Por Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, se dispone la publicación del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla, adoptaron el mencionado acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que, la participación de las personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de preferencia y siempre que reúnan los requisitos de participación exigidos en cada convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, a las que opten de aquellas que hayan sido convocadas por las administraciones educativas firmantes.
Así mismo, la novena disposición del mismo indica que, los recursos contra las resoluciones definitivas de los concursos de méritos deberán presentarse ante la Administración educativa en la que se haya presentado la solicitud de participación.
De acuerdo con esta normativa, la entonces Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, («Boletín Oficial de La Rioja» del 17), convocó procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos, a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, procedimiento por el cual participó don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, con Documento Nacional de Identidad ***6122**.
Por Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Gestión Educativa, de la citada Consejería de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se aprueban las puntuaciones definitivas del baremo de méritos, en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos, convocado por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, en cuyo listado, el señor Guerra Sánchez de la Nieta obtiene una puntuación total de 10,5000 puntos por el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Lengua Castellana y Literatura.
Asimismo, por Resolución de 28 de julio de 2023 de la Consejería de Educación y Empleo, se declaran las personas que han superado los mencionados procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización, por cuerpos y especialidades, no obteniendo el señor Guerra Sánchez de la Nieta plaza en la Comunidad autónoma de La Rioja, pero siendo seleccionado en función de la baremación obtenida, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que había sido consignada por el participante en su solicitud en cuarto lugar.
Por Resolución 81/2024, de 22 de agosto («Boletín Oficial de La Rioja» del 26), de la ahora Consejería de Educación y Empleo de la citada Comunidad Autónoma, se aprueba el expediente del procedimiento selectivo de ingreso, por el sistema excepcional de concurso de méritos, convocado por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, y se propone al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes el nombramiento, como personal funcionario de carrera de los aspirantes seleccionados. En el listado adjunto a la Resolución, el señor Guerra Sánchez de la Nieta no figura relacionado.
Por su parte, la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Cantabria por Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre («Boletín Oficial de Cantabria» del 18), convocó procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos docentes, por el sistema excepcional de méritos, al amparo de lo dispuesto en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de dicha Comunidad Autónoma, por Orden EDU/29/2023 de 2 de octubre («Boletín Oficial de Cantabria» del 9), aprueba el expediente del procedimiento extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos, y declara a los aspirantes relacionados en el anexo a esa Orden, como seleccionados en el procedimiento convocado por Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre, en cuyas listas definitivas de seleccionados figura el señor Guerra Sánchez de la Nieta por el cuerpo y especialidad antes referido.
Mediante Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» del 15), a propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a los seleccionados en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre. El señor Guerra Sánchez de la Nieta, aparece relacionado en el anexo I, en Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad: Lengua Castellana y Literatura, por lo que es nombrado funcionario de carrera por ese cuerpo y especialidad.
Con anterioridad al citado nombramiento, don Javier Guerra Sánchez de la Nieta había interpuesto recurso de alzada contra la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Gestión Educativa, de la citada Consejería de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al considerar que existía error en la baremación de los méritos presentados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre.
La Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en ejecución de la sentencia n.º 123/2025, de 25 de abril, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el procedimiento ordinario n.º 266/2023, contra la Resolución de 16 de octubre del 2023 dictada por el Consejero de Educación y Empleo por la que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto por don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, frente a la Resolución del Director General de Gestión Educativa de 10 de mayo de 2023, incluye, mediante Resolución de 22 de octubre de 2025, a don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, en la lista definitiva de personas seleccionadas en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, para el ingreso mediante concurso de méritos, al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Lengua Castellana y Literatura y una nueva puntuación total de 11,5000 puntos, derivando esta nueva puntuación el derecho del señor Guerra Sánchez de la Nieta, a ser declarado como aspirante seleccionado en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Por todo lo que antecede, dentro del escenario de colaboración coordinada entre Administraciones, y teniendo en cuenta que el nombramiento como funcionario de carrera en un mismo cuerpo docente debe ser único, se debe proceder a la modificación del anexo de la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, en el sentido de excluir a don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, para proceder a su nombramiento como funcionario de carrera del citado cuerpo, por la Administración educativa que corresponde.
A tal efecto, en ejecución de la precitada sentencia, la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante Resolución de 10 de noviembre de 2025 de la Dirección General de Personal Docente, modifica la Resolución de 15 de junio de 2023, por la que se publicaron las listas definitivas de seleccionados en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, convocado por la Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre, excluyendo a don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, como seleccionado en la especialidad Lengua Castellana y Literatura.
A su vez, por Orden EDU/105/2025, de 11 de noviembre («Boletín Oficial de Cantabria» del 17), se modifica la precitada Orden EDU/29/2023, de 2 de octubre, que aprueba el expediente para el nombramiento de funcionarios de carrera de varios cuerpos docentes, en el sentido de excluir al señor Guerra Sánchez de la Nieta de la propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
En virtud de lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:
Proceder a la modificación, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023, del anexo de la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 40, del 15 de febrero de 2024, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a los seleccionados en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre, eliminando del listado lo siguiente:
En la página 18300, en la Especialidad: 004 Lengua Castellana y Literatura:
« ****122046 A0590 Guerra Sánchez de la Nieta, Javier. *****1220 01 10,5000.»
Proceder a la modificación, del anexo de la Orden EFD/1114/2024, de 8 de octubre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, del 15 de octubre de 2024, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, a las personas seleccionadas en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, en el sentido de incluir a don Javier Guerra Sánchez de la Nieta, con Documento Nacional de Identidad ***6122**, Número de Registro Personal ***6122*13 A0590, turno 01 y puntuación total 11,5000, en el listado de funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Lengua Castellana y Literatura, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 2 de diciembre de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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