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Documento BOE-A-2025-5370

Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2025, páginas 36183 a 36189 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2025-5370

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relacion en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca en el anexo I podrá ser solicitado por las personas funcionarias que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública, dentro del plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR. HH. (SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.

En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común, a la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.

Tercera.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).

b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

c) Cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III.

Cuarta.

Mediante resolución de la Subdirección General de Recursos Humanos se designará un mínimo de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.

Quinta.

A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

Sexta.

No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Séptima.

El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda

Octava.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 7 de marzo de 2025.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y de la Función Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.

ANEXO I

S. DE E. TELECOMUNIC. E INFRAEST. DIGIT.-S. GRAL. TELECOM. INFR. DIGIT. Y SEG. DIGIT.

S. G. DE ANÁLISIS DEL MERCADO Y DE EVOLUCIÓN TECNOLÓGICA

N.º orden Centro directivo-Unidad puesto de trabajo Provincia-localidad Nivel CE Gr./Sb. Admón Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
1

S. DE E. TELECOMUNIC. E INFRAEST. DIGIT.

S.GRAL. TELECOM. INFR. DIGIT. Y SEG. DIGIT.

S. G. DE ANÁLISIS DEL MERCADO Y DE EVOLUCIÓN TECNOLÓGICA.

SUBDIRECTOR/ SUBDIRECTORA GENERA (5840706).

MADRID-MADRID. 30 34388.90 A1 AE  

1. Recopilación de datos y la realización de estudios e informes sobre la realidad corporativa, económica y tecnológica existente en el mercado de las telecomunicaciones y de las infraestructuras digitales.

2. Análisis sobre la participación de los diferentes agentes y la interacción de estos en el mercado de las telecomunicaciones y de las infraestructuras digitales, especialmente en función de las interrelaciones existentes con mercados conexos, en sus vertientes corporativa, económica y tecnológica.

3. Elaboración de informes y estudios sobre las tendencias tecnológicas en el sector de las telecomunicaciones y de las infraestructuras digitales.Análisis prospectivo de las evoluciones y avances tecnológicos que se van a diseñar e implantar en el futuro en el sector de las telecomunicaciones y de las infraestructuras digitales.

4. Análisis y evaluación del impacto de otras políticas públicas en el sector de las telecomunicaciones y las infraestructuras digitales.

5. Impulso y la coordinación de los planes, proyectos y programas para el fomento de la actividad de normalización, estandarización y certificación en el sector de las telecomunicaciones e infraestructuras digitales.

6. Participación en foros dedicados a la definición de estándares, de directrices técnicas y fijación de parámetros tecnológicos en el sector de las telecomunicaciones e infraestructuras digitales.

7. Funciones relativas a la regulación consistente en la definición de mercados de referencia, determinación de operadores con poder significativo en el mercado y establecimiento de obligaciones específicas.

8. Definición, gestión e instrucción de procedimientos de concesión de ayudas de los programas de impulso y actuaciones para la promoción de inversiones dentro de las materias de su competencia. Asesoramiento técnico al seguimiento, supervisión y verificación administrativa y material de las ayudas concedidas en los programas de impulso y actuaciones de promoción.

1. Experiencia y conocimiento en la identificación, validación y control de calidad de datos, así como elaboración de estudios en el mercado de las telecomunicaciones, en especial en los negocios de redes de banda ancha fija, móvil y de las infraestructuras relacionadas, elaboración de mapas de infraestructuras y servicios, elaboración de planes de banda ancha y cuadros de mando relacionados.

2. Experiencia y conocimiento en la elaboración de informes nacionales e internacionales sobre análisis competitivo en el mercado de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones sobre la base del estudio del posicionamiento estratégico, financiero y tecnológico de las operadoras en las diferentes actividades del macro sector TIC.

3. Experiencia y conocimiento en el análisis de impacto de la innovación tecnológica en los eslabones de la cadena de valor de las telecomunicaciones e impacto en el mercado y sus agentes, en la autonomía tecnológica y en el coste de los servicios. Experiencia relacional con los analistas tecnológicos del sector para la puesta al día de información y tendencias anteriores.

4. Experiencia y conocimiento jurídico y económico de las medidas de planificación, ejecución y seguimiento de políticas públicas relacionadas directa o indirectamente con el sector de las telecomunicaciones, especialmente con los inputs de políticas industriales, energéticas.

5. Conocimiento de los organismos internacionales de estandarización y normalización del sector de las telecomunicaciones y de sus programas de creación y supervisión del cumplimiento de estándares en tecnologías de base, aplicadas y comerciales para el futuro del sector de las telecomunicaciones.

6. Experiencia en la revisión de la situación competitiva de mercados de telecomunicaciones, la eficacia y eficiencia de las medidas regulatorias ex-ante y ex-post implementadas.

7. Conocimiento y experiencia en los aspectos legales y económicos de planes de ayudas de Estado, en la planificación, gestión y seguimiento de ayudas concedidas al despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones, especialmente de las financiadas con fondos MRR.

1. Se requiere titulación de Ingeniero Telecomunicaciones, Electrónico, Informático/Sistemas de Información, o Industrial, preferiblemente complementada con titulación adicional económica (Administración y Dirección de Empresas o Economía General) y jurídica (Derecho).

2. Se requiere una antigüedad mínima de 3 años como funcionario de carrera del Subgrupo A1.

CUERPOS O ESCALAS:

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

TITULACIONES:

ANEXO II

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ANEXO III
Cuestionario de Autoevaluación Competencias Directivas

Imagen: /datos/imagenes/disp/2025/66/5370_15441243_1.png

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