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Documento BOE-A-2026-1089

Decreto de 16 de diciembre de 2025, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Decano de la Sección de Instrucción de los Tribunales de Instancia e Instrucción de Valencia en la Fiscalía Provincial de Valencia a don Jorge Cabré Rico.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2026, páginas 8226 a 8227 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2026-1089

TEXTO ORIGINAL

El 28 de noviembre de 2025 la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia, remitió a la Inspección Fiscal propuesta de nombramiento como Fiscal Decano Coordinador de las Secciones de Instrucción de los Tribunales de Instancia e Instrucción de Valencia en esa Fiscalía al Ilmo. Sr. don Jorge Cabré Rico.

Con motivo de la jubilación de la anterior Decana de las Secciones de Instrucción de los Tribunales de Instancia e Instrucción de la referida Fiscalía, Ilma. Sra. doña María Teresa Soler Moreno, quedó vacante esa plaza de decano/a. Para proceder a su cobertura, la Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentó una única solicitud como aspirante a ejercer el cargo por el Ilmo. Sr. don Jorge Cabré Rico. El 28 de noviembre de 2025 la Fiscal Jefe formuló propuesta de nombramiento de don Jorge por su experiencia y formación en las funciones a desempeñar, y haber realizado funciones de apoyo a la anterior Decana.

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).

La regulación que establece el Reglamento del Ministerio Fiscal de 2022, añade que la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal, resolverá mediante Decreto el nombramiento de Fiscal Decano de que se trate, de conformidad con la propuesta formulada o apartándose motivadamente de ella y designando a otro de los peticionarios, y que podrá desestimar la propuesta y acordar que se proceda a una nueva convocatoria (artículo 61.4). Asimismo, el nombramiento y cese de Fiscales decanos debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 61.3).

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado, tratándose del solicitante del único aspirante. Igualmente, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato que ocupa plaza de coordinación.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Jorge Cabré Rico, Fiscal Decano de la Sección de Instrucción de los Tribunales de Instancia e Instrucción de Valencia en la Fiscalía Provincial de Valencia.

2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Valenciana, y a la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia, que trasladará copia del presente Decreto al fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla y al Ministerio de Justicia (Dirección General para el Servicio Público de Justicia).

3. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 16 de diciembre de 2025.–La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato Martín.

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