Visto el expediente de indulto de doña Magdalena Vargas Salazar, condenada por la Audiencia Provincial de Badajoz, Sección Tercera, con sede en Mérida, en sentencia de 2 de febrero de 2024, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por todo el tiempo de la condena y pena de multa de 4.509,14 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de sesenta días de prisión para caso de impago de la multa, por hechos cometidos en el año 2023, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendidas las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2025,
Vengo en conmutar a doña Magdalena Vargas Salazar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado el 23 de diciembre de 2025.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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