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Documento BOE-A-2025-27147

Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2025, páginas 180315 a 180356 (42 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2025-27147

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por los sistemas general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:

1. Publicación

1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria.html), en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en el Portal del empleado público Funciona, así como en aquellos lugares que se estime conveniente. La fecha de publicación en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria será la de la propia resolución o acto, salvo que en ella se indique otra distinta.

2. Descripción de las plazas

2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:

Turno libre: Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
118 10 128

Promoción interna: Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
55 5 60

2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 128 plazas de acceso libre, y 60 por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, código 0011.

2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 10 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservarán 5 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

2.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna.

3. Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación

3.2 Nacionalidad: Las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española, de acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere el correspondiente proceso selectivo.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Grado a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.

3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Las personas aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:

3.9 Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:

a) De los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2.

b) De los cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2.

c) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones públicas incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que estén desempeñando como personal funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma.

3.10 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como personal funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto anterior y en los términos previstos en el mismo.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado recogido en el anexo III de la convocatoria.

4. Solicitudes

Presentación por medios electrónicos

4.1 De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos. Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 19 de julio de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos y especialidades adscritos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio), la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas selectivas y el pago de las tasas de derechos de examen, se realizará por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero y respecto de los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo.

4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la dirección de Internet https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).

Anexar documentos a la solicitud (opcional).

El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).

El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).

La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).

La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

4.3 La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía telemática con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.

4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso deberán comunicarla a través del siguiente enlace: Comunicar incidencia (agenciatributaria.gob.es) o consultar la información y ayuda incluida en el siguiente enlace: Agencia Tributaria: Modelo 791. Empleo Público. Presentación instancias oposiciones.

4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.

Plazo de presentación

4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.

4.10 La documentación complementaria podrá anexarse a la solicitud de inscripción telemática (modelo 791) dentro del plazo de presentación de solicitudes. También se podrá presentar, dentro de ese mismo plazo, a través de la dirección de Internet https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajar-aeat.html (Aportar documentación complementaria) y a través del siguiente enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml.

4.11 Las personas aspirantes que, por aplicación de lo previsto en convocatorias anteriores, tuvieran derecho a la conservación de la calificación obtenida en algún ejercicio, deberán manifestar expresamente en la solicitud de participación su voluntad de ejercer ese derecho, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el anexo II de esta convocatoria.

Pago de las tasas

4.12 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros y de 7,78 euros, respectivamente.

4.13 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, en los supuestos en los que el pago se realice en condiciones de comercio electrónico seguro, mediante tarjeta de crédito/débito, o mediante transferencias instantáneas efectuadas a traves de plataformas de comercio electrónico. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

4.14 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 [(IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta en C/ Orense, n.º 85 –28020 Madrid–, a nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

4.15 Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas, salvo oposición expresa de la persona interesada.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:

Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

En caso de oposición, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará por la persona interesada en la oficina de los servicios públicos de empleo y deberá anexarse a la inscripción.

En cuanto a la acreditación de las rentas, en caso de oposición, la persona interesada deberá presentar, anexo a la solicitud, certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio. La valoración de las rentas se realizará con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Cuando la víctima del terrorismo no sea la persona aspirante, es necesario acreditar el parentesco o, en su caso, la análoga relación de afectividad.

4.16 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.

4.17 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.18 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Protección de datos personales

4.19 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.

4.20 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a este proceso selectivo.

4.21 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.22 La Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en el siguiente enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/condiciones-uso-sede-electronica/datos-personales.html pudiendo acceder a la información específica sobre este tratamiento en el siguiente enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/procedimientos-no-tributarios/tratamiento-datos-personales/tratamiento-datos-personales/informacion-interesado-sobre-proteccion-datos/5-registro-actividades-tratamiento/5_77-procesos-selectivos.html.

4.23 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer por vía electrónica de acuerdo al procedimiento establecido accesible a través de la Sede Electrónica https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/FZ08.shtml o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. Puede obtener más información en el siguiente enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/procedimientos-no-tributarios/tratamiento-datos-personales/tratamiento-datos-personales/informacion-interesado-sobre-proteccion-datos/4-ejercicio-derechos.html.

4.24 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, las personas interesadas podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.

5. Admisión de personas aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

6. Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y por el sistema de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.

6.2 Ambos turnos de acceso incluirán la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, la de concurso, serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

6.3 Descripción de la fase de oposición.

La fase de oposición, para ambos sistemas de acceso, consistirá en la realización de los cinco ejercicios que a continuación se detallan, siendo todos obligatorios y eliminatorios.

El tipo de pruebas que se plantean en la fase de oposición están relacionadas con las competencias profesionales del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado y el desempeño de las funciones a desarrollar por el personal funcionario de dicho cuerpo que, entre otras cuestiones, requieren de amplios conocimientos en materia de gestión, inspección, recaudación del sistema tributario estatal, así como del sistema aduanero por lo que se requiere la destreza de los aspirantes en la redacción de las respuestas a preguntas abiertas relacionadas en esas materias.

Del mismo modo y como consecuencia de la armonización fiscal de la Unión Europea, el desempeño de las funciones del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado implica de forma habitual el tratamiento de documentación emitida en distintos idiomas oficiales de la Unión Europea, para lo que es necesario el conocimiento de alguno de los más utilizados.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios, los criterios de corrección, valoración y, en su caso, superación de los mismos, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Los ejercicios escritos deberán realizarse de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

La calificación de las personas aspirantes en cada ejercicio resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el Tribunal que fijará la puntuación mínima necesaria para superar el ejercicio, teniendo en cuenta lo siguiente:

La puntuación directa mínima que el Tribunal fije para superar el ejercicio equivaldrá a la calificación mínima necesaria para superarlo.

La puntuación directa máxima obtenible equivaldrá a la calificación máxima del ejercicio.

Ejercicios

Primer ejercicio:

Constará de dos partes, siendo cada una de ellas eliminatoria.

La convocatoria de las personas aspirantes para la realización de este ejercicio será única, pudiendo desarrollarse, en los términos que se acuerde por el Tribunal calificador, en la misma o en diferentes sesiones.

Este ejercicio está vinculado con la acreditación del conocimiento teórico de la normativa de aplicación relacionada con las funciones de orden jurídico ligadas a las funciones propias y a las funciones transversales en el desempeño de las competencias profesionales atribuidas al personal funcionario del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, así como al conocimiento de los idiomas inglés, francés o alemán.

Las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo Técnico de Hacienda (forma de acceso «P») estarán exentas de la realización de este ejercicio.

Primera parte:

La primera parte del ejercicio consistirá en responder por escrito a un cuestionario de 14 preguntas, de las cuales 7 han de corresponder al bloque de temas incluidos en el anexo I.1.1 y otras 7 al anexo I.1.2.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Segunda parte:

La segunda parte del ejercicio consistirá en una prueba de conocimiento de los idiomas inglés, francés o alemán, a elección de la persona aspirante.

Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés, francés o alemán, equivalente a B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

En la modalidad presencial, el ejercicio será contestado por escrito y podrá incluir la traducción, sin la ayuda de diccionario, de un texto redactado en el idioma elegido, ejercicios de comprensión del texto propuesto y de expresión escrita, así como pruebas dirigidas a evaluar el dominio gramatical y de vocabulario del idioma. Si la persona aspirante ha optado por realizar el examen presencial no podrá, a posteriori, modificar la modalidad escogida.

Para la realización de esta parte, las personas aspirantes dispondrán de 75 minutos.

En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.

En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés, francés o alemán, presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, siempre y cuando dicho título se haya obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.

Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento del idioma elegido.

El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir copia auténtica acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, de las recogidas en el anexo V, no se valorará, debiendo realizar la prueba presencial.

Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento del idioma mediante titulación.

Segundo ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el desarrollo práctico de competencias en materia de contabilidad y matemáticas financieras, habilidades inherentes al desempeño de las funciones del puesto.

El segundo ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico de Contabilidad y Matemáticas Financieras, según el temario que se detalla en el anexo I.2 de esta resolución.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo Técnico de Hacienda (forma de acceso «P») estarán exentas de la realización de este ejercicio.

Tercer ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el desarrollo práctico de competencias en relación con aspectos jurídicos y/o contables y tributarios relativos al temario de la oposición aplicados al contexto de un supuesto práctico profesional.

El tercer ejercicio de la fase de oposición consistirá en la resolución de un supuesto práctico profesional que implicará la formulación de observaciones, opinión o dictamen referido al caso, en relación a aspectos jurídicos y/o contables relativos al temario de la oposición, posibles riesgos de carácter tributario y consistencia o congruencia de la información ofrecida, sin incluir esta parte la realización de liquidaciones tributarias.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Cuarto ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el conocimiento teórico del derecho constitucional y administrativo español, de la Hacienda Pública y del sistema financiero español, así como con las habilidades de exposición oral efectiva ligadas a las funciones inherentes al desempeño de las competencias profesionales atribuidas al personal funcionario del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

El cuarto ejercicio consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de sesenta minutos, de cuatro temas extraídos al azar del programa que se detalla en el anexo I.3 de esta resolución y conforme a la siguiente distribución:

a. Dos temas del programa incluido en el anexo I.3.1 «Derecho Constitucional y Administrativo».

b. Un tema del programa incluido en el anexo I.3.2 «Hacienda Pública».

c. Un tema del programa incluido en el anexo I.3.3 «Sistema Financiero Español».

El tiempo de exposición deberá distribuirse por la persona aspirante de forma homogénea entre los cuatro temas.

Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de quince minutos para que la persona aspirante elabore, en presencia del Tribunal, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.

Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Quinto ejercicio: Este ejercicio está vinculado con el conocimiento teórico del derecho financiero y tributario español, así como con las habilidades de exposición oral efectiva ligadas a las funciones inherentes al desempeño de las competencias profesionales atribuidas al personal funcionario del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

El quinto ejercicio consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, de tres temas extraídos al azar del programa que se detalla en el anexo I. 4 de esta resolución «Derecho Financiero y Tributario Español» y conforme a la siguiente distribución:

a. Un tema del programa incluido en el anexo I.4.1 «Parte General y Procedimientos Tributarios».

b. Un tema del programa incluido en el anexo I.4.2 «Parte Especial (I)».

c. Un tema del programa incluido en el anexo I.4.3 «Parte Especial (II)».

El tiempo de exposición deberá distribuirse por la persona aspirante de forma homogénea entre los tres temas.

Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de diez minutos para que la persona aspirante elabore, en presencia del Tribunal, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.

Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Calificación de los ejercicios

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio:

La primera parte del primer ejercicio se calificará como «Apto/a» o «No apto/a», siendo necesario para superarlo obtener la calificación de «Apto/a».

La segunda parte del primer ejercicio se calificará «Apto/a» o «No apto/a», independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes. Será necesario obtener la calificación de «Apto/a» para superarla.

En la modalidad presencial, la calificación de «Apto/a» no se otorgará si no se alcanza, al menos, el 50 % de la valoración total del ejercicio.

En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación será «Apto/a» para las personas aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el anexo V que corresponda con un nivel B2 o superior, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Los niveles inferiores a B2 no se considerarán válidos para la superación del ejercicio.

Para superar el primer ejercicio será necesario obtener en cada una de sus partes la calificación mínima establecida en los apartados anteriores.

Segundo ejercicio:

Se calificará como « Apto/a» o «No apto/a», siendo necesario para superarlo obtener la calificación de «Apto/a».

Tercer ejercicio:

Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos.

Cuarto ejercicio:

Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 20 puntos.

Quinto ejercicio:

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 15 puntos.

Para la calificación de los ejercicios el Tribunal evaluará el conocimiento de las personas aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, con indicación y expresión, en su caso, de la normativa correspondiente y ajustada a su literalidad, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada.

En los ejercicios que consistan en la exposición oral de temas se valorará, además, el orden de ideas, el rigor y precisión conceptual y la calidad expositiva mostrada a través de la fluidez, entonación y ritmo de la exposición.

Calificación de la fase de oposición

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de esta fase. En caso de empate, el orden de las personas aspirantes en la fase de oposición se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los ejercicios cuarto, quinto y tercero, por este orden. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base 8.1.

Conservación de calificaciones

Acceso libre.

Las personas aspirantes que, participando en esta convocatoria por el sistema de acceso libre, superen, al menos, el primero de los ejercicios, conservarán sus calificaciones en las dos convocatorias inmediatas siguientes, siempre que en la primera de estas dos convocatorias superen algún ejercicio adicional, en cuyo caso, conservarán, también, su calificación para la convocatoria inmediata siguiente.

La conservación de las calificaciones tendrá lugar siempre y cuando participen por la misma forma de acceso y los ejercicios sean esencialmente análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación. El mero hecho de que se produzca una actualización normativa no implica, por sí mismo, una modificación del contenido del temario.

Para la conservación de la calificación del primer ejercicio es necesario superar las dos partes correspondientes al mismo.

Con carácter transitorio se establece que, quienes tuvieran, para esta convocatoria, reserva de la calificación de la prueba de idioma de la convocatoria anterior (segunda parte del tercer ejercicio), conservarán la misma calificación en la prueba de idioma correspondiente a este proceso selectivo (segunda parte del primer ejercicio), si bien en el caso de que generaran esa reserva mediante titulación, la misma, deberá haberse obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria debiendo, en caso contrario, optar por una de las dos modalidades excluyentes de evaluación previstas para la segunda parte del primer ejercicio de este proceso selectivo. No obstante, mantendrán en cualquier caso la reserva de la calificación del tercer ejercicio.

Las personas aspirantes que conserven calificaciones de la convocatoria inmediata anterior a la presente, deberán superar en esta convocatoria al menos un ejercicio más que en la anterior para conservar todas sus calificaciones en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando participen por la misma forma de acceso y los ejercicios sean esencialmente análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación.

Se declararán anuladas las reservas de ejercicio/s generadas en esta convocatoria respecto a las personas aspirantes que en ella no cumplieran los requisitos exigidos para la participación en este proceso selectivo, aunque en la convocatoria siguiente, donde se aplicasen, sí los cumplieran como consecuencia de irlos adquiriendo a posteriori.

Las personas aspirantes con derecho a la reserva de ejercicio/s que la ejerzan y no acreditasen, cuando les sea requerido, el cumplimiento de los requisitos exigidos para la participación en la convocatoria en la que generaron el derecho a la reserva, no serán nombradas personal funcionario de carrera aunque cumplieran esos requisitos en la convocatoria cuyo proceso selectivo hubieran superado con la aplicación de esa reserva y serán declaradas decaídas en los derechos devengados tanto en la convocatoria en la que se generó la reserva, como en la que se optó por la misma.

Promoción interna.

Las personas aspirantes que, participando en esta convocatoria por el sistema de promoción interna, superen, al menos, el primero de los ejercicios a realizar según su forma de acceso, conservarán sus calificaciones en las dos convocatorias inmediatas siguientes. En el caso de que en la primera de las dos convocatorias inmediatas siguientes superen algún ejercicio adicional, conservarán, también, su calificación para la convocatoria inmediata siguiente.

La conservación de las calificaciones tendrá lugar siempre y cuando participen por la misma forma de acceso y los ejercicios sean esencialmente análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación. El mero hecho de que se produzca una actualización normativa no implica, por sí mismo, una modificación del contenido del temario.

Para la conservación de la calificación del primer ejercicio es necesario superar las dos partes correspondientes al mismo.

Con carácter transitorio se establece que, las personas aspirantes de la forma de acceso «R» que tuvieran, para esta convocatoria, reserva de la calificación de la prueba de idioma de la convocatoria anterior (segunda parte del tercer ejercicio), conservarán la misma calificación en la prueba de idioma correspondiente a este proceso selectivo (segunda parte del primer ejercicio), si bien en el caso de que generaran esa reserva mediante titulación, la misma, deberá haberse obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria debiendo, en caso contrario, optar por una de las dos modalidades excluyentes de evaluación previstas para la segunda parte del primer ejercicio de este proceso selectivo. No obstante, mantendrán en cualquier caso la reserva de la calificación del tercer ejercicio. Las personas aspirantes por la forma de acceso «P» que tuvieran reserva del tercer ejercicio, mantendrán la calificación para el mismo.

Las personas aspirantes que, para esta convocatoria, conserven calificaciones de convocatorias anteriores a la presente, conservarán tanto dichas calificaciones, como las de los ejercicios que superen en la presente convocatoria, para la convocatoria inmediata siguiente.

Se declararán anuladas las reservas de ejercicio/s generadas en esta convocatoria respecto a las personas aspirantes que en ella no cumplieran los requisitos exigidos para la participación en este proceso selectivo, aunque en la convocatoria siguiente, donde se aplicasen, sí los cumplieran como consecuencia de irlos adquiriendo a posteriori.

Las personas aspirantes con derecho a la reserva de ejercicio/s que la ejerzan y no acreditasen, cuando les sea requerido, el cumplimiento de los requisitos exigidos para la participación en la convocatoria en la que generaron el derecho a la reserva, no serán nombradas personal funcionario de carrera aunque cumplieran esos requisitos en la convocatoria cuyo proceso selectivo hubieran superado con la aplicación de esa reserva y serán declaradas decaídas en los derechos devengados tanto en la convocatoria en la que se generó la reserva, como en la que se optó por la misma.

6.4 Fase de concurso.

La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los méritos alegados.

La fase de concurso se calificará con un máximo de 72 puntos. Se valorarán, a las personas aspirantes, los siguientes méritos:

a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en los cuerpos o escalas recogidos en el apartado 3.9, a razón de un punto por año completo de servicios efectivos prestados, hasta alcanzar un máximo de 36 puntos.

Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las propias del cuerpo y especialidad al que se refiere la presente convocatoria.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal consolidado el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que esté formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, según la siguiente escala:

Grado 20 e inferiores: 12 puntos.

Grado 21-22: 14 puntos.

Grado 23-24: 16 puntos.

Grado 25 o superiores: 18 puntos.

Asimismo, se otorgarán 12 puntos al personal funcionario que en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes no tenga ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado y haya prestado servicios efectivos en la misma, como personal funcionario de carrera, durante al menos 2 años.

c) Trabajo desarrollado: Se valorará el trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

Niveles 20 e inferiores: 15 puntos.

Niveles 21-22: 16 puntos.

Niveles 23-24: 17 puntos.

Niveles 25 o superiores: 18 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

Al personal funcionario en comisión de servicios se le valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y al personal funcionario en adscripción provisional se le valorará el nivel correspondiente al grado que tenga consolidado o, si no lo tuviera, el nivel mínimo del subgrupo A2.

Al personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia por el cuidado de familiares con reserva de puesto de trabajo se le valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y al personal funcionario en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo en que le correspondería efectuar el reingreso.

Al personal funcionario que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

Calificación de la fase de concurso

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los méritos a valorar.

Para la resolución de la fase de concurso del acceso por promoción interna y, con la finalidad de poder dirimir posibles empates, se atenderá a la puntuación de cada uno de los méritos enumerados en los anteriores apartados, siguiendo el orden en ellos establecido. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base 8.1.

Calificación del concurso-oposición

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

6.5 Curso Selectivo.

Todas las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán realizar y superar con aprovechamiento un curso selectivo en el Instituto de Estudios Fiscales.

Corresponde al Instituto de Estudios Fiscales la organización, dirección, impartición y evaluación del citado curso selectivo, sin perjuicio de la coordinación conjunta con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El Instituto de Estudios Fiscales elevará al órgano convocante las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.

El programa del curso será aprobado, de forma conjunta, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto de Estudios Fiscales. Dicho programa deberá incluir un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres y otro en materia de violencia de género. El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado e incluirá formación en idiomas.

El curso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses lectivos. Si durante el desarrollo del mismo se produce la suspensión de las actividades lectivas como consecuencia de la inactividad estacional, los periodos de disfrute de vacaciones del personal funcionario en prácticas coincidirán con el de la suspensión de actividades lectivas. En el caso de que ya hubieran disfrutado de vacaciones con anterioridad, en su totalidad o en parte, durante dicho periodo deberán reincorporarse a su puesto de trabajo por tiempo equivalente al del periodo vacacional disfrutado con arreglo a los criterios que fije el organismo de destino.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado personal funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá al Instituto de Estudios Fiscales.

Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

El curso selectivo se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Incluirá pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos, en relación con las asignaturas que se impartan.

Las personas aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, que en ningún caso se calificarán con más de 5 puntos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

6.6 Calificación final.

La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para las personas aspirantes de acceso libre y por las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y en el curso selectivo, para las personas aspirantes de promoción interna.

En caso de empate entre dos a más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo y, en caso de que persista la igualdad, de acuerdo con los criterios establecidos para la fase de oposición en acceso libre, y para la fase de concurso-oposición en promoción interna. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.

7. Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado y, las respectivas fases de oposición, en un año.

7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «U», de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 28 de julio de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto).

8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra U, el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra V, y así sucesivamente.

8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16. j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.

8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 14.

8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.

9. Acceso por promoción interna

9.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.

9.2 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, el certificado de requisitos y méritos según el modelo que figura como anexo III o el modelo de conformidad del anexo IV.

9.3 Los certificados de requisitos y méritos, anexo III, deberán ser cumplimentados por los servicios de personal o equivalentes del ministerio u organismo donde presten o hayan prestado servicios, previa petición de las personas aspirantes.

El órgano de selección verificará la información recibida y la cotejará con los datos obrantes en el Registro Central de Personal, considerándose éstos últimos como prevalentes en caso de discrepancia.

9.4 La aportación de este certificado podrá ser suplida por la consulta por parte de la Administración de los datos obrantes en el Registro Central de Personal en el caso de que los participantes que sean funcionarios en servicio activo en la Administración del Estado no insten la valoración de otros méritos diferentes a los que figuren inscritos en dicho Registro, que serán los que se tengan en cuenta en la valoración de la fase de concurso. En el plazo señalado en el punto 9.2, la persona candidata deberá dar su conformidad con la información que consta de su expediente en el Registro Central de Personal, mediante la cumplimentación y presentación del anexo IV dirigido al órgano de selección. La persona candidata puede consultar la información de su expediente mediante la extracción automática de un informe sobre su expediente personal en el Portal Funciona.

9.5 La no presentación del certificado de requisitos y méritos previsto en el anexo III o del modelo de conformidad recogido en el anexo IV, según corresponda, en el plazo señalado en el apartado 9.2, supondrá que la fase de concurso se valore con cero puntos.

9.6 Los méritos a valorar deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

9.7 El órgano de selección publicará en la sede electrónica de la Agencia Tributaria señalada en el punto 1.1, así como en cuantos lugares estime convenientes, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.

9.8 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de la relación indicada en el párrafo anterior, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el órgano de selección publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

9.9 Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9.10 De conformidad con lo previsto en el párrafo segundo del artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, se excluye la posibilidad prevista en su párrafo primero.

10. Superación del proceso selectivo y nombramiento

10.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso-oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.

10.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición y, en su caso, la fase de concurso-oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el Boletín Oficial del Estado, disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

10.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas.

10.4 Como el proceso selectivo incluye una fase de curso selectivo a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.

10.5 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

10.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

10.7 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.

10.8 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

11. Programa

11.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo se incluye como anexo I de esta convocatoria.

12. Órgano de selección

12.1 El órgano de selección de este proceso selectivo, es el que figura en el anexo VI.

12.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

12.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

12.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

12.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.

12.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

12.7 La composición del órgano de selección deberá respetar la regulación sobre órganos de selección contenida en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, en el artículo 115 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo así como en el resto de normativa vigente. En todo caso, se deberá respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, previsto en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.

12.8 Se promoverá la participación de personas con discapacidad en la composición del órgano de selección, conforme recoge el artículo 115.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

12.9 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

12.10 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.

12.11 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.

12.12 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

12.13 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.

12.14 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

12.15 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario, y, en su caso, contar con el apoyo administrativo preciso en las sedes descentralizadas.

12.16 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.

12.17 Antes del inicio de los ejercicios se publicarán en la página web las instrucciones que habrán de cumplir las personas aspirantes para su desarrollo y ejecución, así como la prohibición de utilizar distintos medios de forma fraudulenta. El incumplimiento de las instrucciones sobre desarrollo y ejecución del ejercicio, o cuando la persona aspirante fuera sorprendida copiando o utilizando mediante engaño dispositivos electrónicos u otros medios no autorizados o cualesquiera otras maquinaciones fraudulentas, dicha acción será causa inmediata de expulsión del examen y supondrá la exclusión del proceso selectivo, levantándose acta inmediata de tal incidente por parte de los colaboradores y/o miembros del Tribunal.

12.18 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en los locales del Instituto de Estudios Fiscales, sito en la Avenida Cardenal Herrera Oria, número 378, 28035 Madrid.

13. Acceso de personas con discapacidad

13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en la casilla 22 del formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo, incluyendo el curso selectivo.

13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo, incluyendo el curso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a las personas aspirantes afectadas sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.

13.5 A las personas aspirantes que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la calificación que proceda en los mismos términos establecidos para cada sistema de acceso en el apartado de conservación de calificaciones.

13.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

13.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general.

14. Embarazo de riesgo o parto

14.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

15. Pie de recurso

15.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 23 de diciembre de 2025.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del Departamento de Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García.

ANEXO I
Programa para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado
ANEXO I.1
ANEXO I.1.1

Derecho Civil

Tema 1. Las fuentes del derecho en el sistema jurídico positivo español. Código Civil y legislación complementaria. La aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general. Límites en el tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.

Tema 2. La persona. Concepto y clases. La persona física. La persona jurídica: La fundación y la asociación. Capacidad. Representación.

Tema 3. Nacionalidad. Domicilio. Estado civil. El Registro Civil. Los regímenes económicos del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales. La sociedad de gananciales. El régimen de participación. El régimen de separación de bienes.

Tema 4. El objeto del derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. La prescripción y la caducidad.

Tema 5. Los derechos reales. Concepto, clases y caracteres. Los derechos reales de garantía. Hipoteca. Hipoteca mobiliaria. Prenda. Prenda sin desplazamiento. Anticresis.

Tema 6. El derecho de propiedad. Contenido. Protección. Adquisición y pérdida del dominio. Especial referencia a la donación.

Tema 7. La comunidad de bienes. La posesión. Usufructo, uso y habitación. Las servidumbres.

Tema 8. El registro de la propiedad: Títulos inscribibles y asientos registrales. Principios hipotecarios. La anotación preventiva de embargo.

Tema 9. La obligación (I). Concepto y clasificación. Obligaciones extracontractuales. Enriquecimiento sin causa. Cumplimiento normal de las obligaciones: El pago.

Tema 10. La obligación (II). Otros modos de extinción de las obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: Causas y consecuencias. Protección del crédito y prueba de las obligaciones. Concurrencia y prelación de créditos.

Tema 11. El contrato. Elementos y requisitos. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos.

Tema 12. El contrato de compraventa. Elementos. Obligaciones del vendedor y del comprador. Derechos de tanteo y retracto. Cesión de derechos y acciones. La permuta.

Tema 13. El arrendamiento en general. Arrendamiento de servicios. Arrendamiento de obras. Arrendamiento de cosas. Arrendamiento de fincas rústicas y urbanas.

Tema 14. El mandato. El préstamo. El precario. El depósito. La sociedad. La fianza. La transacción. El compromiso. El arbitraje. La adhesión.

Tema 15. El derecho hereditario (I). Conceptos generales. Capacidad para suceder. Aceptación y repudiación de la herencia. Comunidad hereditaria. Derecho de acrecer. Colación y partición de la herencia.

Tema 16. El derecho hereditario (II). Sucesión testamentaria, forzosa e intestada. Institución de herederos. Sustitución. Legado. Albacea. La desheredación. La preterición.

Derecho Mercantil

Tema 17. Contenido del Derecho Mercantil. El acto de comercio. Actos de comercio por analogía. Actos mixtos. La empresa mercantil. Fuentes del Derecho Mercantil.

Tema 18. Concepto doctrinal y legal del comerciante. Comerciante individual. Incapacidades y prohibiciones. El comerciante extranjero. Habitualidad y profesionalidad. La publicidad en el Derecho Mercantil. El Registro Mercantil.

Tema 19. Doctrina general de las cosas mercantiles. La propiedad industrial. Patentes y marcas. La Oficina Española de Patentes y Marcas. Régimen jurídico internacional de protección. Derecho de la competencia. Competencia desleal; régimen de la publicidad y consumo. Defensa de la competencia. Unión temporal de empresas.

Tema 20. La contabilidad de los empresarios. Libros. Requisitos. Valor probatorio y reconocimiento de los libros. Cuentas anuales.

Tema 21. La sociedad mercantil. Concepto, naturaleza y clases. El objeto social. La sociedad irregular. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. La sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada.

Tema 22. La sociedad anónima. Formas de constitución. La escritura social y los Estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social. Las reservas. Acciones: Clases. Acciones sin voto. Aumento y reducción del capital social. La emisión de obligaciones. Sindicato de obligacionistas.

Tema 23. Órganos de la sociedad anónima. Junta general. Administradores. El Consejo de Administración. Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación de sociedades mercantiles: Operaciones que comprende.

Tema 24. Títulos de crédito: Concepto y caracteres. Clases. Títulos nominativos. Títulos a la orden. La letra de cambio. Emisión y forma de la letra. El endoso. La aceptación. El aval. Vencimiento y pago. El protesto. Las acciones cambiarias. El pagaré. El cheque.

Tema 25. Obligaciones y contratos mercantiles. La comisión mercantil. La representación en el Derecho Mercantil. Contrato de compraventa mercantil. Compraventas especiales. El «leasing».

Tema 26. Los contratos bancarios en general. Examen de la cuenta corriente, apertura de crédito, préstamos y descuento bancario. Depósitos en bancos. La pignoración de valores. Créditos documentarios. El contrato de seguro: Concepto, naturaleza y regulación.

Tema 27. El contrato de asistencia técnica. El «factoring». Contrato de agencia: La exclusividad. La franquicia. El contrato de cuenta corriente mercantil. El contrato de cuentas en participación. Préstamo y depósito mercantiles. Compañías de almacenes generales de depósito: Los «warrants».

Tema 28. El derecho marítimo. El buque. Propietario, armador y naviero. El capitán del buque y los auxiliares de la navegación marítima. El transporte marítimo: Convención de Naciones Unidades sobre el derecho del mar. El seguro marítimo. Contrato de remolque. Asistencia y salvamento en el mar.

Tema 29. Derecho de navegación aérea. Transporte aéreo: Convenio de Varsovia. Normas IATA. Transporte de viajeros y mercancías. Normas sobre responsabilidad en caso de accidente y seguros aéreos. El contrato de transporte terrestre: Concepto, naturaleza y clases. Elementos personales, reales y formales.

Tema 30. El concurso: Presupuestos. El auto de declaración del concurso. Efectos sobre los acreedores, créditos y contratos. La masa del concurso. El convenio: Contenido y efectos. Las causas de conclusión del concurso. La calificación del concurso. El acuerdo extrajudicial de pagos.

ANEXO I.1.2

Economía General

Tema 31. La escasez de bienes y la elección. Concepto de economía. La economía como ciencia social. Economía positiva y normativa. La actividad económica. Teoría y política económica. Los sistemas económicos. Los modelos económicos: El flujo circular de la renta. Micro y macroeconomía.

Tema 32. El mercado. La demanda y la oferta. Las curvas de demanda y de oferta y sus desplazamientos. Equilibrio y desequilibrio del mercado. Tipos de mercado.

Tema 33. La utilidad. La restricción presupuestaria. La curva de demanda y el presupuesto. Las elasticidades de la demanda y de la oferta.

Tema 34. La producción y el máximo beneficio empresarial. La productividad y los costes a corto plazo. La producción y los costes a largo plazo. El equilibrio competitivo.

Tema 35. La competencia imperfecta: Competencia monopolística, oligopolio y monopolio. Los poderes públicos y la competencia.

Tema 36. Objetivos e indicadores macroeconómicos: Producto nacional, consumo e inversión y gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional y renta disponible. Las magnitudes agregadas y el flujo circular de la renta.

Tema 37. La renta de equilibrio en una economía cerrada y sin sector público: El multiplicador. La renta de equilibrio en una economía cerrada con sector público. La renta de equilibrio en una economía abierta y con sector público.

Tema 38. El dinero. Los diferentes agregados monetarios. La demanda de dinero. La base monetaria y la creación de dinero. El sistema financiero.

Tema 39. El equilibrio en el mercado real y en el mercado monetario. El modelo IS-LM. Las políticas fiscal y monetaria.

Tema 40. El modelo de la oferta y la demanda agregada. La demanda agregada, el tipo de interés y el nivel de precios. La oferta agregada en los modelos clásico y keynesiano.

Tema 41. La inflación y el desempleo: Causas y efectos. Los distintos enfoques de la política económica. Los ciclos económicos.

Tema 42. El comercio internacional: La ley de la ventaja comparativa y el modelo Heckscher-Ohlin. Restricciones al mercado internacional. Libre comercio frente a proteccionismo. La integración económica.

Tema 43. La balanza de pagos: Concepto y componentes, funcionamiento y saldos. Los tipos de cambio y los mercados de divisas. Instituciones Financieras Internacionales.

Tema 44. Crecimiento y desarrollo. Teorías explicativas del crecimiento económico. Beneficios y costes del crecimiento. Desarrollo y subdesarrollo.

Tema 45. La situación del sector primario en España: Política económica sobre el sector. El sector industrial, energético y de la construcción en España: Política sobre el sector. El sector servicios en España (excluido sector financiero): Política sobre el sector.

Tema 46. Política de protección social en España. Pensiones. Protección al desempleo. Política sanitaria. Política de educación y formación continua. Política de obras públicas. Política de transportes. Política de vivienda.

Economía de la Empresa

Tema 47. Las organizaciones. Definición, tipos y teorías de la organización. Principales modelos de organización.

Tema 48. La organización estructural. Las relaciones y comunicaciones en la organización. La autoridad: Centralización o descentralización de la autoridad. La responsabilidad. Los trabajos en grupo: Ventajas e inconvenientes. Política de Recursos Humanos.

Tema 49. La empresa como organización. Marco institucional. Concepto, realidad, economía y entorno. Clases de empresas y criterios de clasificación. La empresa y el mercado.

Tema 50. La empresa pública. Objetivos de la empresa pública. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública.

Tema 51. Los objetivos de la empresa. Sistemas de dirección y gestión. Métodos matemáticos de gestión empresarial. Métodos PERT y CPM. La gestión de stocks. La planificación en la empresa y el establecimiento de objetivos.

Tema 52. Sistemas de control de la empresa. Concepto. Elementos. Principales sistemas de control. El proceso de control. El control en directo. Eficacia y eficiencia como medidas del control.

Tema 53. Las decisiones en la empresa y los sistemas de toma de decisión: Concepto y clases. El proceso de toma de decisiones. Las relaciones en la empresa. Los sistemas de información. El flujo de información y la comunicación. Manejo de la información.

Tema 54. La estructura económico-financiera de la empresa. Las fuentes de financiación de la empresa. El equilibrio financiero. Equilibrio entre inversiones y financiaciones.

Tema 55. La inversión en la empresa: Concepto y clases. Valoración y selección de proyectos de inversión. La inversión en bienes de equipo. Decisiones de renovación de equipos. La inversión en activo circulante. El efectivo.

Tema 56. La financiación de la estructura fija de la empresa: La autofinanciación. Los fondos de amortización. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento.

Tema 57. La financiación externa de la empresa: Su coste. La financiación de la empresa en los mercados financieros internacionales. La estructura financiera óptima de la empresa. El beneficio de la empresa. La relatividad del beneficio.

Tema 58. El proceso productivo. Principios y modelos de producción. El coste del producto. Mínimo de explotación y óptimo de explotación. El control de costes. El coste de los subproductos.

Tema 59. Política de producto. Evaluación de la demanda y estudios de mercado. La comercialización del producto. Política de precios. Variaciones de precios y sus efectos. La distribución del producto. Canales de distribución.

ANEXO I.2

Contabilidad

Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, fusión, absorción, escisión y disolución de empresas individuales y sociedades.

Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, ventas al contado, a crédito, a plazos, detalles, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero.

Matemáticas Financieras

Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores.

ANEXO I.3
ANEXO I.3.1

Derecho Constitucional y Administrativo

Tema 1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas. La reforma constitucional.

