Está Vd. en

Documento BOE-A-2025-24643

Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael de la Hoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 4 de diciembre de 2025, páginas 158690 a 158691 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2025-24643

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Rafael María de la Hoz Castanys según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Javier Navarro-Rubio Selles, el 18 de septiembre de 2024, con el número 1.632 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario, el 3 de marzo de 2025, protocolo 328.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la plaza de Olavide, 10, 3.º exterior, código postal 28010 del Municipio de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta y cinco mil euros (35.000 €). La dotación es dineraria en cuanto al importe de 8.000 euros y que ha sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación bancaria y los 27.000 euros restantes mediante la aportación del archivo histórico del arquitecto don Rafael de la Hoz Arderius, compuesto por bienes de variada naturaleza y valorados en la cantidad indicada según informe de tasación de fecha 21 de febrero de 2025 realizado por el perito don José Luis Barceló Mezquita.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Tendrá como objeto genérico y principal el estudio, fomento, desarrollo, protección y difusión de la obra de Rafael de La-Hoz Arderius, por constituir un bien de interés general.

Quinto. Patronos.

Don Rafael de la Hoz Castanys, doña María Victoria de la Hoz Castanys, doña Esther Enriqueta de la Hoz Castanys, doña Ana María de la Hoz Castanys y don Enrique de la Hoz Castanys.

Cargos:

Presidente: Don Rafael de la Hoz Castanys.

Secretaria: Doña María Victoria de la Hoz Castanys.

Vocales: Doña Esther Enriqueta de la Hoz Castanys, doña Ana María de la Hoz Castanys y don Enrique de la Hoz Castanys.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 9 de octubre de 2025.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael de la Hoz Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 27 de octubre de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid