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Documento BOE-A-2025-26465

Orden EFD/1505/2025, de 16 de diciembre, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Comunitat Valenciana, se retrotraen los efectos del nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas a doña Judit Pastor Pastor.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2025, páginas 174486 a 174487 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2025-26465

TEXTO ORIGINAL

La Consejería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Comunidad Valenciana, por Resolución de 27 de noviembre de 2025, («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 5 de diciembre), en ejecución de firmeza de la sentencia 358/2025, de 20 de mayo de 2025, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el procedimiento ordinario número 827/2022, propone la retroacción de los efectos administrativos y económicos del nombramiento, como funcionaria en prácticas, de doña Judit Pastor Pastor, con documento nacional de identidad ***2932**, al 1 de septiembre de 2019, en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, en la especialidad de Piano.

A consecuencia de lo anterior, por Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Personal Docente de la citada consejería, se modifica la Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la referida Dirección General, por la que se aprueba el expediente del proceso selectivo a cuerpos docentes convocado por la Orden 7/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, respecto de las personas aspirantes pendientes de llevar a cabo la fase de prácticas («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 22 de diciembre de 2021), en el sentido de retrotraer la fecha de efectos económicos y administrativos de la propuesta de nombramiento y la expedición del correspondiente título de personal funcionario de carrera, de doña Judit Pastor Pastor, a 1 de septiembre de 2020.

Teniendo en cuenta que con anterioridad a que se dictara la citada sentencia, doña Judit Pastor Pastor había superado el mencionado proceso selectivo convocado por Orden 7/2019, de 28 de febrero («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 4 de marzo), publicada mediante Resolución de 4 de marzo de la Dirección General de Centros y Personal Docente en el «Boletín Oficial del Estado» de 21 de marzo, siendo nombrada funcionaria de carrera del citado cuerpo y especialidad, por Orden EFP/55/2022, de 27 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero).

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de Comunidad Valenciana.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Retrotraer a 1 de septiembre de 2020, los efectos del nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad: Piano, de doña Judit Pastor Pastor, por ser esta la fecha de efectos del nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que resultaron seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden 7/2019, de 28 de febrero.

Segundo.

Considerar, por tanto, a doña Judit Pastor Pastor, con número de registro personal ***2932*68 A0594, documento nacional de identidad ***2932** y una puntuación global de 6,6542 puntos, ingresada en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, en la especialidad de Piano, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2020.

Tercero.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 16 de diciembre de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.

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