El 14 de enero de 2025 la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, a favor de la Casa Vallmanya, en Alcarràs (Segrià), y de delimitación de su entorno de protección.
Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:
1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, a favor de la Casa Vallmanya, en Alcarràs (Segrià), y de delimitación de su entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.
2. Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Alcarràs, y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente resolución.
3. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede central de la Dirección General del Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura (Palau Moja, c. Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona), en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida (Rambla d'Aragó, 8, 25002 Lleida) o electrónicamente, con petición previa, en la dirección: stlleida.cultura@gencat.cat. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.
4. Comunicar esta resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.
Barcelona, 12 de febrero de 2025.–La Consejera de Cultura, Sònia Hernández Almodóvar.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid