El Consejo de Ministros, en su reunión de 25 de noviembre de 2025, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento del citado precepto,
Esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo, como anexo a la presente resolución.
Madrid, 27 de noviembre de 2025.–El Secretario General de Universidades, Francisco García Pascual.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la memoria que las universidades presenten para su verificación.
Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Grado. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, procede elevar a Consejo de Ministros el acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 25 de noviembre de 2025, acuerda:
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se declara el carácter oficial de los títulos de Grado que se relacionan en el anexo del acuerdo.
Estos títulos tienen carácter oficial y son válidos en España, cuentan con efectos académicos y administrativos, y en el caso de que así resulte de la normativa aplicable, habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones reguladas.
Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legal y reglamentariamente establecidos.
De conformidad con el artículo 27.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, el Rector o la Rectora de la respectiva universidad ordenará la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la comunidad autónoma que corresponda.
Los títulos universitarios oficiales objeto del acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.
Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.
Por la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.
Universidad Alfonso X el Sabio Mare Nostrum
1500560 Graduado o Graduada en Analítica de Negocios.
1500565 Graduado o Graduada en Biomedicina.
1500548 Graduado o Graduada en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
1500556 Graduado o Graduada en Computación e Inteligencia Artificial.
1500555 Graduado o Graduada en Diseño de Videojuegos.
1500526 Graduado o Graduada en Enfermería.
1500522 Graduado o Graduada en Farmacia.
1500558 Graduado o Graduada en Fisioterapia.
1500557 Graduado o Graduada en Nutrición Humana y Dietética.
1500518 Graduado o Graduada en Odontología.
Universidad del Atlántico Medio
1500592 Graduado o Graduada en Ingeniería Matemática.
1500098 Graduado o Graduada en Traducción e Interpretación.
Universidad Europea de Andalucía
1500530 Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.
1500520 Graduado o Graduada en Biomedicina.
1500523 Graduado o Graduada en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
1500533 Graduado o Graduada en Fisioterapia.
1500519 Graduado o Graduada en Ingeniería Informática.
1500549 Graduado o Graduada en Maestro/a en Educación Infantil.
1500525 Graduado o Graduada en Maestro/a en Educación Primaria.
1500532 Graduado o Graduada en Marketing.
1500524 Graduado o Graduada en Odontología.
1500521 Graduado o Graduada en Psicología/Bachelor in Psychology.
Universidad Europea de Canarias
1500585 Graduado o Graduada en Analítica de Negocios.
Universidad San Jorge
1500603 Graduado o Graduada en Educación Social.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid