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A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Quinta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los siguientes recursos: n.º 001/0000092/2026, interpuesto por la Asociación Hazteoir. Org; n.º 001/0000093/2026, interpuesto por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica; n.º 001/0000100/2026, interpuesto por la Comunidad de Madrid y n.º 001/0000098/2026, interpuesto por el Partido Político VOX; formulados todos ellos contra el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de dicha Ley, se acuerda emplazar a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición impugnada, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen como demandados en el indicado procedimiento, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 11 de mayo de 2026.–El Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, Alberto García González.
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