En fecha 11 de abril de 2025 ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado correo electrónico remitido por la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, adjuntando el Decreto de esa misma fecha con la propuesta de nombramiento como Fiscal Delegada de la Sección de Derechos Humanos y Memoria Democrática en Santa Cruz de Tenerife a doña María Francisca Sánchez Álvarez por parte de la Jefatura de dicha Fiscalía Provincial, al considerar que reúne todas las cualidades para ello, teniendo sobrada capacidad y formación para asumir dicha delegación.
Tras la recepción de dicha propuesta se procedió a incoar el presente Expediente Gubernativo, por Decreto de fecha 15 de abril de 2025.
Hechos
Para cubrir el referido puesto, tras la convocatoria para solicitar la mencionada delegación de la especialidad, a fin de que ésta pudiera ser interesada por los miembros de la plantilla de la Fiscalía de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal, se dictó Decreto por el Fiscal Jefe de dicha Fiscalía acordando proponer a María Francisca Sánchez Álvarez, al estimar que reúne todas las condiciones para ello, teniendo sobrada capacidad y formación para asumir dicha delegación.
Dado traslado de la propuesta a la Excma. Sra. Fiscal de Sala en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática, con fecha 22 de abril de 2025 remitió informe favorable al nombramiento de la Ilma. Sra. María Francisca Sánchez Álvarez como Fiscal Delegada de la Sección de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe/a respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado/a (art. 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre las/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe/a habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todas/os los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife está suficientemente motivada al avalar la idoneidad de la solicitante propuesta en el Decreto de fecha 22 de abril de 2025.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. María Francisca Sánchez Álvarez Fiscal Delegada de la Sección de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Fiscal Jefa Inspectora, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala en materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática y al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía provincial de Santa Cruz de Tenerife que trasladará copia del presente Decreto a la Ilma. Sra. Fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de toda/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, número 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 29 de abril de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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