El día 24 de enero de 2025 tuvo entrada, en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, oficio de la Ilma. Sra. doña Concepción Rodríguez Cabezas, Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Granada, al que acompaña Decreto dictado en el EG 321/24 de dicha Fiscalía, incoado a raíz de la solicitud de renuncia a la delegación de la especialidad Contra los Delitos de Odio y Discriminación presentada por el Ilmo. Sr. Fiscal don Francisco José Hernández Guerrero, solicitando se acepte su renuncia.
Hechos
Don Francisco José Hernández Guerrero fue designado Fiscal Delegado para la Fiscalía Provincial de Granada de Criminalidad Informática mediante Decreto del FGE de fecha 15 de noviembre de 2011, especialidad que comprendía la materia referida a la Tutela de la igualdad y contra la discriminación.
Don Francisco José Hernández Guerrero justifica su renuncia en la necesidad de centrar su atención en su función como Delegado de Criminalidad Informática.
La Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada, en Decreto de fecha 30 de diciembre de 2024, da traslado de dicha renuncia a fin de que, de considerarlo oportuno, se proceda a su remoción.
En escrito con entrada en la Inspección Fiscal en fecha 7 de febrero de 2025, el Fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación, informó en el sentido de no oponer objeción alguna a la renuncia expresada por don Francisco José Hernández Guerrero. En el mismo sentido informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal».
De igual forma la Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Por lo que respecta a la renuncia presentada por don Francisco José Hernández Guerrero se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder a su cese.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
Cesar a don Francisco José Hernández Guerrero como Fiscal Delegado especialista de Tutela penal contra la igualdad y la discriminación, actualmente Contra los delitos de odio y la discriminación, de la Fiscalía Provincial de Granada.
Notifíquese lo acordado al Fiscal de Sala contra los delitos de odio y discriminación, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada para su conocimiento y el del resto de los fiscales de la plantilla.
Publíquese el presente cese en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.
Madrid, 18 de febrero de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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