Por Resoluciones Rectorales de 5 de julio de 2024 (BOCM de 16 de julio de 2024), se ordena la publicación de la Oferta de Empleo Público de 2023 y de 2024 en la Universidad Politécnica de Madrid, previa y preceptiva autorización de la Comunidad de Madrid, según Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 12 de junio de 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 84/2025, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de octubre), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las necesidades del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50.1 de la por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los artículos 70 y 175 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática, grupo A, subgrupo A2, con sujeción a las siguientes
Bases generales
Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 20 de marzo de 2026, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad Politécnica de Madrid, en adelante bases generales, que se encuentran publicadas en la página web de la Universidad.
Bases específicas
1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de 9 plazas pertenecientes al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática Universitaria, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, para su provisión por el sistema general de promoción interna y por el sistema general de acceso libre.
El número total de plazas vacantes reservadas al sistema general de promoción interna asciende a 3; y el número total de plazas vacantes reservadas al sistema general de turno libre a 6.
Las plazas del turno libre se cubrirán por el sistema de oposición mientras que las de promoción interna lo harán por el sistema de concurso-oposición.
Todas las plazas indicadas para el sistema general de acceso libre se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Universidad Politécnica de Madrid para el año 2024, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la UPM, de 12 de junio de 2024.
Del total de plazas se reservará una plaza para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de este proceso selectivo.
En el supuesto de que algunas de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, una vez sumada la fase de concurso, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar en el resto de las plazas del turno general.
2. El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de oposición para el turno libre y de concurso-oposición para la promoción interna, con las pruebas, méritos y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.
3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
4. El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del mes de junio de 2026. Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve meses. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que en ningún caso excederá de noventa días naturales.
5. Superarán el proceso selectivo, siendo nombrado personal funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (subgrupo A2) de la Universidad Politécnica de Madrid, aquellas personas aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación la fase de oposición, sin que, en ningún caso, su número pueda ser superior al de plazas convocadas. La adjudicación de las plazas las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumada la fase de oposición a la del concurso.
6. La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». Todos los actos derivados de ella se harán públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (https://www.upm.es/Personal/PTGAS/Funcionario).
Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base octava de las bases generales, en cuanto al requisito de titulación debe estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o equivalente. Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres primeros cursos completos de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o el Primer Ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación.
No podrán participar ni, por tanto, ser nombrados funcionarios/as de carrera aquellas personas que ya ostenten la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo o Escala, esto es, Escala de Gestión de la UPM.
Podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en firme, y pertenecientes a la Escala de Administrativos (Subgrupo C1), siempre que se acredite un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o especialidad.
En el caso de los/las aspirantes que acceden por promoción interna deben pertenecer como funcionario/a de carrera a la Escala Técnica Auxiliar de Informática del Subgrupo C1 de la Universidad Politécnica de Madrid, y no encontrarse en la situación administrativa de suspensión de funciones y haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera, a la Escala Técnica Auxiliar de Informática del Subgrupo C1 de la Universidad Politécnica de Madrid.
De igual forma, podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en firme, que pertenezcan a otros cuerpos, escalas o especialidades, del mismo subgrupo (subgrupo A2) objeto de la convocatoria, siempre que acrediten un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o especialidad.
El Tribunal se reserva el derecho de comprobar, en cualquier momento, que las personas candidatas cumplan con los requisitos y, en caso de que no los cumplan, previa audiencia de la persona interesada, propondrá al Rector su exclusión del proceso.
Todos los requisitos requeridos en las bases generales y en estas bases específicas deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en caso de superar el proceso selectivo, con la excepción de lo establecido en el punto 5 de la base novena de la presente convocatoria.
La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en la base décima de las bases generales.
1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible en la página web https://www.upm.es/procselpas/. Una vez cumplimentada deberá presentarse por registro electrónico en la Sede Electrónica de la Universidad Politécnica de Madrid o imprimirse y ser presentada a través de las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para confirmar de forma efectiva su participación.
Las comunicaciones que la persona opositora reciba a través de los datos facilitados a la Universidad Politécnica de Madrid para el proceso selectivo lo serán con fines meramente informativos.
2. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la siguiente documentación:
a) Comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen a favor de la Universidad Politécnica de Madrid y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma.
b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas (anexo III).
3. Los derechos de examen serán de 40,37 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número ES61 0049 5121 2425 1012 1551 de la entidad Banco Santander, abierta a nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar «Pruebas Selectivas Escala Gestión de Sistemas e Informática. Turno Libre» o «Pruebas Selectivas Escala Gestión de Sistemas e Informática. Promoción Interna».
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe del precio público será de 20,18 euros.
En virtud de lo dispuesto en los Presupuestos de la UPM para el ejercicio 2026, los aspirantes por el sistema de acceso de promoción interna, tendrán una bonificación en las tasas que asciende al 50 %, por lo que el importe de la tasa a abonar será de 20,18 euros.
El procedimiento de admisión de aspirantes se regula en la base undécima de las bases generales.
El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 30 de mayo de 2002), rigiéndose por lo establecido en la base duodécima de las bases generales.
El Tribunal hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de las bases generales, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
– Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada.
– Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.
– Calificación de la fase del concurso.
– Calificación final.
Los funcionarios/as que accedan por promoción interna podrán mantenerse en las plazas que vinieran ocupando, si las mismas permiten su cobertura por un funcionario/a del cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, deberán presentar la documentación que se refleja en la base decimoquinta de las bases generales. Una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrado/as funcionarios/as de carrera de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática, grupo A, subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, tomando posesión, de acuerdo con lo establecido en la base decimosexta de las bases generales.
En el supuesto de renuncia de alguna de las personas aspirantes, o de cualquier otra causa que impida definitivamente su nombramiento como funcionarios/as, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, el Rectorado de la Universidad, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de dichas plazas, requerirá al Tribunal Calificador relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas hasta completar el total de plazas convocadas y que hayan superado la fase de oposición por orden de puntuación alcanzada.
Antes de la incorporación del/de la funcionario/a al puesto de trabajo adjudicado, la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.
A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario/a de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática, grupo A, subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera que se regulará según dispuesto en el Reglamento de funcionamiento de las listas de espera para nombramiento de PAS Funcionario interino en la UPM.
Para poder formar parte de la lista de espera, será requisito necesario haber superado el primer ejercicio de la fase de oposición.
La lista de espera resultante de esta convocatoria dejará nulas y sin efectos a las anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de funcionarios/as interinos/as de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática, grupo A, subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid.
1. En cumplimiento del Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, sobre protección de datos de carácter personal y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que el responsable del tratamiento de los mismos es la Universidad Politécnica de Madrid y que sus datos personales serán tratados con el objeto de gestionar la selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas.
2. Dicho tratamiento se realiza según las bases jurídicas recogidas en el 6.1.b) del Reglamento 2016/679 por ser necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales y en la cláusula 6.1.c) por ser necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. En concreto, lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
3. Los datos de carácter personal pueden ser comunicados a la Administración de la Comunidad de Madrid y publicados en el BOE, «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid.
4. Se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad previstos, así como la limitación u oposición a su tratamiento, y a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, dirigiendo una solicitud a la Universidad Politécnica de Madrid (Secretaría General. Calle Ramiro de Maeztu, núm. 7, 28040 Madrid).
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas participantes no estarán obligadas a aportar aquellos documentos que ya obren en poder de las Administraciones Públicas.
En el ámbito de la presente convocatoria, la UPM podrá verificar de oficio los datos necesarios para la gestión del proceso selectivo –incluidos los relativos a la identidad y a las titulaciones oficiales exigidas– mediante la consulta a las administraciones competentes a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
No obstante, las personas interesadas podrán oponerse motivadamente a dicha verificación en los supuestos legalmente previstos, debiendo aportar en tal caso la documentación acreditativa correspondiente. El ejercicio del derecho de oposición no implica su aceptación automática por la UPM, que realizará la ponderación correspondiente, aceptando o rechazando motivadamente dicha oposición.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, el Rector de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada ley.
