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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 2 de diciembre de 2025, acordó hacer público el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 7 de noviembre de 2025, en relación con la Junta Sectorial de Jueces/zas de lo Contencioso-Administrativo de Vigo de 4 de noviembre de 2025 por la que se aprueban las normas de reparto de la jurisdicción contencioso-administrativa, con el siguiente contenido:
NORMAS DE REPARTO DE LOS JUZGADOS DE CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE VIGO
1. Los recursos y demandas se presentarán ante la Oficina de Registro y Reparto del Servicio Común General del Tribunal de Instancia de Vigo.
2. Presentado un recurso o demanda se procederá cada día hábil, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, a su registro en el soporte informático correspondiente.
3. Los asuntos se clasificarán en los siguientes grupos de reparto:
a) Cuestiones de personal.
b) Tributos y demás ingresos de derecho público.
c) Cuestiones relativas a gestión y disciplina urbanística.
d) Sanciones en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
e) Sanciones relativas a materias no comprendidas en los apartados anteriores.
f) Responsabilidad patrimonial.
g) Actuaciones de la Administración del Estado no incluidas en los grupos anteriores.
h) Actuaciones de la administración de las Comunidades Autónomas no incluidas en los grupos anteriores.
i) Actuaciones de los organismos, entes, entidades o corporaciones de derecho público.
j) Protección jurisdiccional de los derechos fundamentales.
k) Materia electoral.
l) Autorizaciones para la entrada en domicilio.
m) Solicitudes de cooperación jurisdiccional.
n) Medidas cautelares previas a la demanda.
o) Cuestiones relativas a extranjería.
p) Impugnación de justicia gratuita.
q) Medio Ambiente.
r) Expropiación Forzosa.
s) Contratación administrativa.
t) Expedientes gubernativos.
u) Autorizaciones sanitarias.
4. Normas de reparto electoral:
En materia electoral el reparto de los recursos correspondiente se hará en cada proceso electoral al juzgado que le corresponda por turno.
Los asuntos urgentes de repartirán a los Juzgados Contencioso-Administrativos en el horario de audiencia de las 09:00 a 14:00 horas de los días hábiles, a contar desde la hora de entrada en LexNet; a partir de ese horario o en día inhábil, se repartirán al Juzgado de Guardia.
Los asuntos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo que se consideren urgentes a los efectos del apartado anterior son los descritos en el artículo 42, apartado 5.º, del Acuerdo del 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005 de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones judiciales.
La oficina de Registro y Reparto que reciba peticiones de asuntos a los que ser refiere el apartado anterior, deberán turnar el asunto con la máxima celeridad, si está fuera de horario (09:00 a 14:00 del día hábil) deberán avisar por los medios adecuados al Juzgado de Instrucción en Servicio de Guardia.
Madrid, 2 de diciembre de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.
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