La Conferencia Sectorial de Formación Profesional para personas trabajadoras, en su reunión de 27 de noviembre de 2025 ha aprobado la modificación del Acuerdo de Conferencia Sectorial de 15 de octubre de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la Formación Profesional para personas trabajadoras, vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales en el ejercicio presupuestario 2025 por importe de 867.284.490 euros.
Para general conocimiento, esta Secretaría General de Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 14 de diciembre de 2025.–La Secretaria General de Formación Profesional, Esther Monterrubio Ariznabarreta.
Por Acuerdo de 15 de octubre de 2025 de la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para Personas Trabajadoras, ha sido aprobada la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la Formación Profesional para personas trabajadoras, vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales en el ejercicio presupuestario 2025, por importe de 867.284.490 euros. No obstante, en aplicación del artículo 86.2 regla sexta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el importe total a transferir a las CCAA ha ascendido finalmente a 683.741.759,44 euros.
Además, en el mencionado Acuerdo se establece que las CC.AA. deberán haber comprometido el gasto correspondiente a las actuaciones que vayan a desarrollar en el marco del mismo, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2, regla tercera de la Ley 47/2023, de 26 de noviembre, cumpliendo además con las siguientes condiciones (…)».
Con el fin de facilitar la correcta planificación y ejecución de las actuaciones financiadas, teniendo en cuenta que el Sistema de Formación Profesional avanza hacia una integración para crear una única oferta acreditable, certificable y accesible, tanto para la formación que se lleva a cabo en los centros públicos de formación profesional, centros integrados del sistema educativo y centros de referencia nacional con el calendario asociado al funcionamiento de estos centros, como en aquéllos que imparten exclusivamente formación para personas trabajadoras, se considera que se han de adaptar los plazos para posibilitar las actuaciones en todos los centros que forman parte del Sistema de Formación Profesional, teniendo igualmente en cuenta las particularidades de los procedimientos administrativos autonómicos y el adecuado ritmo de ejecución de estos fondos afectados, manteniéndose el reparto territorial y el resto del contenido de dicho Acuerdo. Por lo tanto, se hace necesario modificar el apartado «COMPROMISO DE COLABORACIÓN» del Acuerdo en lo relativo al plazo de que disponen las comunidades autónomas para comprometer el gasto correspondiente a las actuaciones a desarrollar en el marco del mismo, ampliándolo hasta el 30 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera, apartado cinco de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2025, con carácter previo al acuerdo de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, se ha recibido en fecha 30 de octubre de 2025, el informe (preceptivo y vinculante) favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Consejo de Ministros en su reunión celebrada el día 4 de noviembre de 2025, acuerda:
Modificar el Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de julio de 2025, por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la Formación Profesional para personas trabajadoras, vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales en el ejercicio presupuestario 2025, por importe de 867.284.490 euros, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para Personas Trabajadoras, en el apartado «COMPROMISO DE COLABORACIÓN» de su anexo, cuyos dos primeros párrafos quedan redactados en los términos siguientes:
«COMPROMISO DE COLABORACIÓN
Las CC.AA. deberán haber comprometido el gasto correspondiente a las actuaciones que vayan a desarrollar en el marco del presente acuerdo, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2, regla tercera de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, cumpliendo además con las siguientes condiciones:
a) La oferta formativa estará dirigida a las necesidades del mercado laboral en relación con las acciones vinculadas al CNECP y acreditables en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
b) Será elegible la totalidad de la acción formativa ejecutada cuyo contenido esté vinculado al CNECP en, al menos, un 75% de las horas de formación, en el que podrán incluirse acciones correspondientes a competencias clave. Asimismo, podrá imputarse hasta un máximo del 25% de horas, otros módulos o contenidos de formación no referidos al CNECP.
c) No están incluidas en esta distribución las actuaciones financiadas con cargo a créditos del Servicio Público de Empleo Estatal.
Asimismo, las CC.AA. deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de estos por los perceptores finales. Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en la regla séptima del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, no más tarde del 30 de septiembre de 2026 las CC.AA. remitirán al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, un estado de ejecución indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General del Estado desde las que se realizan las transferencias de crédito. La información será puesta en conocimiento de la Conferencia Sectorial y tenida en cuenta en la adopción de los siguientes acuerdos de distribución de fondos.»
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