Madrid, 18 de mayo de 2026.–El Rector, Óscar García Suárez.
El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimotercera de las bases generales, y por el programa que figura como anexo II de la presente convocatoria.
El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «X», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, de 16 de enero de 2026 (BOCM de 27 de enero de 2026).
Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan dado el carácter de unidad de acto del mismo, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal; debiendo dicho Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
La fase de concurso en el turno de promoción interna se valorará de forma previa a todas las personas aspirantes que opten por este turno. Para ello, y a efectos de la valoración de esta fase, se expedirá de oficio a todas las personas aspirantes admitidas al proceso selectivo, certificación en la que consten sus méritos. La lista que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso se hará pública mediante resolución del Rectorado de la Universidad antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
Fase de oposición
Esta fase aplica a las personas candidatas que se presentan tanto por turno libre como por promoción interna y se valorará con 30 puntos.
Turno libre y promoción interna
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal publicará, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
El desarrollo de la oposición constará de dos ejercicios. Ambos ejercicios se realizarán el mismo día y en la misma sede, siendo ambos obligatorios y eliminatorios. El segundo ejercicio sólo se calificará si el candidato ha superado el primer ejercicio, de acuerdo con los criterios fijados por el tribunal.
El opositor seleccionará, en el primer ejercicio, entre las opciones de «Desarrollo de Aplicaciones» e «Infraestructura», debiendo mantener esta opción en el segundo ejercicio.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas basado en las materias que figuran en el anexo II. Podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 preguntas anteriores. El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es correcta.
En este ejercicio el aspirante elegirá entre dos opciones distintas, «Desarrollo de Aplicaciones» o «Infraestructura».
En caso de elegir la opción «Desarrollo de Aplicaciones» las preguntas serán relativas al bloque I, bloque II y bloque III.a.
En caso de elegir la opción «Infraestructura» las preguntas serán relativas al bloque I, bloque II y bloque III.b. Las preguntas relativas al bloque I y al bloque II serán comunes para todos los aspirantes.
Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de esta primera parte será de noventa minutos.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 7,5 puntos para superarla y ser calificado en la segunda parte.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico propuesto por el tribunal, diferente en función de la opción elegida en el primer ejercicio y manteniendo ésta. Para la realización del supuesto, el tribunal propondrá a los aspirantes un ejercicio relacionado con la elección realizada, «Desarrollo de Aplicaciones» o «Infraestructura», escogida en el primer ejercicio. En caso de estar en la opción «Desarrollo de Aplicaciones» los supuestos serán relativos al bloque II y bloque III.a. En caso de estar en la opción «Infraestructura» los supuestos serán relativos al bloque II y bloque III.b.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas.
Este ejercicio será posteriormente leído ante el tribunal en sesión pública, el cual podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de treinta minutos.
Se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 7,5 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada uno de los ejercicios. En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.
La calificación de la oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Fase de concurso
Esta fase aplica exclusivamente a las personas candidatas que se presentan por promoción interna.
En esta fase se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A. Antigüedad (máximo 16 puntos). Se valorará la antigüedad del personal funcionario según el siguiente baremo:
– Antigüedad en la Escala Técnica Auxiliar de Informática de la UPM (grupo C, subgrupo C1), a razón de 0,80 puntos por año completo de servicio.
– Antigüedad en Cuerpos o Escalas de Técnico Auxiliar de Informática (grupo C, subgrupo C1) de cualquier otra Administración Pública, a razón de 0,60 puntos por año completo de servicio.
– Asimismo, se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero), a razón de 0,40 puntos por año completo de servicios.
B. Grado personal (máximo 10 puntos). Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:
– Hasta el grado 17: 5 puntos.
– Por cada unidad de nivel que exceda de 17: 1 puntos más, hasta un máximo de 10 puntos.
C. Puesto de trabajo (máximo 10 puntos). Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:
– Nivel CD 17: 5 puntos.
– Por cada unidad de nivel que exceda de 17: 1 puntos más, hasta un máximo de 10 puntos.
