Las entidades Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave P0295, y Hermandad Nacional de Arquitectos, Arquitectos Técnicos y Químicos, Mutualidad de Previsión Social, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave P3028, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión total de cartera en virtud de la cual la entidad Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos cederá a la entidad Hermandad Nacional de Arquitectos, Arquitectos Técnicos y Químicos, Mutualidad de Previsión Social la totalidad de su cartera de contratos de seguros de las prestaciones aseguradoras de vida, accidentes y enfermedad en vigor en la fecha de efectos de la cesión, únicas prestaciones en las que está autorizada a operar.
De conformidad con los artículos 169.4.a) y 172.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la cesión total de la cartera de contratos de seguro que afecte a todos los ramos en los que opere la entidad implica la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora y es causa de disolución de la entidad. Así, en aplicación de lo previsto en el artículo 169.8 de dicho texto legal, procede en el presente supuesto la disolución administrativa de la entidad aseguradora.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 89, 169.4.a) y 172.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión total de la cartera.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo:
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión total de cartera de las prestaciones aseguradoras de vida, accidentes y enfermedad, por parte de la entidad Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos a la entidad Hermandad Nacional de Arquitectos, Arquitectos Técnicos y Químicos, Mutualidad de Previsión Social.
Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos.
Acordar la disolución de la entidad Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.8 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo a que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de la entidad Mutualidad General de Previsión Social de los Gestores Administrativos, una vez formalizada la disolución y liquidación de la misma.
La presente orden ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 21 de noviembre de 2025.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid