En virtud de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se modifica la disposición adicional novena de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (Control preventivo municipal de obras en zonas de interés para la Defensa Nacional), vista la propuesta del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, considerando suficientemente cumplidos todos los requisitos legalmente exigidos,
Vengo en calificar de interés general por afectar directamente a la Defensa Nacional, «Las obras previstas y contenidas en el proyecto de hidrógeno verde en la Base Aérea de San Javier (Murcia)».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha índole de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, con carácter previo, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 20 de febrero de 2025.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
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