El 14 de noviembre de 2025, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Pontevedra remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que formulaba propuesta de nombramiento de Fiscal Delegada de la especialidad de lo Social de dicha Fiscalía a la Ilma. doña María del Mar López Esteban.
Hechos
Con motivo de la falta de nombramiento de fiscal Delegado de la Especialidad de lo Social en la Fiscalía Provincial de Pontevedra, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. La única solicitante fue la Ilma. doña María del Mar López Esteban.
La propuesta de. doña María del Mar López Esteban ha sido elevada por el Fiscal Jefe Provincial, destacando su dedicación y formación técnica dado que ya despacha los procedimientos propios de la especialidad.
El Fiscal Jefe de la Sala IV del Tribunal Supremo no formuló objeción alguna a su designación, considerando a la Sra. López Esteban persona idónea para dicho cargo. El Consejo Fiscal no ha manifestado objeción alguna a la propuesta (artículo 3.4 RD 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:
Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Pontevedra está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata propuesta.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
Nombrar a doña María del Mar López Esteban Fiscal delegada de la especialidad de lo Social de Fiscalía Provincial de Pontevedra.
Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado» y notifíquese al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Pontevedra, que lo trasladará a la Fiscal interesada, y al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Cumpliméntese lo acordado en sus estrictos términos.
Madrid, 10 de diciembre de 2025.–La Fiscal General del Estado, P. S. (Ley 50/1981, de 30 de diciembre), la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde.
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