enero de 2025), se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Transición fue una etapa de esperanza, pero también de incertidumbre en la que una amplia mayoría de ciudadanos ansiaba la recuperación de la democracia. Tras la muerte del dictador, el 20 de noviembre de 1975, los continuistas del régimen franquista hicieron todo lo posible para detener el proceso de reforma democrática que se iniciaba. En este sentido, en las últimas semanas de 1976 y a lo largo del mes de enero de 1977 se produjeron numerosos actos de violencia llevados a cabo por grupos de extrema derecha. Los atentados estaban dirigidos contra colectivos conocidos por su oposición al franquismo: personas demócratas, abogados, partidos y organizaciones comprometidas con la ruptura política con el régimen dictatorial, etc. Un buen ejemplo de ello son los sucesos de la conocida «Semana Trágica de la Transición». El 23 de enero de 1977, un miembro del grupo fascista «Guerrilleros de Cristo Rey» asesinó a Arturo Ruiz, un joven estudiante y miembro de Comisiones Obreras, en una manifestación en favor de la amnistía. Al día siguiente, en la concentración por su muerte, María Luz Nájera Julián, estudiante de Sociología en la Universidad Complutense de Madrid, resultó muerta a manos de la policía.
Fue esa misma noche cuando se produjeron los asesinatos de los abogados de Atocha, un atentado terrorista cometido por un comando de extrema derecha el 24 de enero de 1977 contra un bufete de letrados laboralistas de Comisiones Obreras y militantes del Partido Comunista de España (PCE), situado en la calle Atocha 55, en Madrid.
El bufete era la ampliación de otro similar, situado en el número 49 de la calle Atocha, que se había quedado pequeño debido a su intensa actividad. Ambos formaban parte de una red de despachos creados por el PCE para defender el movimiento obrero y apuntalar la lucha por la democracia. Los abogados pertenecientes a estos despachos realizaban gestiones con las administraciones, atendían consultas de los trabajadores y se personaban en juicios. Eran expertos en derecho del trabajo, seguridad social, derecho penal, financiero, procesal y civil que se habían incorporado a la lucha por recuperar las libertades en España en un contexto en el que, los derechos laborales se encontraban tremendamente limitados. Pese a ello, el buen hacer de los letrados condujo en muchas ocasiones a importantes victorias judiciales. Dichas victorias reforzaban la capacidad de movilización de los trabajadores y su confianza en un futuro de democracia y libertad al tiempo que crispaban los ánimos de la extrema derecha.
El ataque se produjo en un momento de enorme efervescencia social en el que la ciudadanía se encontraba en plena lucha por la conquista de libertades en España. Más concretamente, en enero de ese mismo año se había organizado una huelga de transportes que tuvo una gran relevancia.
Los terroristas buscaban a Joaquín Navarro, dirigente del Sindicato de Transportes de Comisiones Obreras y principal cabecilla de dicha huelga. Al no encontrarlo, abrieron fuego a sangre fría contra los allí presentes. Los abogados asesinados fueron Enrique Valdelvira Ibáñez, Luis Javier Benavides Orgaz y Francisco Javier Sauquillo. También asesinaron al estudiante de Derecho Serafín Holgado de Antonio y al administrativo Ángel Rodríguez Leal. Además, en el atentado fueron gravemente heridos Miguel Sarabia Gil, Alejandro Ruiz-Huerta Carbonell, Luis Ramos Pardo y Lola González Ruiz.
Más de cien mil personas asistieron al entierro. Se trató de unas de las primeras manifestaciones multitudinarias tras la muerte del dictador Francisco Franco. A este acto le siguieron huelgas y muestras de solidaridad por todo el país. De esta forma, el asesinato de los abogados laboralistas quedó para siempre en el recuerdo de la ciudadanía como un símbolo de la barbarie que representan el fascismo y la violencia política.
El atentado contra los abogados de Atocha fue un intento de acabar con la Transición, siendo el propio despacho de los abogados de Atocha un símbolo especial en la lucha antifranquista y en defensa de las libertades democráticas. Las acciones de este despacho, y de muchos otros de similares características, contribuyeron a proporcionar esperanza, consuelo y apoyo a muchos ciudadanos en los últimos años del franquismo. La lucha organizada de los abogados laboralistas y de los movimientos sociales dibujó un futuro en el que la conquista de la libertad se vislumbró como algo posible y contribuyó a sembrar la semilla de la democracia.
Los hechos mencionados comportan una singular relevancia por su significación histórica, simbólica y por su repercusión en la memoria colectiva, vinculación a la memoria democrática y a la lucha de la ciudadanía española por sus derechos y libertades. Y su recuerdo queda reflejado en el monumento situado en la propia calle de Atocha.
El monumento «El abrazo», obra del artista Juan Genovés (Valencia, 1930-Madrid, 2020), se encuentra en la plaza de Antón Martín, en pleno corazón de Madrid. Esta escultura, inaugurada el 10 de junio de 2003, es un homenaje a los abogados laboralistas asesinados el 24 de enero de 1977 en su despacho de la calle Atocha número 55.
El monumento representa un conjunto de figuras abrazándose, evocando solidaridad, unión y compromiso con la libertad y la justicia. Su inspiración proviene de la pintura homónima de Genovés, realizada en los años 70, que se convirtió en un símbolo de la lucha por la amnistía y la libertad en España. La obra original, utilizada por la Junta Democrática para reivindicar la liberación de los presos políticos durante la dictadura franquista.
La colocación de esta escultura en la plaza de Antón Martín fue fruto de una ardua gestión liderada por Comisiones Obreras de Madrid, que impulsó la iniciativa en 2001, coincidiendo con el 25.º aniversario del atentado. Tras obtener el apoyo de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos y de los grupos municipales de IU y PSOE, la propuesta fue finalmente aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Madrid en 2002.
