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Documento BOE-A-2025-5334

Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2025, páginas 35792 a 35798 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2025-5334

TEXTO ORIGINAL

La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 20 de marzo y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia de Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2035, Obligaciones del Estado a veinte años al 3,45 por 100, vencimiento 30 de julio de 2043 y Obligaciones del Estado al 0,50 por 100, vencimiento 30 de abril de 2030, con una vida residual en torno a cinco años y un mes.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de marzo de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de las Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ETD/7/2020 y ETD/17/2020, de 14 y 16 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 0,50 por 100, vencimiento 30 de abril de 2030, en las Órdenes ECM/43/2025 y ECM/52/2025 de 22 y 23 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2035 y en las Órdenes ETD/906/2022 y ETD/907/2022, de 20 y 21 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a veinte años al 3,45 por 100, vencimiento 30 de julio de 2043.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de abril de 2025 en las Obligaciones al 0,50 por 100 y el 30 de julio de 2025 en las Obligaciones a veinte años al 3,45 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 el primer cupón a pagar será el 30 de abril de 2025, por un importe de 0,785342 por 100, según se establece en la Orden ECM/52/2025.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 20 de marzo de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 0,45 por 100 en las Obligaciones al 0,50 por 100, el 0,47 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 y el 2,25 por 100 en Obligaciones a veinte años al 3,45 por 100.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 25 de marzo de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.

Madrid, 14 de marzo de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 0,50 %, vto. 30 de abril de 2030

(Subasta del día 20 de marzo)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

87,75 3,137
87,80 3,126
87,85 3,114
87,90 3,102
87,95 3,091
88,00 3,079
88,05 3,068
88,10 3,056
88,15 3,044
88,20 3,033
88,25 3,021
88,30 3,010
88,35 2,998
88,40 2,986
88,45 2,975
88,50 2,963
88,55 2,952
88,60 2,940
88,65 2,929
88,70 2,917
88,75 2,906
88,80 2,894
88,85 2,883
88,90 2,871
88,95 2,860
89,00 2,848
89,05 2,837
89,10 2,826
89,15 2,814
89,20 2,803
89,25 2,791
89,30 2,780
89,35 2,768
89,40 2,757
89,45 2,746
89,50 2,734
89,55 2,723
89,60 2,712
89,65 2,700
89,70 2,689
89,75 2,677
89,80 2,666
89,85 2,655
89,90 2,643
89,95 2,632
90,00 2,621
90,05 2,610
90,10 2,598
90,15 2,587
90,20 2,576
90,25 2,564

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 %, vto. 30 de abril de 2035

(Subasta del día 20 de marzo)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

95,75 3,662
95,80 3,656
95,85 3,650
95,90 3,643
95,95 3,637
96,00 3,631
96,05 3,625
96,10 3,619
96,15 3,613
96,20 3,607
96,25 3,600
96,30 3,594
96,35 3,588
96,40 3,582
96,45 3,576
96,50 3,570
96,55 3,564
96,60 3,558
96,65 3,552
96,70 3,545
96,75 3,539
96,80 3,533
96,85 3,527
96,90 3,521
96,95 3,515
97,00 3,509
97,05 3,503
97,10 3,497
97,15 3,491
97,20 3,485
97,25 3,479
97,30 3,472
97,35 3,466
97,40 3,460
97,45 3,454
97,50 3,448
97,55 3,442
97,60 3,436
97,65 3,430
97,70 3,424
97,75 3,418
97,80 3,412
97,85 3,406
97,90 3,400
97,95 3,394
98,00 3,388
98,05 3,382
98,10 3,376
98,15 3,370
98,20 3,364
98,25 3,358

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a veinte años al 3,45 %, vto. 30 de julio de 2043

(Subasta del día 20 de marzo)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

91,25 4,139
91,30 4,135
91,35 4,130
91,40 4,126
91,45 4,122
91,50 4,118
91,55 4,114
91,60 4,110
91,65 4,105
91,70 4,101
91,75 4,097
91,80 4,093
91,85 4,089
91,90 4,085
91,95 4,081
92,00 4,076
92,05 4,072
92,10 4,068
92,15 4,064
92,20 4,060
92,25 4,056
92,30 4,052
92,35 4,048
92,40 4,043
92,45 4,039
92,50 4,035
92,55 4,031
92,60 4,027
92,65 4,023
92,70 4,019
92,75 4,015
92,80 4,011
92,85 4,007
92,90 4,002
92,95 3,998
93,00 3,994
93,05 3,990
93,10 3,986
93,15 3,982
93,20 3,978
93,25 3,974
93,30 3,970
93,35 3,966
93,40 3,962
93,45 3,958
93,50 3,954
93,55 3,950
93,60 3,946
93,65 3,941
93,70 3,937
93,75 3,933

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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