De conformidad con lo establecido en los artículos 6, apartado a), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de consejeros y consejeras, nombrados por la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, a propuesta de las organizaciones sindicales con mayor representatividad.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1.d) del referido Real Decreto, los consejeros perderán su condición de miembros del Consejo Escolar del Estado por revocación del mandato conferido por las organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo regulado en la norma indicada, a propuesta de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), dispongo:
El cese, por el grupo del profesorado de la enseñanza pública, del siguiente representante, agradeciéndole los servicios prestados:
Titular: Don Jorge Hierro Tobalo.
El nombramiento, por el mismo grupo del profesorado de la enseñanza pública, de forma correspondiente al cese reseñado en el apartado anterior del siguiente representante:
Titular: Don David Martínez Ruiz.
El mandato del consejero nombrado por la presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal en la que habría de cesar el consejero en cuyo lugar se le nombra, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7.2 y 10.1 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
Madrid, 5 de diciembre de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.
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