D. Titulación académica (máximo 4 puntos): Se valorará con 4 puntos la posesión de titulación académica superior a la exigida para ingreso en cuerpos o escalas del grupo A2 del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación alcanzada en la fase de oposición, a efectos de determinar las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por promoción interna.
La fase de concurso sólo se valorará a los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
La lista que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso se hará pública antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
De la misma forma se publicará la relación de las puntuaciones definitivas en fase de concurso.
Valoración final
La calificación final del proceso selectivo para los/las aspirantes que acceden mediante le proceso de turno libre vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición.
La calificación final del proceso selectivo para los/las aspirantes que acceden mediante le proceso de promoción interna vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de la fase de oposición.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:
A) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
C) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso.
De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido empezando por la letra señalada al inicio de este anexo.
La legislación aplicable y exigible en el ejercicio de este proceso selectivo referida a los temas incluidos en el programa será la vigente en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases y teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.
Programa
Bloque I. Legislación, Derecho Administrativo y Gestión Universitaria
Tema 1. La Constitución Española: Derechos y deberes fundamentales. Las fuentes del derecho. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con rango de Ley. El Reglamento.
Tema 2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: objeto y ámbito de aplicación. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios. La gestión electrónica de los procedimientos administrativos: registros, notificaciones y uso de medios electrónicos. Esquema Nacional de Seguridad y de Interoperabilidad. Normas técnicas de Interoperabilidad. Identidad y firma electrónica.
Tema 4. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público. Relaciones electrónicas entre las Administraciones. Infraestructuras y servicios comunes en materia de administración electrónica.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
Tema 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos. Características generales. Actuaciones preparatorias de los contratos. Fases del procedimiento de contratación.
Tema 7. Decreto 84/2025, de 22 de octubre (BOCM de 24 de octubre), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid.
Bloque II. Tecnología básica
Tema 1. Conceptos de sistemas operativos: Características, evolución y tendencias. Estructura, componentes y funciones. Sistemas operativos multiprocesador.
Tema 2. Características técnicas de los lenguajes y paradigmas actuales de programación.
Tema 3. Inteligencia de negocio: cuadros de mando integral, sistemas de soporte a las decisiones, sistemas de información ejecutiva y almacenes de datos. OLTP y OLAP.
Tema 4. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales: características y elementos constitutivos. El lenguaje SQL. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC.
Tema 5. Arquitecturas de software: Patrones, componentes, interoperabilidad de componentes. Ventajas e inconvenientes. Arquitectura de servicios web.
Tema 6. El modelo TCP/IP. Arquitectura. Capas. Interfaces. Sistemas de direccionamiento. IPv4 e IPv6.
Tema 7. Seguridad física y lógica de un sistema de información. Herramientas en ciberseguridad. Gestión de incidentes. Informática forense.
Tema 8. Presupuestación y control de costes de un proyecto informático. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware.
Tema 9. Identidad digital y firma electrónica: sistemas basados en certificado electrónico y claves concertadas. Plataforma Cl@ve. Plataformas de firma en la nube.
Tema 10. Gestión y archivo electrónico de documentos. Sistemas de gestión documental y de contenidos. Sindicación de contenido. Sistemas de gestión de flujos de trabajos. Búsqueda de información: robots, spiders, otros. Posicionamiento y buscadores (SEO).
Bloque III.a Desarrollo de aplicaciones
Tema 1. Metodología de gestión de proyectos y desarrollo de aplicaciones. Metodologías Ágiles de desarrollo. SCRUM, LEAN, KANBAN, XP.
Tema 2. Análisis y diseño de aplicaciones. Patrones de diseño orientado a objetos.
Tema 3. Diseño de aplicaciones Java. El lenguaje de programación Java: JSE. Arquitectura Java EE: Servlets, EJB, JSP, JSF2, XHTML. Framework Spring. ORM Hibernate.
Tema 4. Diseño de aplicaciones PHP. El lenguaje de programación PHP. Frameworks basados en PHP.
Tema 5. Desarrollo de Servicios Web. Arquitectura de Servicios Web: JSON y RESTFUL.
