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Documento BOE-A-2026-11863

Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia, Transparencia y Participación, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, relación complementaria, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 3 de junio de 2026, páginas 75167 a 75171 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2026-11863

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas judiciales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 22 de mayo de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Las personas funcionarias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, el documento de toma de posesión (F1T), será remitido a la carpeta ciudadana de los interesados que deberán proceder a firmar electrónicamente dicho documento y remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo oposicionesjust@gva.es.

Segundo.

Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, debiendo remitir a la dirección de correo electrónico oposicionesjust@gva.es, dentro del plazo posesorio, el anexo II de esta resolución indicando que ejercen dicha opción al objeto de que se les declare en situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Dirección General de Justicia o Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el personal funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrá derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Este permiso sólo se aplicará al personal que no haya disfrutado del plazo posesorio retribuido previsto en el apartado anterior. Será de aplicación al personal interino que se encuentre prestando servicios en el momento de la publicación de la adjudicación de destinos de nuevo ingreso, siempre y cuando cesen y tomen posesión sucesivamente.

Cuando el permiso concedido en virtud de lo establecido en el párrafo anterior sea solicitado como consecuencia de un cambio de residencia la acreditación de dicha causa deberá efectuarse exclusivamente a través del correspondiente certificado de empadronamiento.

Quinto.

El personal funcionario interino que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día anterior a aquél en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

El personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante el haber sido destinadas con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de 8 de abril («Boletín Oficial del Estado» y DOGV de 20 de abril), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia y Autogobierno, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

València, 22 de mayo de 2026.–La Directora General de Justicia y Autogobierno, María José Adalid Hinarejos.

ANEXO I
Lista complementaria tramitación
N.º opositor DNI Apellidos y nombre Función Órgano ID puesto Localidad Provincia CC. AA.
1 ***2112** RAMIS ZARAGOZA, MARIA ISABEL TRAMITACIÓN P. A. - SCEJ. SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN. 50423267 ALICANTE/ALACANT. ALICANTE. C. VALENCIANA.
2 ***6124** BLAS NADAL, MARIA ISABEL TRAMITACIÓN P. A. - SCT TI (COMPT-SCEJ) (Penal). SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE TI Y AP. 50423095 ALICANTE/ALACANT. ALICANTE. C. VALENCIANA.
3 ***5209** VILLAGRASA AFÁN, MÓNICA TRAMITACIÓN P. A. - SCT TI (COMPT-SCEJ). SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN. 50423711 ORIHUELA. ALICANTE. C. VALENCIANA.
ANEXO II

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/05/2026
  • Fecha de publicación: 03/06/2026
Referencias anteriores
  • PUBLICA destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, relación complementaria, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22500).

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