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Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y de conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
En el marco de las competencias atribuidas en el artículo 36.1.e) del Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear aprobado por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo de personal funcionario del Consejo de Seguridad Nuclear, conforme al anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo ofertados podrán ser solicitados por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Las solicitudes serán dirigidas al Secretario General del Consejo de Seguridad Nuclear, en el modelo de instancia publicado como anexo II de la presente resolución, y deberán presentarse dentro del plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder al sitio https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos del menú - Otros Trámites (en la parte inferior de la página de inicio) y asimismo se pueden registrar y enviar electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro Electrónico General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico General de la AGE.
Excepcionalmente, si el personal funcionario tuviera que cursar la solicitud desde el extranjero o por concurrir una incidencia técnica, debidamente acreditada, o por cualquier otra causa de similar naturaleza, no pueda realizar este trámite de forma telemática, puede cumplimentar dicho trámite en papel, ajustándose al modelo publicado como anexo II de esta resolución, debiendo presentarse, en el mismo plazo señalado anteriormente, en el Registro del CSN (calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su presentación.
Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que deberán figurar títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno, y se harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.
b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
c) Cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III.
Mediante resolución de la Secretaría General del CSN se designará una Comisión de Valoración compuesta por un mínimo de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 11 de abril de 2025. –El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, P. D. (Resolución de 20 de octubre de 2023), el Secretario General, Pablo Martín González.
N.º orden | Puesto de trabajo | Nivel | Provincia | Gr/Admon | CE | Perfil del puesto | Conocimientos y competencias profesionales y directivas | Criterios objetivos de valoración | Observaciones |
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1 |
Subdirector/a de Ingeniería. (2531859). |
30 | Madrid. | A1/A4 | 37,193.94 |
Subdirección de Ingeniería. Consejo de Seguridad Nuclear. Responsable de actividades relacionadas con la realización de evaluaciones, inspecciones y otros estudios relativos a las centrales nucleares e instalaciones del ciclo, contenedores de almacenamiento de combustible gastado, instalaciones de gestión de residuos e instalaciones radiactivas, todo ello para el licenciamiento y la supervisión y control de estas instalaciones, así como otras actividades conexas como el desarrollo de metodologías, de normativa, investigación, actividades internacionales y desarrollo de procedimientos. Las actividades anteriores están relacionadas con alguna de las siguientes áreas de conocimiento para la seguridad nuclear y protección radiológica: ingeniería de sistemas; ingeniería del combustible nuclear; ingeniería mecánica y estructural; ingeniería de sistemas eléctricos y de instrumentación y control; ciencias de la tierra; gestión de vida y mantenimiento. Jefe del grupo de análisis operativo en la organización de respuesta a emergencias del CSN. |
1. Conocimientos técnicos y experiencia relacionados con la evaluación e inspección en seguridad nuclear y protección radiológica en función de su importancia para la seguridad y su contribución al riesgo en las siguientes áreas de ingeniería: ingeniería de sistemas; ingeniería del combustible nuclear; ingeniería mecánica y estructural; ingeniería de sistemas eléctricos y de instrumentación y control; ciencias de la tierra; gestión de vida y mantenimiento. 2. Experiencia en la planificación y coordinación de las actividades generales en el ámbito de actuación de la seguridad nuclear y la protección radiológica. 3. Experiencia en gestión y seguimiento de actividades y planes de investigación y desarrollo en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. 4. Experiencia y participación en actividades y grupos de trabajo relacionados con organismos reguladores de otros países y con organismos internacionales multilaterales (OIEA, OCDE-NEA, UE). 5. Participación en la elaboración de normas técnicas, procedimientos y desarrollo del marco regulador y de licenciamiento. 6. Experiencia en la participación y gestión de actividades propias de la organización de respuesta a emergencias del CSN en el ámbito de la seguridad nuclear y la protección radiológica. 7. Coordinación de personal, gestión y planificación de actividades de grupos. |
Sobre 100 puntos: 1. 20 puntos. 2. 15 puntos. 3. 10 puntos. 4. 10 puntos. 5. 15 puntos. 6. 15 puntos. 7. 15 puntos. |
Antigüedad mayor de quince años. |
Área competencial/competencia | Autoevaluación (Puntuación: 1, mínimo a 5, máximo) |
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I. Liderazgo transformador | |
1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización. | |
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos. | |
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública. | |
4. Cooperar eficazmente con otros actores. | |
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades. | |
6. Capacidad para promover y mantener una fuerte cultura de seguridad con el fin de cumplir eficazmente la misión del organismo. | |
II. Gestión Estratégica de Proyectos | |
1. Planificar y tener visión estratégica. | |
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales. | |
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales. | |
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos. | |
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios. | |
III. Comunicación y relaciones interpersonales | |
1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos. | |
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores. | |
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal). | |
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional. | |
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones | |
1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios. | |
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno. | |
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos. | |
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información. | |
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional | |
1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público. | |
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad. | |
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización. | |
4. Actuar con ética profesional e integridad pública. | |
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos. |
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