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Documento BOE-A-2025-6959

Decreto de 26 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado Autonómico de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del País Vasco a don Fidel Cadena Pla.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2025, páginas 47750 a 47751 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2025-6959

TEXTO ORIGINAL

Hechos

El 31 de enero de 2025 la Excma. Sra. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco inició los trámites oportunos para el nombramiento de Fiscal Delegado/a de Seguridad y Salud en el Trabajo de carácter autonómico, abriendo la convocatoria para proceder a la cobertura de la citada delegación.

Abierta la convocatoria, se presentaron dos solicitudes en plazo, las relativas a don Fidel Cadena Pla, Fiscal Delegado de la Fiscalía Provincial de Álava/Araba y doña Cristina Ferrer Sierra, Fiscal Delegada de la Fiscalía Provincial de Bizkaia, reuniendo ambos méritos y formación suficiente para ocupar la citada delegación.

Valoradas ambas peticiones, la Excma. Sra. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco propuso el nombramiento de don Fidel Cadena Pla, Fiscal Delegado de Seguridad y Salud en el trabajo de la Fiscalía Provincial de Álava/Araba desde el año 2013, al contar con mayor antigüedad en la especialidad.

Mediante escrito de fecha de 19 de marzo de 2025 el Excmo. Sr. Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía General del Estado informó que considera pertinente el nombramiento de don Fidel Cadena Pla, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art. 3.4. Real Decreto 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegado especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo, y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (art. 62.2 RMF).

Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF)

Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco está suficientemente motivada.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar a don Fidel Cadena Pla como Fiscal Delegado Autonómico de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Sra. Fiscal Jefe Inspectora, a la Excmo. Sr. Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo, a la Excma. Sr. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa, quien lo pondrá en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla; a la Ilma. Sra. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Álava/Araba y a la Ilma. Sra. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Bizkaia, que trasladarán copia del presente decreto a los fiscales interesados, y lo pondrán en conocimiento de todas/os los Fiscales de la plantilla.

3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el art.º 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 26 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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