La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Banco Santander, SA, han suscrito con fecha 26 de noviembre de 2025, una adenda por la que se procede a la prórroga del convenio firmado el 13 de diciembre de 2024 para el establecimiento de una colaboración académica institucional, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 28 de noviembre de 2025.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Francisco Javier Wengel Sánchez.
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Andradas Heranz, Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante, la «UIMP»), entidad con domicilio social en Isaac Peral 23, 28040 Madrid y NIF Q2818022B, actuando en nombre y representación de la misma y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas por razón de su cargo, para el que fue nombrado por Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, en virtud del artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, doña Susana García Espinel, Directora de Santander Universidades España del Banco Santander SA (en lo sucesivo, el «Santander»), entidad con domicilio social en Santander, paseo de Pereda números 9-12 y NIF 39000013, actuando en nombre y representación del mismo y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas en virtud de escritura otorgada el día 19 de julio de 2017, ante el Notario de Santander don Juan de Dios Valenzuela García, con el número 1.746 de su protocolo.
Ambas partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen mutuamente capacidad legal, suficiente y necesaria, para la firma del presente documento y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que la UIMP y el Santander suscribieron un convenio con fecha 13 de diciembre de 2024 (en adelante, el «convenio») con el objeto de colaborar en el desarrollo de proyectos encaminados a reforzar la calidad de la docencia impartida, a contribuir a la excelencia de su actividad investigadora, a promover la transferencia de los resultados de investigación, a mejorar la eficiencia de su gestión académica, a facilitar el acceso a programas de formación continuada, a reforzar su proyección internacional y, en general, a elevar la oferta y nivel de servicios culturales y académicos, y de cualquier otro tipo, prestados a la comunidad universitaria.
II. Que las partes acordaron que el convenio permanecería vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Con anterioridad a su finalización inicial, las partes, mediante acuerdo expreso, podrían prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2026, mediante la correspondiente adenda de prórroga, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente.
Se estableció, asimismo, en la cláusula sexta del convenio, la cuantía de la aportación económica anual de Santander a favor de la UIMP, fijada en 100.000 euros.
III. Que, a la vista de lo anterior, las partes han acordado ejercer la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 prevista en el convenio.
A dicho objeto, las partes firman la presente adenda al convenio, que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Las partes acuerdan ejercer la prórroga prevista en el convenio firmado entre las mismas el 13 de diciembre de 2024 para el establecimiento de una colaboración institucional, de tal forma que permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Una vez firmada, la presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda, en las fechas que se indican más abajo. Se tomará como referencia de fecha de formalización de la adenda la de la última firma.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz, 26 de noviembre de 2025.–Por Banco Santander, SA, Susana García Espinel, 25 de noviembre de 2025.
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