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De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329, 330, 334, 602 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 19 de mayo de 2026, ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de juez/a que se encuentran en la actualidad en expectativa de destino, nombrados por orden de 12 de enero de 2026, con arreglo a las siguientes bases:
Sólo podrán tomar parte en este concurso: Los jueces/zas en situación de expectativa de destino pertenecientes a la 74.ª Promoción de la Escuela Judicial, nombrados por Orden de 12 de enero de 2026.
Los jueces/zas en expectativa de destino de la referida promoción están obligados a participar en el concurso y deberán solicitar la totalidad de las plazas ofertadas, resolviéndose el concurso en favor de aquellos que ocupen mejor puesto en el escalafón, salvo previsión específica de la Ley para determinados juzgados.
Quienes no tomasen parte en el concurso, o no solicitaren todas las plazas que son objeto de anuncio, serán destinados a las que, de entre las ofertadas y no solicitadas por el resto de participantes, les correspondan en atención a su antigüedad escalafonal, y en su caso, méritos alegados, según el orden en el que aparecen anunciadas en el «Boletín oficial del Estado».
Salvo la estricta antigüedad escalafonal, en la categoría de que se trate, que será apreciada de oficio por el Consejo General del Poder Judicial, los jueces/zas que pretendan acceder a cualesquiera destinos de la Carrera Judicial habrán de alegar y, en su caso, fundamentar la concurrencia de las condiciones, méritos y preferencias que pretendan hacer valer. Si no lo hicieren, no será tenido en cuenta más mérito que la antigüedad escalafonal.
Las solicitudes de destino se presentarán en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado», y contendrán los requisitos previstos en el artículo 149.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, debiendo utilizarse la presentación telemática que se ofrece en la extranet del portal del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es), debiendo rellenar el formulario asistido que garantiza el envío, hasta obtener un acuse de recibo electrónico y comprobante con los detalles de la participación en el concurso.
Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez, al igual que las modificaciones o desistimientos efectuados transcurrido el plazo anterior. No obstante, en el supuesto de que dos jueces/zas estén interesados en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, podrán condicionar sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos/as obtengan destino en las plazas condicionadas, entendiéndose, en caso de no darse la condición les será adjudicada la siguiente plaza peticionada que corresponda. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia e identificar la petición del otro interesado.
No se admitirá solicitud alguna presentada de forma diferente de la reseñada en la presente base. De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez, salvo causa debidamente justificada y previa autorización del Servicio de Personal Judicial.
Las dudas e incidencias sobre el procedimiento de solicitud podrán comunicarse al Servicio de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial (telf. 91 700 62 71), y las incidencias técnicas relativas a la página y el uso del formulario on-line ante el Centro de Atención al Usuario para la extranet (telf. 620 27 35 85).
En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo el plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria para la solicitud de las plazas afectadas por error.
Actividades formativas por cambio de orden jurisdiccional:
a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 329.3 bis de la LOPJ en la redacción otorgada por la Ley Orgánica 1/2009, quienes obtuviesen plazas en juzgados de violencia sobre la mujer, en juzgados de lo penal especializados en violencia de género o en secciones penales y civiles especializadas en violencia de género deberán participar, antes de tomar posesión de su nuevo destino, en las actividades de especialización en materia de violencia de género organizadas por el Consejo General del Poder Judicial.
b) Esta misma obligación será aplicable a quienes obtengan destino en órganos de lo contencioso-administrativo, social, mercantil o menores.
En todo lo no expresamente previsto en las bases del presente concurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.
Contra el presente acuerdo, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta disposición en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.
Andalucía
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arcos de la Frontera.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ayamonte.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia de Ayamonte.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Chiclana de la Frontera.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Lora del Río.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Puerto Real.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ubrique.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Villacarrillo.
Illes Balears
Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Eivissa.
Plaza número 1 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Inca.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Maó-Mahón, con competencia en materia de Violencia sobre la Mujer.
Plaza número 1 de la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Palma.
Canarias
Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Arona.
Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Arrecife.
Plaza número 1 de la Sección Instrucción del Tribunal de Instancia de Puerto del Rosario.
Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Puerto del Rosario.
Castilla-La Mancha
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Motilla del Palancar, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de San Clemente, con competencia en violencia sobre la mujer.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de San Clemente.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sigüenza.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia Villarrobledo, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Castilla y León
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aranda de Duero, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia de Arenas de San Pedro, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia de Burgo de Osma, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Cataluña
Plaza número 6 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arenys de Mar, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia de Blanes, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 7 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Cerdanyola del Vallès, con competencia en materia de Violencia sobre la Mujer.
Plaza número 8 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Cerdanyola del Vallès.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Cornellà de Llobregat.
Plaza número 6 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de El Vendrell.
Plaza número 8 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de El Vendrell.
Plaza número 9 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de El Vendrell.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Esplugues de Llobregat, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Figueres.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Figueres.
plaza número 7 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Figueres, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 8 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Figueres.
Plaza número 9 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Figueres.
Plaza número 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Gavà.
Plaza 4 número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Igualada, con competencia en violencia sobre la mujer.
Plaza número 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Igualada.
Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Lleida.
Plaza número 7 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Manresa.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Martorell.
Plaza número 6 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Martorell.
Plaza número 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Mollet del Vallès.
Plaza número 1 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Reus.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sant Feliu de Guíxols.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sant Feliu de Guíxols.
Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Sant Feliú de Llobregat.
Plaza número 4 de la Sección de Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sant Feliú de Llobregat.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santa Coloma de Farners.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santa Coloma de Farners.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santa Coloma de Gramenet.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valls, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de instancia de Valls.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vic.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vic, con competencia en violencia sobre la mujer.
Plaza número 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vic.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vilanova i La Geltrú.
Plaza número 6 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vilanova i la Geltrú.
Plaza número 3 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Vilanova i la Geltrú.
Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vilanova i la Geltrú.
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Lleida.
Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Tarragona.
Comunidad Valenciana
Plaza 4 número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ontinyent.
Extremadura
Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Badajoz.
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Jerez de los Caballeros.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Mérida.
Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Navalmoral de la Mata.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Navalmoral de la Mata.
Galicia
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Verín.
La Rioja
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Calahorra, con competencia en violencia sobre la mujer.
Murcia
Plaza número 1 de la Sección Civil y de instrucción de Caravaca de la Cruz, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Lorca, con competencia en materia de violencia sobre la mujer, mientras su titular, doña Julia Serrano Trigueros, se encuentre en la situación de servicios especiales en la Carrera Judicial.
País Vasco
Plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Balmaseda, con competencia en violencia sobre la mujer.
Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tolosa.
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