Tema 2. Políticas Sociales Públicas: los derechos de las personas con discapacidad; protección a los colectivos más desfavorecidos; la dependencia. Las políticas de igualdad y no discriminación. La lucha contra la violencia de género.

Tema 3. La Hacienda Pública en la Constitución española. Los principios constitucionales del derecho financiero. Los derechos y garantías de los obligados tributarios. La financiación de las Haciendas territoriales.

Tema 4. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Órganos parlamentarios. El procedimiento legislativo ordinario. La Corona. El Rey. El Defensor del Pueblo.

Tema 5. El Gobierno: Composición y funciones. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Tribunal de Cuentas.

Tema 6. El Poder Judicial: Funciones. El gobierno del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. El Tribunal Constitucional: Organización y funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional.

Tema 7. La organización territorial del Estado: Comunidades y Ciudades Autónomas. Las Entidades Locales. Los Estatutos de Autonomía. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Tipología de las normas de las Comunidades Autónomas.

Tema 8. Las Instituciones de la Unión Europea: El Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo, la Comisión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Banco Central Europeo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 9. El mercado interior: La libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Política agrícola y pesquera común. Política exterior y de seguridad común. La unión política y la unión económica y monetaria. El euro.

Tema 10. El derecho de la Unión Europea. Las fuentes del ordenamiento de la Unión Europea y su aplicación. La relación entre el ordenamiento de la Unión Europea y el de los estados miembros.

Tema 11. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley. Los decretos - leyes. La delegación legislativa. Los tratados internacionales.

Tema 12. La potestad reglamentaria: Titularidad, límites y control. El reglamento: Clases. Eficacia de los reglamentos. La inderogabilidad singular.

Tema 13. La organización administrativa. Órganos unipersonales y colegiados. La competencia y la jerarquía. Centralización, descentralización y desconcentración.

Tema 14. La Administración institucional. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las sociedades mercantiles estatales. Los demás entes públicos.

Tema 15. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La autotutela de la Administración. La responsabilidad de la Administración y sus agentes. Requisitos. Plazos de reclamación y procedimiento. El gobierno abierto, especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno. Normativa reguladora de la protección de datos personales: principios, derechos de las personas y ejercicios de los derechos.

Tema 16. El acto administrativo (I). Concepto, elementos y clases. Forma. La notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

Tema 17. El acto administrativo (II). Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa: Especial referencia a la vía de apremio. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.

Tema 18. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. Regulación. Las partes en el procedimiento administrativo: Derechos de los ciudadanos. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación. Instrucción: Especial referencia al trámite de audiencia. La terminación del procedimiento: Formas.

Tema 19. Los contratos administrativos (I). Normativa reguladora de los contratos del Sector Público. Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Órganos de contratación. El contratista: aptitud para contratar. Solvencia de los contratistas.

Tema 20. Los contratos administrativos (II). El objeto del contrato. Presupuesto base de licitación, valor estimado, el precio y su revisión. Plazo de duración. La preparación de los contratos. Procedimientos de selección del adjudicatario. La adjudicación de los contratos: criterios de adjudicación.

Tema 21. Los contratos administrativos (III). Invalidez de los contratos y recurso especial en materia de contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: organización administrativa para la gestión de la contratación: Órganos Consultivos y Registros oficiales.

Tema 22. El dominio público y el patrimonio de los entes públicos. La noción del servicio público. Los modos de gestión del servicio público.

Tema 23. La potestad sancionadora de la Administración. Fundamentos, contenido y límites. Las sanciones administrativas: Concepto y clases. El procedimiento sancionador.

Tema 24. La expropiación forzosa. Fundamento y límites. Los sujetos de la expropiación. Requisitos de la expropiación. El justiprecio. La reversión expropiatoria.

Tema 25. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos.

Tema 26. La jurisdicción contencioso–administrativa: Ámbito. Los órganos de la jurisdicción contencioso–administrativa. Las partes del procedimiento. Objeto del recurso. El procedimiento contencioso–administrativo. La sentencia. Los recursos.

Tema 27. La Administración pública y la justicia. Conflictos jurisdiccionales, conflictos de competencia, cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones.

Tema 28. La organización administrativa estatal. Principios de organización. La organización administrativa central y periférica. La administración consultiva. La Administración electrónica: Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Instrumentos para el acceso electrónico a las Administraciones Públicas: sedes electrónicas, canales y punto de acceso, identificación y autenticación. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.

Tema 29. El Ministerio de Hacienda. La Agencia Estatal de Administración Tributaria: Creación, naturaleza, objetivos y organización central y territorial.

Tema 30. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.»

ANEXO I.3.2

Hacienda Pública

Tema 1. El sector público en una economía de mercado. Delimitación, criterios de medición, importancia y evolución. La Contabilidad Nacional y el Sector Público. La Hacienda Pública. Los contenidos actuales.

Tema 2. La intervención del Sector Público en la actividad económica. Los fallos del mercado. Los fines del Sector Público. Las operaciones del Sector Público.

Tema 3. La toma de decisiones en el Sector Público. Elección social y preferencias individuales. El funcionamiento democrático. Burocracia y grupos de interés.

Tema 4. El presupuesto. Concepto y estructura. El ciclo presupuestario. Las distintas técnicas presupuestarias: Del presupuesto administrativo a las modernas técnicas de presupuestación. El presupuesto y los sistemas de planificación y control.

Tema 5. La eficiencia en el Sector Público. Producción pública y producción privada. Selección y evaluación de proyectos. Costes, beneficios y reglas de decisión.

Tema 6. La gestión pública. La gestión pública como ciencia multidisciplinar. Los fallos del Sector Público. Limitaciones de la intervención pública en la corrección de los «fallos del mercado». Empleo público: Aspectos descriptivos y mecanismos de incentivos.

Tema 7. Experiencias de reforma en la gestión pública en los países de la OCDE. Problemas de medición del «output» público. Los indicadores de actividad. Mecanismos cuasicompetitivos y de mercado: Los cuasimercados. Empresas públicas y eficiencia.

Tema 8. Relación entre equilibrio presupuestario y crecimiento y estabilidad económica. Disciplina fiscal en la Unión Europea. La reforma de la institución presupuestaria en España: Las leyes de estabilidad presupuestaria.

Tema 9. Gasto público: Teorías explicativas del crecimiento, equidad y eficiencia. Teorías explicativas del crecimiento del gasto público. Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Conceptos y técnicas de análisis.

Tema 10. Gasto público en el Estado del Bienestar (I). Gastos sociales. Bienes preferentes y equidad categórica. Gasto público en sanidad. Gasto público en educación. Gasto público en vivienda.

Tema 11. Gasto público en el Estado del Bienestar (II). Prestaciones económicas: Concepto, tipos y justificación. Sistema de pensiones: Diseño y efectos económicos. El seguro de desempleo. Los programas de lucha contra la pobreza.

Tema 12. Los ingresos públicos. Criterios de clasificación. Los precios y la empresa pública. Precios públicos y tasas. Las contribuciones especiales. El impuesto, concepto y distinciones. Distintos tipos de impuestos. Los elementos integrantes de los impuestos.

Tema 13. Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales.

Tema 14. Los costes de la imposición. Costes de eficiencia. Exceso de gravamen e imposición óptima. Costes recaudatorios. El fraude fiscal: Conceptos, efectos y condicionantes.

Tema 15. Imposición sobre la Renta de las Personas Físicas: Concepto y naturaleza. Evolución. Concepto fiscal de renta. La consideración de las distintas fuentes. Las rentas irregulares y las variaciones patrimoniales. Las rentas empresariales. Las exenciones y los gastos deducibles. La unidad contribuyente: Problemas de delimitación y alternativas en su tratamiento. Las tarifas y sus problemas. La autoliquidación. Efectos económicos y valoración actual.

Tema 16. Imposición sobre Sociedades: Concepto y características. Justificación. Base imponible: Problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen y beneficios fiscales. La incidencia del impuesto. La integración con la imposición sobre la Renta de las Personas Físicas.

Tema 17. La imposición general sobre las ventas. Concepto y clasificación. La imposición sobre el Valor Añadido: Tipología y problemas. Incidencia y valoración.

Tema 18. La imposición sobre consumos específicos. Razones justificativas. Evolución y figuras actuales. Incidencia y efectos económicos. Cuota fija versus imposición ad valorem. La imposición sobre el comercio exterior.

Tema 19. Tendencias de los modelos tributarios. Las críticas a los modelos vigentes. Las nuevas figuras impositivas: Los impuestos de ordenación, los impuestos ecológicos y la tasa sobre transacciones financieras. Las propuestas de reformas fiscales.

Tema 20. El déficit público y la Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La deuda pública: Concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit: Expansión y efecto expulsión.

Tema 21. La Hacienda multinivel. Principios del federalismo fiscal. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda internacional: La doble imposición internacional; la armonización fiscal.

Tema 22. Planificación fiscal individual y empresarial. Métodos para el análisis de la planificación fiscal: Concepto de coste de uso, tipos marginales efectivos y cálculo de tasas internas de retorno ajustadas por impuestos. Concepto de tipo impositivo anual equivalente. Aplicaciones a instrumentos de ahorro a corto y largo plazo.

ANEXO I.3.3

Sistema Financiero Español

Tema 1. La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad monetaria. Intermediarios financieros. Mercados financieros.

Tema 2. Banco de España. Órganos rectores. Funciones. Supervisión prudencial de las Entidades de crédito. Ejecución de la política monetaria. El Sistema Europeo de Bancos Centrales y el Banco Central Europeo.

Tema 3. Entidades de crédito (I). El ejercicio de la actividad de las Entidades de Crédito en el ámbito de la U.E. El control de la solvencia y el sistema de reservas mínimas. Normas de solvencia y normas de control. Los Fondos de Garantía de depósitos. Proceso de reestructuración bancaria: Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria y Sistema Institucional de Protección.

Tema 4. Entidades de Crédito (II). Los bancos. Las cajas de ahorro. Órganos de gobierno. Competencias de las CC.AA. Las Fundaciones Bancarias. Las Cooperativas de crédito. Las entidades de dinero electrónico.

Tema 5. La operativa bancaria: Préstamo bancario, apertura de cuenta de crédito y descuento bancario. El riesgo de firma: El aval y el crédito documentario. Certificados de depósito y pagarés bancarios. Cesiones temporales de activos. La compensación bancaria. El secreto bancario.

Tema 6. Otros intermediarios y auxiliares financieros. Los establecimientos financieros de crédito. Su operativa: El leasing y el factoring. Las sociedades de garantía recíproca. Las plataformas de financiación participativa. Las sociedades y fondos de capital-riesgo. Sociedades de tasación. Las agencias de calificación.

Tema 7. Instituciones de inversión colectiva. Las Sociedades y Fondos de Inversión Mobiliaria. Las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria.

Tema 8. El Texto refundido de la Ley del Mercado de Valores: Ámbito de aplicación. Concepto de valor negociable. Valores representados por medio de anotaciones en cuenta. Mercado primario. Emisión de valores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores. Empresas de servicios de inversión. Las sociedades y agencias de valores. Las sociedades gestoras de cartera. El Fondo de Garantía de Inversiones.

Tema 9. Mercados monetarios. Los mercados interbancarios. Los mercados descentralizados de valores: El mercado de deuda pública anotada, el mercado AIAF de renta fija privada. Importancia económica. Instrumentos negociados. Organización. Operativa. El mercado hipotecario: Títulos hipotecarios.

Tema 10. Mercados de capitales. Renta variable y renta fija. El mercado primario. Las ofertas públicas de venta de acciones. El mercado secundario: La Bolsa de Valores. Sistemas de contratación. El segundo mercado. Los mercados derivados. Contratos de opciones y futuros negociados.

Tema 11. Normas de contratación en los mercados secundarios oficiales. Liquidación y compensación de operaciones. Ofertas públicas de adquisición de valores. Contratos sobre valores admitidos a negociación. La comisión. La compraventa bursátil. Tipos de operaciones bursátiles: Operaciones al contado y a plazo. Operaciones a crédito. Compra de valores especiales.

Tema 12. La titulización crediticia: Noción y agentes participantes. Los fondos de titulización. La sociedad gestora de fondos de titulización.

Tema 13. Los riesgos de la actividad financiera. Concepto y clases de riesgo. Medición y control. Riesgos de los instrumentos derivados y efectos sobre los mercados de contado. Los productos derivados no negociados en mercados organizados: Depósitos forward-forward, acuerdos sobre tipos de interés futuros (FRA) y permutas financieras (Swap). Warrants. Contratos cap, floor y collar. Los productos estructurados.

Tema 14. Los mercados financieros internacionales. Los mercados de divisas. El tipo de cambio. Teorías explicativas de la determinación del tipo de cambio. Tipos de operaciones en el mercado de divisas: transacciones al contado, a plazo, permutas. Mercados crediticios internacionales: Bonos y préstamos sindicados. Otras emisiones y colocaciones internacionales. Las inversiones extranjeras en España. Inversiones españolas en el exterior. Régimen común a ambos tipos de inversiones.

Tema 15. El sector asegurador. La empresa de seguros. Condiciones para el acceso y para el ejercicio de la actividad aseguradora. Las provisiones técnicas y el capital de solvencia. El capital mínimo obligatorio. El control administrativo de la actividad aseguradora. El consorcio de compensación de seguros.

Tema 16. Los elementos principales de la operación de seguros. El contrato de seguro: Disposiciones generales. El seguro contra daños. El seguro de personas. Los planes de pensiones: Modalidades, principios básicos y régimen financiero. Los fondos de pensiones: Régimen financiero, entidades gestoras y depositarias.

ANEXO I.4

Derecho Financiero y Tributario Español

ANEXO I.4.1

Parte General y Procedimientos Tributarios

Tema 1. El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española.

Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido, estructuras presupuestarias, limitaciones y modificaciones presupuestarias.

Tema 3. El procedimiento general de ejecución del gasto público. La extinción de obligaciones con cargo a la Hacienda Pública. Los procedimientos especiales de ejecución del gasto público.

Tema 4. El control de la actividad financiera pública. El control interno y el control externo: Concepto, órganos de control, ámbito de aplicación y modalidades. El control financiero de la gestión tributaria y aduanera.

Tema 5. El derecho tributario: Concepto y contenido. Las fuentes de derecho tributario. Administración Tributaria. Las obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Los principios del ordenamiento tributario español.

Tema 6. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y criterios de sujeción a las normas tributarias. Interpretación y calificación. La integración de las normas tributarias: Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Tema 7. Los tributos. Concepto, fines y clases de tributos. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias: La obligación tributaria principal, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta, las obligaciones entre particulares, las obligaciones tributarias accesorias, las obligaciones tributarias formales y las obligaciones tributarias en el marco de la asistencia mutua. Número de identificación fiscal y obligaciones censales.

Tema 8. Los elementos de cuantificación de la obligación tributaria. La base imponible: Concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: Concepto. Garantías de la deuda tributaria. Medidas cautelares para el aseguramiento del cobro de la deuda.

Tema 9. Los obligados tributarios: Clases. Derechos y garantías. Los sujetos pasivos: contribuyente y sustituto del contribuyente. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación. Residencia y domicilio fiscal.

Tema 10. Retenedores y obligados a ingresar a cuenta. Los sucesores. Los responsables tributarios. La responsabilidad tributaria. Responsables solidarios y subsidiarios. Otros obligados tributarios.

Tema 11. La aplicación de los tributos. Los procedimientos administrativos en materia tributaria: Fases. Obligación de resolver y plazos de resolución. La prueba. Notificaciones. La denuncia pública. Las liquidaciones tributarias. La consulta tributaria. La colaboración social en la aplicación de los tributos. Carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria.

Tema 12. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (I). Funciones de gestión tributaria. Declaraciones. Autoliquidaciones. Comunicaciones de datos. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos. Procedimiento iniciado mediante declaración.

Tema 13. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (II). Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de comprobación limitada. Otros procedimientos de gestión tributaria.

Tema 14. La Recaudación (I). Características y régimen legal. Órganos de recaudación. Competencias y estructura organizativa. Facultades de la recaudación. Funciones o actuaciones de las entidades financieras en la recaudación. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales.

Tema 15. La Recaudación (II). Extinción de las deudas. Pago. Prescripción. Otras formas de extinción. Insolvencias.

Tema 16. La Recaudación (III). Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. Garantías para el aplazamiento y el fraccionamiento. El procedimiento de compensación. La compensación de oficio de deudas de Entidades Públicas. El procedimiento de deducción.

Tema 17. La Recaudación (IV). La recaudación en período ejecutivo. El procedimiento de apremio: Concepto. Concurrencia de procedimientos. Suspensión. Embargo y enajenación de bienes y derechos. El procedimiento frente a responsables y sucesores. Las tercerías. Acciones civiles y penales. Gestión recaudatoria asociada a delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando.

Tema 18. La Inspección de los tributos (I). Órganos centrales y periféricos. Funciones. Facultades. Deberes. Clases de actuaciones. Actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria. Actuaciones de valoración. Actuaciones de informe y asesoramiento. Actuaciones de comprobación e investigación. Otras actuaciones.

Tema 19. La Inspección de los tributos (II). Actuaciones y procedimiento de inspección: Iniciación y desarrollo. Objeto y alcance. Plazo. Lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Actuaciones inspectoras mediante personación en el domicilio o locales del contribuyente. Medidas cautelares. Trámite de audiencia. Disposiciones especiales: Aplicación del método de estimación indirecta y el informe preceptivo para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria y otras establecidas reglamentariamente.

Tema 20. La Inspección de los tributos (III). Documentación de las actuaciones inspectoras. La terminación del procedimiento: Tramitación de actas, órganos competentes para la práctica de liquidaciones y clases de liquidaciones derivadas de actas de inspección. Otras formas de terminación.

Tema 21. La potestad sancionadora en materia tributaria (I). Principios. Los sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias.

Tema 22. La potestad sancionadora en materia tributaria (II). El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Derechos y garantías en el procedimiento sancionador. Órganos competentes para la imposición de sanciones. Procedimiento separado. Iniciación, instrucción, audiencia a los interesados, tramitación abreviada, plazo para resolver.

Tema 23. Delitos contra la Hacienda Pública: descripción de los tipos penales de delitos contra la Hacienda Pública. La responsabilidad civil. Las liquidaciones vinculadas a delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando. El procedimiento de recuperación de ayudas de Estado.

Tema 24. Contrabando. Régimen jurídico. Carácter de la ley ordenadora de la materia. Definiciones. Delito e infracción administrativa de contrabando. Tipificación del contrabando. Valoración de los bienes. Penalidad del delito de contrabando. Responsabilidad civil. Comiso. Destino de los bienes, efectos e instrumentos decomisados. Destino de las mercancías de monopolio. Enajenación anticipada.

Tema 25. Infracciones administrativas de contrabando. Prescripción. Sanciones y Criterios de graduación. Procedimiento administrativo sancionador. La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo: especial referencia a la declaración de movimiento de medios de pago.

Tema 26. Revisión de actos en vía administrativa. Normas comunes. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas: Ámbito de aplicación, organización y competencias.

Tema 27. Las reclamaciones económico-administrativas: Los interesados en el procedimiento. La suspensión. El procedimiento general: Procedimiento en única o primera instancia, recursos en vía económico-administrativa, procedimiento abreviado.

ANEXO I.4.2

Parte Especial (I)

Tema 28. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la base imponible: métodos de estimación.

Tema 29. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (II). Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas. Ganancias y pérdidas patrimoniales.

Tema 30. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Reglas especiales de valoración. Clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del Impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Cálculo del Impuesto estatal.

Tema 31. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IV). Gravamen autonómico. Cuota diferencial. Tributación familiar. Regímenes especiales. Gestión del impuesto, declaraciones, pagos a cuenta.

Tema 32. Impuesto sobre la renta de no residentes: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Relación con los convenios para evitar la Doble Imposición. Elementos personales. Sujeción al impuesto. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

Tema 33. El Impuesto sobre el Patrimonio. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho Imponible y bienes exentos. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del Impuesto.

Tema 34. El Impuesto sobre Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Contribuyentes. Exenciones plenas y parciales. La base imponible: Concepto y regímenes de determinación. Imputación temporal de ingresos y gastos.

Tema 35. El Impuesto sobre Sociedades (II). Limitación a la deducibilidad de gastos: amortizaciones, pérdidas por deterioro del valor de los elementos patrimoniales y provisiones y otros gastos. Gastos no deducibles. Limitación a la deducibilidad de gastos financieros. Reglas de valoración.

Tema 36. El Impuesto sobre Sociedades (III). Exención para eliminar la doble imposición. Reducciones en la Base Imponible: especial referencia a la reserva de capitalización y a la compensación de bases imponibles negativas. Período impositivo y devengo del impuesto. Tipos de gravamen.

Tema 37. El Impuesto sobre Sociedades (IV). Deducciones para evitar la doble imposición internacional. Bonificaciones. Deducciones para incentivar determinadas actividades. Pago fraccionado. Retenciones e ingresos a cuenta. El índice de entidades. Obligaciones contables y registrales. Declaraciones, liquidaciones y devoluciones.

Tema 38. El Impuesto sobre Sociedades (V). Regímenes especiales: Enumeración y características básicas.

Tema 39. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria. Gestión del impuesto.

Tema 40. Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Entrega de bienes y prestaciones de servicios. Deslinde del I.V.A. con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Operaciones no sujetas.

Tema 41. Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Adquisiciones intracomunitarias de bienes: Hecho imponible, no sujeción, exenciones, lugar de realización, devengo, base imponible y sujeto pasivo. Importaciones de bienes: Hecho imponible, exenciones, devengo, base imponible y sujeto pasivo. Exenciones en las entregas intracomunitarias de bienes.

Tema 42. Impuesto sobre el Valor Añadido (III). Exenciones: Interiores, relativas a exportaciones, a operaciones asimiladas a exportaciones, a las áreas exentas y a los regímenes suspensivos. Lugar de realización del hecho imponible en operaciones interiores.

Tema 43. Impuesto sobre el Valor Añadido (IV). Operaciones interiores: Devengo del impuesto, base imponible (regla general y reglas especiales), sujeto pasivo y responsables. Repercusión del impuesto y tipos impositivos.

Tema 44. Impuesto sobre el Valor Añadido (V). Deducciones: Requisitos y limitaciones del derecho a deducir. Régimen de deducciones en sectores diferenciados de actividad. Regla de prorrata. Regularización de deducciones. Deducciones anteriores al comienzo de las actividades empresariales o profesionales. Devoluciones.

Tema 45. Impuesto sobre el Valor Añadido (VI). Regímenes especiales. Obligaciones del sujeto pasivo y gestión del impuesto.

ANEXO I.4.3

Parte Especial (II)

Tema 46. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Naturaleza y ámbito de aplicación. Transmisiones patrimoniales onerosas. Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria y reglas especiales. Operaciones societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria. Actos Jurídicos Documentados: Tributación. Disposiciones comunes a los tres gravámenes. Exenciones, comprobación de Valores. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del impuesto.

Tema 47. Los impuestos especiales (I): Naturaleza. Los impuestos especiales de fabricación: Ámbito territorial de aplicación. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Devengo. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones. Devoluciones. Bases y tipos impositivos. Repercusión. Régimen suspensivo. La figura del establecimiento en impuestos especiales. Normas generales de gestión: Inscripción en el Registro Territorial, código de actividad y establecimiento, garantías. Control de actividades y locales: El régimen de intervención. Circulación: Modalidades de circulación, documentos de circulación, obligaciones de expedidores y receptores. Infracciones y sanciones.

Tema 48. Los impuestos especiales (II). Disposiciones comunes a los impuestos especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Definiciones. Exenciones. Devoluciones. Disposiciones particulares en relación con Canarias. Impuesto sobre la cerveza: Ámbito objetivo; base imponible; tipos impositivos. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas: Ámbito objetivo; devengo; base imponible; tipos impositivos. Impuesto sobre productos intermedios: Ámbito objetivo, supuestos de no sujeción; base imponible; tipo impositivo; infracciones y sanciones.

Tema 49. Los impuestos especiales (III). Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas: Ámbito objetivo; base imponible; tipo impositivo. Régimen de destilación artesanal. Régimen de cosechero. Exenciones. Devoluciones. Normas de fabricación de alcohol y bebidas alcohólicas. Infracciones y sanciones.

Tema 50. Los impuestos especiales (IV). Impuesto sobre hidrocarburos: Conceptos. Ámbito objetivo de aplicación. Supuestos de no sujeción. Base imponible. Exenciones y bonificaciones: Gasóleo bonificado. Devoluciones. Normas particulares de gestión. Prohibiciones y limitaciones de uso. Infracciones y sanciones.

Tema 51. Los impuestos especiales (V). Impuesto sobre las Labores del Tabaco. El Impuesto Especial sobre la Electricidad. Impuesto Especial sobre el Carbón. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Disposiciones particulares en relación con Canarias, Ceuta y Melilla.

Tema 52. Los impuestos medioambientales. La imposición medioambiental en España. El impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Los impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. El impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados.

Tema 53. Sistema aduanero (I). Fuentes del derecho aduanero. Prevalencia del Derecho aduanero de la Unión sobre el derecho tributario nacional. Ámbito de aplicación del Código aduanero de la Unión. Las decisiones aduaneras. Procedimiento: fases, plazos y su forma de cómputo. La revisión de las decisiones aduaneras favorables para el interesado: suspensión, anulación, revocación y modificación. El Territorio aduanero de la Unión. Consideración de la tributación exterior en Canarias, Ceuta y Melilla. La misión de las aduanas. Los derechos aduaneros de importación y exportación. Operadores económicos: Registro. Los operadores económicos autorizados.

Tema 54. Sistema aduanero (II) Valor en aduana de las mercancías. Valor de transacción. Elementos del valor de transacción. Elementos que no deben incluirse en el valor en aduana. Métodos secundarios de valoración en aduana.

Tema 55. Sistema aduanero (III). El arancel aduanero común y la clasificación arancelaria de las mercancías. Informaciones arancelarias vinculantes. Origen de las mercancías: Origen no preferencial. Origen Preferencial de las mercancías. Prueba de origen. Informaciones vinculantes en materia de origen.

Tema 56. Sistema aduanero (IV). Deuda aduanera de importación y de exportación. Nacimiento de la deuda aduanera. Los deudores. La Representación aduanera. Pluralidad de deudores. Lugar de nacimiento de la deuda aduanera. Reglas generales y especiales para el cálculo del importe de los derechos de importación o de exportación. Garantías de la deuda aduanera. Notificación y contracción. Pago: plazos, facilidades de pago e intereses de crédito y mora. Extinción de la deuda aduanera. Devolución y condonación.

Tema 57. Sistema aduanero (V). Introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión. Declaración sumaria de entrada. Presentación, descarga y examen de las mercancías. Depósito temporal de las mercancías: régimen jurídico, plazos y lugares. Estatuto de las mercancías. Inclusión de las mercancías en un régimen aduanero. La declaración aduanera: modalidades y simplificaciones. Presentación de una declaración en aduana previa a la presentación de la mercancía. Anulación y rectificación de declaraciones aduaneras. Despacho centralizado. Control de mercancías: gestión de riesgos y controles aduaneros. Comprobación de una declaración en aduana. Control posterior al levante. Liquidación de la deuda aduanera. Conservación de documentos y datos. La asistencia mutua aduanera.

