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Hechos y fundamentos de Derecho
De acuerdo con la resolución 103_SAiP_PDI_2025-29/1, de la Universitat Politècnica de Catalunya, por la que se convocan concursos de acceso a plazas del cuerpo docente universitario de Catedrático de Universidad.
A partir de la resolución 103_SAiP_PDI-2025-1888/80 por la que se hace pública la relación definitiva de personas admitidas y excluidas a la resolución 103_SAiP_PDI_2025-29/1, en la que no consta ninguna persona admitida a los concursos de las plazas con código CU-180/701 y CU-181/701 adscritas al departamento de Arquitectura de Computadores.
El artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023 establece que el rector o la rectora ejerce las funciones propias del máximo órgano de gobierno de la Universidad. Así mismo, el artículo 68 de los Estatutos de la UPC le atribuye todas las funciones establecidas a la normativa vigente y por los mismos Estatutos, así como todas aquellas que no estén expresamente atribuidas a otros órganos.
El artículo 9 de la Ley 40/2015 y el arte. 8 de la Ley 26/2010 facultan al rector de la UPC para delegar sus competencias en otros órganos, delegación que ha llevado a cabo según estas disposiciones.
Y en ejercicio de las competencias establecidas en los Estatutos de la Universidad, resuelvo:
Ampliar el plazo de presentación de solicitudes para los concursos con código CU-180/701 y CU-181/701, convocados por resolución publicada en el BOE el 28 de enero de 2025, en cinco días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con el que dispone el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el rector de la UPC, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o, si se tercia, desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con el que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 27 de marzo de 2025.–El Rector, P. D. (Resolución de 29 de enero de 2025), el Vicerrector de Política Docente e Investigador, Miquel Soriano Ibañez.
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