Tema 6. Herramientas de apoyo en la construcción de aplicaciones.
Tema 7. Desarrollo de aplicaciones en Javascript y typescript.
Tema 8. Aseguramiento de la calidad del Software: Tipos de Pruebas. Testeo unitario y funcional. Cobertura. Pruebas de carga. Control de versiones.
Tema 9. Paso a producción y DevOps. Formación. Documentación de cada una de las fases.
Tema 10. Servidores de aplicaciones. Arquitectura. Instalación, configuración, administración y optimización. Despliegue de Aplicaciones. Seguridad. Conectividad con Bases de Datos.
Tema 11. Herramientas para el aseguramiento de la calidad del software.
Tema 12. Criptografía. Acceso seguro a los servicios. PKI.
Tema 13. Fundamentos de Data Warehouse. Estudio de las necesidades. Conceptos y terminología. Modelización del sistema. Definición modelo de metadatos.
Tema 14. Conceptos de Big-Data y Analytics. Gestión de Big data: datos y usos. Tecnologías. Bases de datos NoSQL.
Tema 15. Conceptos de Open Data. Fuentes de datos. Reutilizadores de datos. Tecnologías.
Tema 16. Administración electrónica: Soluciones de registro telemático presencial (GEISER, ORVE, SIR). Servicio compartido de notificaciones (NOTIFIC@). Dirección Electrónica Habilitada (DEH). Sistema de Información Administrativa (SIA). Otros registros (Apoder@, Habilit@, Represent@).
Tema 17. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Accesibilidad y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información. Diseño Centrado en el Usuario y Experiencia de Usuario (UX).
Bloque III.b Infraestructura
Tema 1. Data Center. Clasificación TIER. Suministro y distribución de energía. Climatización. Fuentes de energía ininterrumpida. Protección contra incendios y seguridad.
Tema 2. Eficiencia energética e infraestructura de cableado y comunicaciones en el Data Center.
Tema 3. Cableado de red. Tipos y parámetros significativos. Normalización UNE-EN 50173.
Tema 4. Fundamentos de redes. Conceptos y protocolos de encaminamiento. Redes basadas en Ethernet. Switching. Redes virtuales. Protocolos estándares IEEE 802. Calidad de servicio. Latencia.
Tema 5. Implantación de redes LAN. Implantación de redes WAN. Dispositivos de interconexión.
Tema 6. Redes inalámbricas. Sistemas basados en IEEE 802.11. Wi-Fi. Seguridad. Protocolos 802.1x. Normativa reguladora.
Tema 7. Administración de redes. Monitorización y control de tráfico. SNMP. Control de accesos. Intrusiones. Cortafuegos. Servicios DNS y DHCP. Optimización y verificación de anchos de banda.
Tema 8. Sistemas de almacenamiento. Administración y gestión del almacenamiento: disco local, SAN (FC, FCoE, iSCSI, NVMeOF), NAS (NFS, SMB) y DAS. Familias SCSI y SATA. RAID. Gestión de volúmenes.
Tema 9. Sistemas de copias de seguridad de datos, políticas aplicables, mecanismos establecidos, dispositivos físicos, dispositivos lógicos. Copias en red. Software distribuido y multiplataforma. Sistemas de almacenamiento en alta disponibilidad. Sistemas replicados. Almacenamiento en la nube.
Tema 10. Sistema operativo Linux. Instalación y administración. Mecanismos de protección del sistema. Tolerancia a fallos. Recuperación del sistema. Despliegue y automatización de instalaciones. Administración y configuración de servicios de red en Linux.
Tema 11. Instalación, configuración y administración de Bases de Datos Oracle y MySQL.
Tema 12. Base de Datos: Backup físico y lógico. Auditoria de base de datos. Técnicas de ajuste y optimización de bases de datos.
Tema 13. Servidores Web Apache y nginx. Características. Instalación, configuración, administración y optimización. Módulos. Seguridad.
Tema 14. Virtualización y consolidación de servidores y recursos: VMware, XenServer, KVM, Kubernetes, Docker. Modelos Cloud. IaaS, PaaS y SaaS.
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