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Documento BOE-A-2025-3696

Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Unión de Editoriales Españolas y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., para la colaboración en el procedimiento de evaluación para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2025, páginas 25448 a 25449 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-3696

TEXTO ORIGINAL

Suscrita con fecha 13 de febrero de 2025 la prórroga del Convenio entre Unión de Editoriales Españolas, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, de 13 de febrero de 2023, para la colaboración en el procedimiento de evaluación para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente resolución.

Madrid, 14 de febrero de 2025.–La Directora de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.

ANEXO
Prórroga del convenio que fue suscrito el 13 de febrero de 2023 entre la Unión de Editoriales Universitarias Españolas (UNE), la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la Fundacion Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), para la colaboración en el procedimiento de evaluación para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica (Sello CEA-APQ)

REUNIDAS

De una parte doña María Isabel Cabrera García, Presidenta de la Unión de Editoriales Universitarias Españolas (en adelante UNE), NIF G78510898, en su nombre y representación, nombrada en la Asamblea General Extraordinaria de la UNE celebrada el 19 de noviembre de 2021 y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 19 de los Estatutos de UNE (Estatutos redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la XVIII Asamblea General Extraordinaria de la Asociación, celebrada en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales el día 19 de enero de 2007).

De otra doña Pilar Paneque Salgado, en nombre y representación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante ANECA), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con el apartado 3.b) del artículo 4 del Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, or el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, NIF S2801299E. Interviene en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector de ANECA (Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Rector, por la que se publica el nombramiento de la Directora de ANECA), y actuando en virtud de las atribuciones que le atribuye el Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo ANECA.

Y de otra doña Izaskun Lacunza Aguirrebengoa, como Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (en adelante, FECYT), CIF G-82999871, actuando en nombre y representación de FECYT, en virtud de las competencias atribuidas en escritura pública, otorgada el día 7 de mayo de 2024, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José María Mateos Salgado, con el número 3.572 de su protocolo.

Todas las partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, subscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto,

EXPONEN

– Que las partes suscribieron el 13 de febrero de 2023, un convenio (en adelante el convenio) para establecer la colaboración entre ellas en el procedimiento de evaluación para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica que fue inscrito en el REOICO el 14 de febrero de 2023, comenzando su eficacia en dicha fecha de conformidad con la cláusula séptima del convenio. y posteriormente publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) de 3 de marzo de 2023,

– Que en el propio convenio se establece expresamente en la cláusula séptima que, antes de su vencimiento, podrá ser objeto de prórroga de conformidad con el artículo 49.h.2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

– Que debido al éxito de la colaboración, y estando próxima la fecha de finalización de la vigencia, prevista para el 14 de febrero de 2025, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del convenio por otro periodo adicional de dos (2) años, es decir, hasta el 15 de febrero de 2027..

Y, en consecuencia, las partes intervinientes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga al convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

Las Partes, por medio de la presente Prórroga, acuerdan prorrogar la duración del convenio suscrito el 13 de febrero de 2023, y publicado en el BOE de 3 de marzo de 2023, por un periodo de dos (2) años, a contar desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo conforme a su cláusula séptima es decir, desde el próximo 15 de febrero de 2025 hasta el 15 de febrero de 2027.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y deberá ser inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el BOE.

Segunda. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio, a un solo efecto, en el lugar y en las fechas de firma, tomándose como fecha de formalización el 13 de febrero de 2025.–Por la Unión de Editoriales Universitarias Españolas, María Isabel Cabrera García.–Por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.–Por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, Izaskun Lacunza Aguirrebengoa.

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