Años más tarde, en 2007, coincidiendo con el 30.º aniversario del atentado y gracias a la gestión de la recientemente creada Fundación Abogados de Atocha, se colocó una placa explicativa en el monumento para que los ciudadanos y visitantes comprendieran su significado. Este esfuerzo fue respaldado por el Ayuntamiento de Madrid. La leyenda de la placa resume la importancia histórica y simbólica del monumento, garantizando que el recuerdo de aquellos abogados que dieron su vida por la libertad y la justicia permanezca vivo.
Esta escultura se erige hoy como un testimonio perenne de los ideales de justicia y solidaridad que defendieron los Abogados de Atocha, cuyo legado sigue siendo un pilar fundamental en la memoria colectiva de España.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, establece en su preámbulo que conocer la trayectoria de nuestra democracia, desde sus orígenes a la actualidad, sus vicisitudes, los sacrificios de los hombres y las mujeres de España en la lucha por las libertades y la democracia es un deber ineludible que contribuirá a fortalecer nuestra sociedad en las virtudes cívicas y los valores constitucionales. En ese marco, la sociedad española tiene un deber de memoria con las personas que fueron perseguidas, encarceladas, torturadas e incluso perdieron su propia vida en defensa de la democracia y la libertad. En este sentido, es necesario hacer justicia con las víctimas de los asesinatos de Atocha el 24 de enero de 1977 y asegurar que su lucha y sacrificio por la libertad de España no queden en el olvido.
El Acuerdo de declaración de Lugar de Memoria Democrática corresponde conforme al artículo 50.4 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, a propuesta de la persona titular de la Dirección General competente en materia de memoria democrática.
La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la citada Ley 20/2022, de 19 de octubre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, dispongo:
Se declara Lugar de Memoria Democrática el monumento en conmemoración de «Los abogados de Atocha. 24 de enero de 1977».
El monumento en conmemoración de «Los abogados de Atocha. 24 de enero de 1977», conocido como «El abrazo». Su delimitación cartográfica, e indicación de su titularidad se relacionan a continuación:
– Identificación del bien: El monumento en conmemoración de «Los abogados de Atocha. 24 de enero de 1977», conocido como «El abrazo».
– Localización: El monumento se encuentra situado en la Plaza Antón Martín de Madrid. Coordenadas geográficas: 40°24′45″N 3°41′58″O.
– Titularidad: Ayuntamiento de Madrid.
– Lugares de memoria: La calle Atocha 55 y su entorno inmediato constituyen un lugar de memoria democrática porque allí se perpetró uno de los atentados más graves y simbólicos de la violencia política de extrema derecha durante la Transición española. El asesinato de los abogados laboralistas el 24 de enero de 1977, cometido por un comando neofascista, formó parte de una escalada de ataques dirigidos contra personas y colectivos comprometidos con la recuperación de las libertades democráticas –entre ellos, sindicalistas, estudiantes, abogados y militantes antifranquistas– que habían sido previamente hostigados durante la llamada «Semana Trágica de la Transición». Estos hechos, enmarcados en un contexto de represión y vulneración de derechos fundamentales, pretendían frenar el proceso de democratización y sembrar el terror entre quienes luchaban por la justicia social y el fin del legado dictatorial. Por su profunda significación histórica y su impacto en la memoria colectiva, el despacho de los abogados de Atocha y el monumento «El abrazo» recuerdan no solo el crimen cometido, sino también la resistencia civil frente a la violencia política y la defensa de los derechos humanos en uno de los momentos más delicados de la historia reciente de España.
El acuerdo será notificado a los interesados directamente afectados por el acuerdo. Conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, han de entenderse por interesados, todos aquellos que hayan intervenido en el presente procedimiento.
El acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», e inscrito con carácter definitivo en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática.
La Declaración de Lugar de Memoria Democrática tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
En concreto, se establecen conforme al artículo 52.1 de la Ley de Memoria Democrática, las siguientes medidas:
– Medidas de protección: atendiendo a las circunstancias del bien, no se establecen medidas de protección específicas al titular del bien diferentes de las medidas generales de garantía de perdurabilidad, identificación, explicación y señalización adecuada, así como evitar la remoción o desaparición de vestigios erigidos en recuerdo y reconocimiento de hechos representativos de la memoria democrática y la lucha de la ciudadanía española por sus derechos y libertades.
– Medidas de difusión e interpretación: con una finalidad conmemorativa, de homenaje, didáctica y reparadora, la Administración General del Estado impulsará la realización de recursos audiovisuales y digitales explicativos y promoverá la instalación de placas, paneles o distintivo memorial interpretativo en el bien objeto de esta resolución, así como de señalización de punto de reconocimiento de las víctimas indicando cuantos datos sean de interés para el conocimiento público de los hechos. El portal web de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática recogerá su geolocalización y una ficha con fotografías y audiovisuales.
– Asimismo, la Secretaría de Estado de Memoria Democrática desarrollará mecanismos institucionales para integrar este lugar de memoria en los circuitos internacionales que respondan a situaciones de construcción de memoria democrática semejantes.
– Usos compatibles: la declaración como Lugar de Memoria Democrática no altera el uso actual, sin perjuicio de que cualquier uso que se dé al bien habrá de ser compatible con las medidas propuestas de preservación de la memoria de las violaciones de los derechos humanos para que no vuelvan a repetirse, el reconocimiento y reparación moral de las víctimas y la defensa de los principios de justicia, verdad y reparación.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de conformidad con el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 14 de enero de 2026.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid