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Documento BOE-A-2025-25552

Resolución de 7 de octubre de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del «Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación» (BSC-CNS), ejercicios 2015 a 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de diciembre de 2025, páginas 164563 a 164664 (102 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2025-25552

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 7 de octubre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del «Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación» (BSC-CNS), ejercicios 2015 a 2022, acuerda:

1. No asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización del «Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación» (BSC-CNS), ejercicios 2015-2022.

2. No mostrar su acuerdo con los hechos narrados en el Informe de fiscalización del «Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación» (BSC-CNS), ejercicios 2015-2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.

3. Instar al Gobierno a:

– Adoptar la metodología presupuestaria del Presupuesto en Base Cero con el objetivo de proporcionar mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, ofrecer mayor información en la toma de decisiones y colaborar en la consecución del objetivo de reducción del déficit público.

– Revisar, a través de todos los órganos directivos a su alcance, el uso que se ha dado por parte de su equipo directivo al Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación.

– Tomar, a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, las medidas que sean necesarias para esclarecer las causas y los hechos acaecidos en 2022 sobre contratación irregular, por las que está siendo investigado el Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación por la Fiscalía Europea.

– Tomar, a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, las medidas que sean necesarias para esclarecer el uso de más del millón de euros que se hizo de las tarjetas Visa por parte de los directivos del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, conforme al informe del Tribunal de Cuentas.

4. Instar a las administraciones competentes a:

– Adoptar las medidas que sean necesarias para que el Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación tenga una autosuficiencia financiera de tal modo que se desplieguen los mecanismos adecuados para que otras entidades privadas puedan aportar fondos para el sostenimiento y desarrollo de la entidad.

5. Instar al Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación a:

– Fortalecer el sistema de control interno, a efectos de superar las deficiencias contables, de legalidad y de gestión expresadas en el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

– Elaborar un diagnóstico riguroso de las necesidades de personal para el cumplimiento de las funciones ordinarias del citado consorcio, aprobándose al efecto por el Consejo Rector un instrumento formal de gestión de personal por vinculación jurídica, categorías y funciones, que sirva de referencia para la identificación, por un lado, de las necesidades estructurales de recursos humanos del consorcio, conforme a una programación adecuada y, por otro lado, para evitar el incumplimiento de la finalidad y requisitos de los contratos temporales.

– Elaborar y aprobar instrumentos formales de planificación estratégica operativa y establecer un sistema de información adecuado sobre la gestión de las infraestructuras y sobre la gestión y resultados de los proyectos de investigación, que sirva de soporte para la elaboración sistemática de informes y memorias de gestión y que permitan apreciar rigurosamente la eficacia y eficiencia en la operativa del consorcio.

– Intensificar las actuaciones encaminadas a favorecer el cumplimiento de las disposiciones y el espíritu de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

– Actualizar la página web del consorcio para garantizar el cumplimiento de los requerimientos de información prescritos por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

– Modificar el convenio de creación del consorcio y sus estatutos, al objeto de:

● Acomodar los fines del consorcio a la realidad de su actividad.

● Determinar de modo cierto el importe y el sistema de materialización de las aportaciones a cargo de la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC), en su caso, mediante transferencias corrientes y de capital, descartando el uso de la figura de las aportaciones en especie.

– Revertir la situación de dependencia de facto del consorcio con respecto a la Universidad Politécnica de Cataluña, adoptando acuerdos que garanticen la independencia, autonomía y buen gobierno del BSC-CNS, conforme a su naturaleza jurídica de organismo del sector público estatal.

– Fortalecer el ejercicio de las competencias del Consejo Rector en la dirección del consorcio, mediante una mayor implicación en decisiones y el eficaz ejercicio de sus competencias de control interno.

– Elaborar y aprobar instrumentos formales de planificación estratégica y operativa, en especial el plan de actuación que requiere la Ley 40/2015.

– Realizar de forma correcta el inventario, de forma que se eviten infravaloraciones de los activos que implican que el resultado contable no sea el correcto.

– Seguir el criterio de devengo y no el de caja, buscando la imagen fiel, evitando así la reformulación de cuentas anuales.

– Analizar la amortización fiscal y contable de los bienes de Inmovilizado evitando que se amorticen durante más ejercicios de los permitidos, pues el error contable es bastante significativo.

– Evitar el encadenamiento de contratos menores como se ha venido haciendo hasta ahora.

– Limitar el uso de tarjetas de crédito al Director y resto de personas que utilizan las mismas, frenando el despilfarro existente. Y de hacerlo, justificar hasta el último céntimo pagado con las tarjetas a nombre del Consorcio.

– Conciliar exhaustivamente todos los movimientos bancarios, pues existe un descontrol total y absoluto.

– Analizar todas las subvenciones recibidas, en especial las de la Unión Europea, contabilizándolas adecuadamente, además de ser consecuentes con su finalidad.

– Establecer un criterio de selección para cubrir vacantes de personal, evitando que el consorcio sea un chiringuito de colocación sin criterio de acceso alguno.

– Analizar los gastos de viaje, evitando despilfarros reiterados e injustificados.

– Manifestar por qué, desde la constitución del Consorcio, el director permanece en su cargo, dando la debida explicación de por qué es así.

6. Instar al Consejo Rector del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación a:

– Promover la modificación del convenio de creación del Consorcio, y de sus estatutos, al objeto de acomodar los fines del consorcio a la realidad de su actividad.

– Promover la modificación del convenio de creación del consorcio, al objeto de determinar de modo cierto el importe y el sistema de materialización de las aportaciones a cargo de la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC), estableciendo unos procedimientos adecuados a la valoración, control y seguimiento de dichas aportaciones.

– Revertir la situación de dependencia de facto del consorcio con respecto a la Universidad Politécnica de Cataluña, adoptando acuerdos que garanticen la independencia, autonomía y buen gobierno del BSC-CNS, conforme a su naturaleza jurídica de organismo del sector público estatal.

– Promover antes las respectivas Administraciones la modificación del convenio de creación del consorcio, y sus estatutos, al objeto de acomodar los fines del consorcio a la realidad de su actividad.

Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.

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