Contingut no disponible en valencià
El 7 de febrero de 2025, el Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia remitió a la Inspección Fiscal propuesta sobre nombramiento del fiscal, Ilmo. Sr. don Román Ruiz Alarcón, como Fiscal Delegado Autonómico de Delitos Económicos en la citada Comunidad.
La Comunidad Autónoma de Galicia carece de Delegado Autonómico de Delitos Económicos. Para su cobertura, el Fiscal Superior comunicó al resto de Delegados de Delitos Económicos de la Comunidad Autónoma que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentó una única solicitud para asumir la delegación, la del Ilmo. Sr. don Román Ruiz Alarcón. El 5 de febrero de 2025, el Fiscal Superior formuló propuesta de designación en favor del Sr. Ruiz, por su experiencia y formación en la materia.
Mediante informe de fecha 5 de marzo de 2025, el Fiscal de Sala Delegado de Delitos Económicos no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
La Instrucción de la Fiscalía General del Estado 5/2008, de 18 de diciembre, sobre adaptación del sistema de nombramiento y estatus de los Delegados de las Secciones especializadas de las Fiscalías, estableció la posibilidad de proponer al Fiscal General del Estado el nombramiento de Fiscales Delegados para las Comunidades Autónomas pluriprovinciales en materias sometidas al principio de especialización, con funciones de coordinación y relación entre los Fiscales especialistas de la Comunidad y de enlace con el Fiscal de Sala Coordinador. El sistema de nombramiento –siguiendo el esquema previsto para los Delegados Provinciales– será a propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de entre los Delegados Provinciales de la especialidad en el territorio.
El Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los Fiscales delegados, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado. (artículo 62.2).
La misma norma prevé a los efectos referidos, que el Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla, y que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida en la Inspección Fiscal, se dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.
Finalmente se dispone que el nombramiento y cese de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Román Ruiz Alarcón Fiscal Delegado Autonómico de Delitos Económicos para la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Poner de manifiesto que contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 13 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid