Advertido error en la Orden PJC/236/2026, de 17 de marzo, por la que convocan plazas de Abogadas y Abogados Fiscales sustitutos correspondientes al año judicial 2026-2027, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 72, de 23 de marzo de 2026, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
– En la página 43982, en el anexo I, en la línea correspondiente a las plazas convocadas en Alicante:
Donde dice:
| «Fiscalías | Turno general | Cupo de personas con discapacidad | Núm. de plazas totales |
|---|---|---|---|
| Alicante. | 14 | 14» |
Debe decir:
| «Fiscalías | Turno general | Cupo de personas con discapacidad | Núm. de plazas totales |
|---|---|---|---|
| Alicante. | 13 | 1 | 14» |
– En la página 43982, en el anexo I, en la línea correspondiente a las plazas convocadas en Bizkaia:
Donde dice:
| «Fiscalías | Turno general | Cupo de personas con discapacidad | Núm. de plazas totales |
|---|---|---|---|
| Bizkaia. | 7 | 7» |
Debe decir:
| «Fiscalías | Turno general | Cupo de personas con discapacidad | Núm. de plazas totales |
|---|---|---|---|
| Bizkaia. | 6 | 1 | 7» |
Esta corrección se considera de carácter sustancial, por lo que abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente corrección de errores en el «Boletín Oficial del Estado».
Este plazo va dirigido a aquellas personas que hayan participado por el turno general y también a aquellas personas que hayan participado por el turno de discapacidad por si quieren modificar su preferencia y también a aquellas otras interesadas en participar por el turno de discapacidad a la vista de la adición de una plaza en Alicante y otra en Bizkaia.
No obstante, se darán por válidas todas las solicitudes cuya presentación se haya realizado a partir de la publicación inicial de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Quienes deseen participar en este proceso podrán presentar su solicitud por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»; todo ello, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 19 de mayo de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
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