Tema 58. Sistema Aduanero (VI). Formalidades previas a la salida de las mercancías del territorio aduanero de la Unión. Formalidades de salida de las mercancías. Exportación de mercancías de la Unión. Reexportación de mercancías no pertenecientes a la Unión. Declaración sumaria de salida: presentación, rectificación e invalidación. Notificación de reexportación: presentación, rectificación e invalidación.

Tema 59. Sistema Aduanero (VII). Despacho a libre práctica y exención de derechos de importación. Regímenes especiales: Disposiciones comunes. Tránsito: Tránsito externo e interno.

Tema 60. Sistema aduanero (VIII). Depósito: Disposiciones comunes. Régimen de depósito: Depósito aduanero y Zonas francas. Régimen de destinos especiales: Importación temporal y destino final. Régimen de Perfeccionamiento: Perfeccionamiento activo y Perfeccionamiento pasivo. Abandono y destrucción.

Tema 61. Las tasas: Concepto, principios, hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, responsables, gestión y liquidación. Principales tasas establecidas. Los precios públicos. Los aranceles de los funcionarios públicos.

Tema 62. La financiación de las Comunidades Autónomas: Principios y recursos financieros. Mención especial del régimen de tributos cedidos y de la corresponsabilidad fiscal. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: País Vasco y Navarra. Especialidades del régimen tributario de estas Comunidades y su relación con el régimen tributario general. El régimen económico fiscal de Canarias. Peculiaridades de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Tema 63. La financiación de las Haciendas Locales. Recursos financieros de las Haciendas Locales. Examen especial del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La gestión catastral.

ANEXO II
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones generales y las siguientes instrucciones particulares (algunos de esos campos pueden estar cumplimentados):

En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado», código 0011.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará «Sin Especialidad».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se optará por una de las siguientes claves (Es muy importante verificar la forma de acceso elegida antes de firmar y enviar el formulario):

«L»: Acceso libre.

«P»: Promoción interna: sólo personal funcionario del Cuerpo Técnico de Hacienda.

«R»: Promoción interna: personal funcionario del resto de Cuerpos o Escalas del subgrupo A2.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignarán las siglas «AEAT», código TB.

En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la provincia de su preferencia para realizar el examen, si bien la provincia o provincias de examen, se determinarán por el Tribunal en virtud de la habilitación establecida en la base 12.13 de esta convocatoria, estando prevista inicialmente la realización de los ejercicios en la sede de Madrid.

En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el grado de discapacidad que tengan acreditado. La mera indicación del grado de discapacidad no será expresiva de la voluntad de la persona aspirante de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad, para lo cual deberán indicarlo necesariamente en la casilla 22.

En el recuadro 22, las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo marcando esta casilla.

En el recuadro 23 las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Si solicita adaptación debe anexarse a la instancia el Dictamen Técnico Facultativo en el plazo de inscripción.

En el recuadro 24 las personas aspirantes que invoquen la condición de discapacidad o de familia numerosa indicarán la Comunidad Autónoma que se la ha reconocido.

En el recuadro 25 las personas aspirantes que invoquen la condición de familia numerosa indicarán el número del título correspondiente.

En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener.

En el apartado de «Exigido en la convocatoria», se seleccionará, de entre las opciones que se muestran, la más adecuada a la titulación académica que posee la persona aspirante y, en el apartado de «Otros títulos oficiales» se consignará, si la tuviera, otra titulación oficial. La persona aspirante debe estar en posesión de la titulación académica en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias o estar en condiciones de obtenerla en esa misma fecha. Se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han superado todos los requisitos para solicitar y obtener el título correspondiente.

En el recuadro 27 «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», se consignará:

En el apartado A) Cuerpo o Escala de procedencia.

En el apartado B) Idioma elegido. Debe consignarse la opción que proceda teniendo en cuenta el idioma y la forma de realización de la prueba elegidos: Prueba escrita presencial o presentación de alguno de los títulos indicados en el anexo V de esta resolución. Si se opta por la acreditación del nivel de idioma mediante la presentación de título, debe anexarse el mismo a la instancia en el plazo de inscripción. En el caso de no consignar idioma y forma de realización, se entenderá que la persona aspirante opta por inglés en la modalidad presencial.

En el apartado C) Se consignará si desea ejercer el derecho a la reserva de calificación generada en convocatorias anteriores.

En el recuadro «Causas exención/reducción tasa» se consignará, si procede, la causa de exención o de bonificación de tasas.

ANEXO III
Certificado de requisitos y méritos de las pruebas selectivas de acceso, por promoción interna, al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado

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ANEXO IV
Modelo de Conformidad

(Nombre y apellidos)

Yo, ________________________________________ (nombre y apellidos), con NIF _________________.

Presto mi conformidad con los datos obrantes en las bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el Registro Central de Personal a los efectos de lo previsto en la base 9.4 de la Resolución de ___ de _______________ de _____, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, como únicos méritos a valorar en la fase de concurso de dicho proceso.

Fecha y firma

ANEXO V
Certificados acreditativos de idioma

Para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que se hayan obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria:

 – Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

First Certificate of English: B2.

Advanced: C1.

Proficiency: C2.

Linguaskill B2: B2.

Linguaskill C1: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS):

TOEFL Ibt. Calificación total 72-94: B2.

TOEFL Ibt. Calificación total 95-120: C1.

TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.

TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council:

Overall CEFR Grade B2, B2.

Overall CEFR Grade C, C1.

Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.

Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

Certificado B2, B2.

Certificado C1, C1.

– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Superieur (CLES), Inglés:

CLES 2, B2.

CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC):

TELC B2, B2.

TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

Integrated Skills in English II, B2.

Integrated Skills in English III, C1.

Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

Nivel 3, B2.

Nivel 4, C1.

Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

General, Level 3, B2.

General, Level 4, C1.

General, Level 5, C2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

IELCA General CEF B2, B2.

IELCA General CEF C1, C1.

IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

Advanced, B2.

AcCEPT/Proficiency, C1.

Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

Communicator B2, B2.

Expert C1, C1.

Mastery C2, C2.

Para la modalidad de acreditación del conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que se hayan obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria:

– Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Centre International d’Études Pédagogiques:

DELF B2, B2.

DALF C1, C1.

DALF C2, C2.

– Alliance Française:

Diplôme de Langue Française (DLS), B2.

Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS), C1.

Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF), C2.

– The European Language Certificates (TELC):

TELC B2, B2.

– Educational Testing Service (ETS):

TFI (Test de Français International) (compréhension orale/écrite) Certificado B2, B2.

TFI (Test de Français International) (compréhension orale/écrite) Certificado C1, C1.

Para la modalidad de acreditación del conocimiento de alemán mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que se hayan obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria:

– Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Certificados Goethe-Institut:

Goethe-Zertifikat B2.

Goethe-Zertifikat C1 o Goethe-Zertifikat C2: Grosses Deutsches Sprachdiplom (GDS).

– Österreichisches Sprachdiplom Deutsch (ÖSD):

ÖSD B2 Mittelstufe Deutsch (MD).

ÖSD C1 Oberstufe Deutsch (OD), y ÖSD C2 Wirtschaftssprache Deutsch (WD).

– The European Language Certificates (TELC):

TELC Deutsch B2, B2.

TELC Deutsch C1, C1.

ANEXO VI
Órgano de selección

El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:

Tribunal titular 1

Presidente: Ignacio Corral Guadaño, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretaria: María Inmaculada Repilado Grillo, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Vocales:

Tomás Merola Macanás, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Francisco Javier Martínez Picado, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Raquel Lagares Manzano, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Ana de Jesús Moreno Hass, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

Raúl de Miguel Campanero, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Francisco Javier Rodríguez Aparicio, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

María del Monte Carmelo García López, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Tribunal suplente 1

Presidente: Antonio Montero Domínguez, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretaria: Delia Torés Moya, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

María Ángela Villanueva Viguer, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Pedro José Lafuente Cubillo, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Teresa Cirujano Campano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Jaime Beca González, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

José Manuel Tránchez Martín, Cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

Mario Maza Millán, Cuerpo de Abogados del Estado.

Violeta Medina Tortolero, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

En caso de ausencia del Presidente del Tribunal Titular y Suplente 1 ejercerá las funciones de Presidente el vocal Tomás Merola Macanás.

Tribunal titular 2

Presidente: Francisco Javier García Berrocal, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretaria: Noelia Medianero Abad, Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Vocales:

Isabel López Gálvez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

María Belén Bretaña Cid, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Silvia Gutiérrez García, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Alberto Zapico Alonso, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Rubén Flores Oliver, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Pablo Ortega Sánchez de Lerin, Cuerpo de Abogados del Estado.

Iván Vandellos Escutia, Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera.

Tribunal suplente 2

Presidenta: Marta López Martín, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretario: Óscar Gómez Fernández, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales:

Clara Rabadán Muñoz, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

Emilio Fernández Fernández, Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Víctor Santiago García Calle, Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

José Luis Adriaensens Cárdenas, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Marta Ganado López, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Mónica María Gómez Vázquez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Luis Mena González, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

En caso de ausencia del Presidente/a del Tribunal Titular y Suplente 2 ejercerá las funciones de Presidente el vocal Luis Mena González.

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