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De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se participa que ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se tramita el Procedimiento Ordinario 97/2025, promovido por Easyjet Airline Company Limited frente a la Orden, de 21 de noviembre de 2024, del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, por la que se resuelve el recurso de alzada frente a la Resolución de la Secretaría General de Consumo y Juego, de 10 de mayo de 2024, por la que se resolvió el procedimiento sancionador SAN0010/23.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada ley, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» en la forma establecida en la mencionada ley.
Madrid, 26 de febrero de 2025.–El Secretario General Técnico, José Juan Espartero López.
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