El artículo 7.2 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de cuarenta, de los cuales tendrán el carácter de natos los que determine el Estatuto del Museo Nacional del Prado. El resto de los vocales tendrán el carácter de designados. Estos vocales desempeñarán su mandato durante cinco años, pudiéndose renovar el mismo hasta dos veces por períodos de igual duración.
De conformidad con el apartado 4 del citado artículo, corresponde al titular del Ministerio de Cultura nombrar hasta un máximo de diez vocales de los designados, a propuesta del Real Patronato tramitada a través de la Dirección del Museo, por razón de las contribuciones de cualquier naturaleza realizadas al Museo o al cumplimiento de sus fines.
Por su parte, el artículo 5 del Estatuto del Museo Nacional del Prado, aprobado por Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato, así como el nombramiento y renovación de sus vocales.
En virtud de lo anterior, a propuesta del Pleno del Real Patronato, en virtud de acuerdo adoptado en su sesión de 12 de noviembre de 2025, dispongo:
Renovar como vocales del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, por un periodo de cinco años, a don Álvaro Fernández-Villaverde y Silva y a don Carlos Torres Vila.
Madrid, 26 de noviembre de 2025.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.
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